Dos cuerpos de élite enfrentados por controlar un organismo clave en la lucha contra el blanqueo de capitales. Registradores y notarios pugnan por pilotar el gran centro de datos que sirve para saber quiénes son los propietarios reales de cada empresa, una herramienta esencial en la lucha contra el lavado de dinero y contra la financiación del terrorismo.
El Consejo General del Notariado gestiona desde 2012 la Base de Datos de Titular Real, un gigantesco centro de datos en que se identifica a los dueños reales de más de 2,2 millones de empresas y organizaciones (con 1,7 millones identificados de manera acreditada), aunque se utilicen sociedades pantalla o testaferros para ocultarla o para enmascararla. Se considera “titular real” a personas o sociedades que gestionan una compañía o que de manera directa o indirecta tienen más de un 25% del capital o los derechos de voto.
El de los notarios es el centro al que actualmente acuden jueces, fiscalías especializadas, autoridades policiales y otros cuerpos habilitados para realizar sus investigaciones, y al que en estos algo más de cinco años han tramitado más de 200.000 solicitudes de información sobre miles de sociedades. A éstas se suman otro millón de solicitudes por parte de entidades financieras o aseguradoras, y otros más de dos millones de los propios notarios.
La base de datos contra el blanqueo es el fruto del tratamiento y análisis de la información recabada en el Índice Único Informatizado Notarial, que contiene todos los actos notariales realizados desde 2004 y que con más de un petabyte de información (un millón de gigas) se trata de la segunda mayor base de datos de España, sólo por detrás de la de la Agencia Tributaria.
El Colegio de Registradores de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles aspira a tener su propio registro de titulares reales, y que el suyo sea el centro de referencia de la lucha antiblanqueo para todas las autoridades y para el sistema financiero. Una vieja aspiración que ahora se ha reavivado por los cambios legislativos promovidos por la Unión Europea para reforzarse en la batalla contra el lavado de dinero.
La UE exige un registro centralizado
El pasado 26 de junio expiró el plazo para que los países de la Unión Europea transpusieran la nueva directiva contra el blanqueo de capitales y contra la financiación del terrorismo (la denominada Cuarta Directiva). El Gobierno español asegura haber trasladado ya a la legislación nacional más del 90% del contenido de la norma comunitaria, y que sólo quedan por aplicar “flecos menores”. Sin embargo, Bruselas ya ha abierto expediente a España por el retraso en la transposición completa de la nueva directiva.
Desde el Gobierno se justifican algunos de esos flecos aún no vigentes en que se está a la espera de que la UE concrete las modificaciones en el texto actual en que se trabaja y que derivarán en una suerte de Quinta Directiva antiblanqueo. Entre otras reformas, la Unión baraja rebajar del 25% al 10% la participación necesaria para ser considerado titular real de una empresa.
Ya en la vigente Cuarta Directiva la UE exige a los Veintiocho contar un registro centralizado de titularidad real de las sociedades, en principio, dejando libertad a cada estado miembro para regular de qué manera ponerlo en marcha y quién debe gestionarlo. En la normativa se apunta que este centro puede ser “por ejemplo, un registro mercantil o un registro de sociedades (…), o un registro público”. No se concreta con exactitud, y eso abre la puerta a que cada cual reivindique sus aspiraciones.
Desde 2014, la normativa española reconoce formalmente la Base de Datos del Consejo General del Notariado como el instrumento al que las instituciones y entidades pueden dirigirse para el cumplimiento de la obligación de identificación y comprobación de la identidad real de los titulares de empresas. Y a eso se agarran los notarios para defender su papel central en la lucha contra el blanqueo y en que siga siendo así.
Los registradores, en cambio, reclaman que cuando el Gobierno se decida a incluir en la legislación española esos flecos pendientes de la directiva se dé un vuelco al escenario actual y sean los Registros Mercantiles los que pasen a controlar este registro de titulares reales. Uno, porque entienden que la UE así lo establece, y dos, porque consideran que la base de datos de los notarios es “incompleta” y su eficacia es “mejorable”.
