El FROB afronta una multa de entre 300 y 1.200 euros cada 20 días de tardanza en aportar los expedientes administrativos de la liquidación del banco Popular y su posterior venta a Santander.
La Audiencia Nacional ha admitido a trámite en los últimos meses varios procedimientos en los que exige al Fondo de Reestructuación Ordenada Bancaria, organismo controlado por el Estado, que entregue a los demandantes -entre los que figuran la OCU y varios bufetes de abogados- la documentación referente a las últimas horas de la entidad, que el 7 de junio fue vendida a Santander por un euro, tras un rescate exprés por parte de la Unión Europea para evitar su colapso por falta de liquidez.
Al menos un bufete ya ha reclamado que el FROB sea sancionado y otras firmas de abogados están estudiando acciones legales
Sin embargo, el FROB está tardando más de lo que marca la ley en responder al requerimiento de la Audiencia y su falta de diligencia conlleva sanciones, tal como consta en el artículo 48 (7) de la Ley 29/1998, del 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
"Transcurrido el plazo de remisión del expediente sin haberse recibido completo, se reiterará la reclamación y, si no se enviara en el término de diez días contados [...], tras constatarse su responsabilidad, previo apercibimiento del Secretario judicial notificado personalmente para formulación de alegaciones, el Juez o Tribunal impondrá una multa coercitiva de 300 a 1.200 euros a la autoridad o empleado responsable. La multa será reiterada cada veinte días, hasta el cumplimiento de lo requerido", recoge la normativa.
Al menos un bufete ya ha reclamado que el FROB sea sancionado y otras firmas de abogados están estudiando emprender acciones por el citado incidente procesal.
Antecedentes
El 17 de julio, la Audiencia Nacional admitió a trámite el recurso que la OCU presentó la pasada semana ante la Sala de lo Contencioso Administrativo contra la resolución del FROB por la que se ejecutó la resolución del Popular. En el mismo auto, la Audiencia solicitó al FROB que presente ante la misma Sala en un plazo de 20 días todos los expedientes administrativos a los que se refiere el acto impugnado.
La OCU se mostró satisfecha con la admisión de este recurso y confió en que el acceso al expediente administrativo sirva para aclarar este procedimiento. La organización espera que esta información permita también depurar responsabilidades en defensa de los pequeños inversores y accionistas minoritarios que perdieron toda su inversión tras esta operación.
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