El colectivo de los técnicos de Hacienda (Gestha) denuncian que hay alrededor de 140.000 millones de euros depositados en paraísos fiscales que escapan del control de la Agencia Tributaria (AEAT). Una cifra de vértigo que equivale al 12% del PIB.
Gestha hace esta estimación a partir de los datos del National Bureau of Economic Research (NBCER) de Estados Unidos, a raíz de las informaciones reveladas en el marco de la investigación de los Paradise Papers.
Los técnicos indican que estos 'papeles' incluirían a 600 españoles entre los registros mercantiles de 19 jurisdicciones opacas, de las que nueve aparecen en el listado de paraísos fiscales para España y cinco ya lo han abandonado. Por ello, denuncian que los registros que tiene España sobre los paraísos son incompletos e inconexos, y reclaman que se agilice la armonización europea que se califique como paraíso cualquier país, territorio o centro offshore que permita una baja o nula tributación para los no residentes y donde exista el secreto bancario, registral y mercantil.
Mientras tanto, aseguran los técnicos de Hacienda, no debe extrañar que "entre el 30% y el 40% del dinero de los mayores patrimonios españoles esté camuflado en territorios con baja o nula tributación, incluso en países con los que España ha suscrito un acuerdo de intercambio individualizado de información fiscal, porque España no puede pedir información que no conoce".
El análisis se remite también a un reciente informe de Intermón Oxfam, en el que se ponía de manifiesto que la inversión española en paraísos fiscales se ha multiplicado por cuatro en el último año. Así, uno de cada cuatro euros de inversión española iría dirigida hacia un paraíso fiscal y más de la mitad (54%) de la inversión extranjera que entra en España provendría de territorios opacos.
Las consecuencias del fraude
Los técnicos de Hacienda recuerdan que disponer de una cuenta, una empresa o una propiedad en un paraíso fiscal no es ilegal si se declara en España su tenencia. Sin embargo, en caso de no hacerlo, desde 2013 la ley española considera imprescriptibles las consecuencias tributarias y las infracciones relacionadas con los bienes en el extranjero no declarados, de forma que su valor tributa como ganancia patrimonial no justificada al tipo marginal del IRPF o al tipo nominal del Impuesto sobre Sociedades del último año no prescrito.
En la práctica, la propiedad de títulos o acciones en sociedades opacas determinaría la comisión de un posible delito fiscal si la cuota defraudada excede los 120.000 euros. Por el contrario, cuando la cuota descubierta no supera esta cantidad, se impone una multa del 150% del importe por la comisión de una infracción tributaria catalogada como muy grave.
De estas consecuencias se librarían los contribuyentes que hayan declarado correctamente el modelo 720 de bienes situados en el extranjero, así como los autónomos y personas jurídicas residentes que tengan contabilizadas e identificadas estas propiedades.
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