El Ministerio de Justicia, encargado de repartir las labores entre notarios y registradores, no tiene previsto poner fin rápidamente al choque entre ambos colectivos. El Gobierno esperará a que se concrete la Quinta Directiva en la que trabaja la Unión Europea antes de tomar una decisión definitiva sobre el nuevo registro centralizado, confirman a El Independiente fuentes ministeriales. El texto de la nueva normativa comunitaria podría aún tardar más de un año en aprobarse por todas las instituciones europeas, a lo que se añadirá otro plazo adicional para su transposición por los países (que puede ser de seis meses o de varios años).
Las críticas de los registradores
“El modelo español actual es insuficiente, porque el índice notarial que se está utilizando es incompleto”, sostiene José Miguel Masa, director del Centro Registral Antiblanqueo. Los registradores denuncian que la base de datos del Consejo de Notariado no incluye toda la información necesaria, ya que “sólo se nutre de las escrituras de los propios notarios. No es suficiente”.
Y, según advierten los Registros Mercantiles, esta información recabada por los cerca de 2.800 notarios españoles en muchos casos se trata meramente de un acta de manifestación de los propios interesados; no todas las operaciones de transmisión de participaciones se declaran ante notario; el control puede sortearse al realizar los trámites con un notario de otro país; y en la base de los notarios no se refleja si las participaciones han sido enajenadas o embargadas por un juez o la Agencia Tributaria.
Además, los registradores subraya que la Unión Europea exige que los futuros registros centralizados de cada uno de los países estén plenamente interconectados. Algo que ya sucede con los Registros Mercantiles españoles -en la que están inscritas más de 3,5 millones de sociedades y que identifican a 10 millones de titulares- y el resto de la red de registros europeos.
En cualquier caso, los registradores reconocen que para que los Registros Mercantiles tomen el control de centro de titularidad real hace falta otro cambio legislativo previo adicional. Desde los años noventa no es obligatorio inscribir en los Registros Mercantiles la transmisión de participaciones, así que lo que solicitan es un doble movimiento: es volver a hacer obligatoria esta inscripción de los traspasos y ceder la gestión del nuevo registro centralizado que reclama Europa.
Los notarios y el aval internacional
Los notarios ven en las críticas de los registradores un mero “interés corporativo” y ensalzan la utilidad de la información acumulada en los últimos años en su base de datos de titulares reales y la enorme eficacia con que se analiza esa información para identificar a los dueños reales de una empresa a pesar de que se utilicen múltiples sociedades interpuestas para ocultarla.
“La Unión Europea pide una base de datos de titularidad real, y España ya la tiene. España se ha adelantado. Ningún otro país europeo tiene información que llegue siquiera a un uno por mil de lo que nosotros tenemos”, explican fuentes del órgano centralizado de prevención del blanqueo (OCP) del Consejo General del Notariado. Frente a la identificación de los titulares reales de 2,2 millones de empresas en España, Reino Unido sólo tiene esta información de unas 20.000 sociedades.
“¿Por qué cambiar un sistema que funciona tan bien? ¿Por qué acabar con un sistema que en apenas unos minutos información crucial y totalmente actualizada a policías y fiscales para sus investigaciones? ¿Por qué arriesgarse a perder toda esta información acumulada durante 12 años?”, advierten las mismas fuentes, al tiempo que destacan el reconocimiento internacional con que cuenta la base de datos española.
En este sentido, el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) –una institución en la que participan 34 países para desarrollar políticas contra el blanqueo- ha llegado a ensalzar el funcionamiento del modelo español y ha considerado la base de datos del notariado como un “ejemplo de buenas prácticas” por su eficacia. Y, de hecho, propuso la ampliación del ámbito de actuación también al control de las sociedades anónimas, de las que no se puede conocer el propietario porque su transmisión de acciones no se realiza ante notario.
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