Un juez de Bilbao ha liberado al padre y al hermano de un joven a abonar el aval que presentaron para que la entidad financiera concediera el préstamo a su hijo y hermano. La sentencia establece que a los avalistas no se les informó suficientemente y con la necesaria "transparencia" de las consecuencias que tenía lo que firmaban y por tanto les exonera de tener que asumir que se ejecute el aval para satisfacer los impagos de la hipoteca. De este modo, obliga a la entidad bancaria a que limite las reclamaciones de la misma únicamente al joven.
La sentencia pionera, dictada el pasado 5 de abril, decreta la "nulidad radical" de la clausula de afianzamiento del contrato hipotecario por concluir que no se puede acreditar que los avalistas hubieran sido suficientemente informados sobre lo que estaban firmando y por tanto la declara "abusiva". En su sentencia el Juzgado de Primera instancia número 11 de Bilbao señala que la entidad implicada en este caso, el BBVA, no logró acreditar durante la vista oral que hubiera facilitado a los avalistas suficiente información sobre las condiciones en las que se avalaba al joven.
El juez considera "abusiva" la cláusula. La entidad bancaria sólo podrá reclamar los impagos al titular de la hipoteca
Recuerda que el propio empleado de la entidad donde se tramitó la hipoteca "no atinó a responder cuando fue preguntado por el significado de los términos de la cláusula y manifestó su desconocimiento del mismo". Por ello, afirma que queda constatada la "falta de cumplimiento de los deberes de transparencia" a la que está obligada, según se recoge en la sentencia a la que ha tenido acceso Efe.
El caso, que afecta a una familia de Barakaldo, permite afirmar al juez que los avalistas y el joven solicitante de la hipoteca "llevaron a cabo un pacto con la entidad financiera que, indudablemente no hubieran aceptado de haber sido tratados de una manera leal y equitativa". La consecuencia inmediata de la sentencia es que a partir de ahora el BBVA no podrá reclamar a los avalistas el pago de la hipoteca suscrita por su hijo y hermano sino únicamente al titular de la hipoteca.
El caso se remonta a diciembre de 2005 cuando un joven de Barakaldo, con unos ingresos moderados e inestables, solicitó un crédito, una hipoteca 'Bluejoven" en una oficina del BBVA. Dadas sus circunstancias financieras el banco le reclamó un aval que garantizase la devolución del préstamo en caso de impago antes de autorizar la hipoteca. El padre del joven y su hermano le avalaron. Los primeros pagos se realizaron sin problemas pero poco después el joven se vio imposibilitado para hacer frente a las letras. Fue entonces cuando el banco se dirigió por escrito a los padres advirtiéndoles de que de persistir los impagos procedería a ejecutar el aval que se había firmado para la concesión del préstamo.
Inicialmente fue le propio padre del joven, ante la posibilidad de perder su propia vivienda, quien comenzó a hacer frente a los pagos del crédito de su hijo. Poco después el caso se llevó a los juzgados que ahora han dado la razón a los avalistas. El abogado del bufete que ha llevado el caso, José Montero, considera que la sentencia es "revolucionaria" ya que puede beneficiar a otras muchas familias si concurren circunstancias similares a las de este caso. Por el momento cabe recurso por parte de la entidad financiera, aunque Montero considera que "la ley prevalecerá y se confirmará lo que ha dictaminado el juzgado de Bilbao".
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