El Gobierno dice que aún está estudiando la sentencia del Tribunal Constitucional que anula la indemnización de 1.350,7 millones de euros a la empresa adjudicataria del almacén submarino de gas Castor, y aún no ha decidió las medidas que adoptará a partir de ahora. Pero desde el Ministerio de Energía se subraya que el TC no ha sentenciado que el pago de la compensación sea indebido, sino que sólo cuestiona el trámite legal elegido para reconocer el pago. El pago parece pues garantizado y fuera de todo riesgo.
La sentencia “no declara la inconstitucional total del texto del real decreto” de 2014 en que se reconoció la indemnización, sino que “estima únicamente los recursos interpuestos sobre los artículos referidos a la solución financiera adoptada por un motivo formal”, subraya el Ministerio de Energía en un comunicado. El Tribunal Constitucional no ve justificado que se aprobara la indemnización mediante un decreto ley, porque no existían condiciones de urgente necesidad para utilizar este trámite.
El Tribunal “no concluye en ningún caso que se hubiera producido un pago indebido al titular del almacenamiento sino que considera que hubiera bastado con que la decisión se hubiera aprobado mediante el procedimiento legislativo ordinario de urgencia en vez del real decreto-ley”, subraya el departamento dirigido por Álvaro Nadal.
Paga el consumidor con su recibo de gas
El Gobierno decidió en 2014 que fueran los consumidores españoles los que pagaran íntegramente el fiasco del proyecto Castor, el almacén submarino de gas ubicado frente a las costas de Castellón que echó el cierre de manera anticipada por su presunta relación con unos 500 seísmos en la zona. Y, de hecho, lo llevan pagando desde el 1 de enero de 2016 mes a mes a través de sus recibos de gas y estaba previsto que lo siguieran haciendo durante 30 años.
El Tribunal Constitucional ha decidido anular la indemnización de 1.350,7 millones de euros reconocida por el Gobierno a la empresa adjudicataria del proyecto, Escal (participada en un 66,7% por el grupo ACS), que es la que los consumidores pagan con su factura de gas. El Alto Tribunal considera que una decisión como ésta no puede adoptarse mediante un decreto, como hizo el Ejecutivo, sino que en todo caso debería hacerse con una norma de rango de ley.
El proyecto del almacén Castor, aprobado en 2008 por el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero, empezó a zozobrar en septiembre de 2013, cuando se produjeron pequeños terremotos presuntamente como consecuencia de las inyecciones de gas en la instalación. Tras meses de polémica, en junio de 2014 la empresa controlada por ACS renunció a la adjudicación y reclamó la indemnización que le correspondía por contrato.
El Gobierno reconoció entonces a Escal una indemnización de 1.350,7 millones de euros, equivalente a las inversiones realizadas en la construcción del almacén menos las retribuciones ya percibidas. Esa indemnización, inicialmente asumida por Enagás –el gestor de la red de gas nacional- y luego trasladada a un sindicato de bancos integrado por Santander, La Caixa y Bankia, la están pagando todos los españoles y lo van a hacer durante tres décadas con sus recibos de gas.
Más de 96 millones al año
Tanto en 2016 como en 2017, las facturas de los clientes de gas natural han incluido en cada año 96,4 millones de euros extra vinculados a los costes derivados del cierre de Castor, tanto por la indemnización que hubo que pagar a la empresa como por los gastos de mantenerlo en estado de hibernación a partir de ahora. En la orden de peajes del Ministerio de Energía para 2018 se incluyen de nuevo un pago de 96,4 millones de euros por este concepto.
De esa cantidad, los clientes pagan en sus recibos 80,66 millones de euros al año por la indemnización ahora anulada por el Tribunal Constitucional. El importe de la indemnización era de 1.350 millones, pero los españoles pagarán realmente por el efecto de los intereses durante tres décadas más de 2.400 millones de euros.
Además del pago de la indemnización y de los intereses financieros, también se está trasladando al recibo de los consumidores los costes que conlleva mantener hibernado el almacén. El Tribunal Constitucional sí que avala con su sentencia la hiberación de las instalaciones.
Enagás, administrador actual de Castor, ha procedido a la hibernación de la instalación a la espera de que algún momento se garantice (o no) su seguridad y se proceda a su reactivación. Y esa labor ha conllevado unos costes de mantenimiento el año pasado de algo más de 15,7 millones de euros que engrosan la factura del Castor para los bolsillos de los españoles.
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