La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha sancionado con 7,23 millones de euros a Carat España SAU, Inteligencia y Media SA, Media By Design Spain SA, Media Sapiens Spain SL y Persuade Comunicación, y a tres de sus directivos o representantes legales por el intercambio de información comercial sensible, con el objetivo de repartirse los concursos basados en el Acuerdo Marco 50/2014, por cuatro de las cinco adjudicatarias del mismo.
Así lo ha dado a conocer este lunes el organismo estatal, que ha detallado que la citada conducta supone una infracción única y continuada del artículo 1 de la Ley 15/2007, de Defensa de la Competencia (LDC), y del artículo 101 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.
De esta forma, la Comisión ha indicado que las sanciones impuestas a las cinco empresas se elevan a un total de 7,12 millones de euros. "Los contactos acreditados entre las empresas sancionadas --dados su contenido y su objetivo-- tienen un grado de nocividad suficiente para ser constitutivos de una infracción calificable como un cártel tendente al reparto de mercado con incidencia en las condiciones en que se han ejecutado los contratos de las diferentes campañas", ha explicado.
Expediente de oficio
Según ha aclarado la CNMC, el expediente se inició de oficio cuando se evaluaban las licitaciones basadas en el Acuerdo Marco para la materialización de las campañas de publicidad institucional de la Administración General del Estado (Acuerdo Marco 50/2014).
Dicha evaluación se produjo como consecuencia de una consulta previa de la Junta de Contratación Centralizada del Ministerio de Hacienda sobre la licitación del citado Acuerdo Marco, ante las quejas recibidas por parte de dos licitadores (Persuade y Carat).
En relación con la conducta sancionada, la Comisión ha indicado que ha consistido en el intercambio de información comercial sensible, con el objetivo de repartirse los concursos basados en el Acuerdo Marco 50/2014. "En dicha conducta participaron cuatro de las cinco adjudicatarias (Carat, Persuade, Media Sapiens y Media By Design), con la colaboración de Ymedia", ha subrayado.
En este sentido, el organismo estatal considera que el papel de Ymedia ha resultado "fundamental" para la coordinación y los intercambios de información entre Carat (empresa de su mismo grupo empresarial) y el resto de empresas sancionadas, que han aprovechado el hecho de que Ymedia también tenía relaciones comerciales con otra de las empresas sancionadas (Persuade) para canalizar a través de ella sus comunicaciones.
En el marco de este expediente sancionador, el consejo de la CNMC celebró una vista oral en la sede de la CNMC en Madrid el pasado 5 de abril a petición de una de las empresas. La última vista oral en el marco de un expediente sancionador de competencia se produjo en el año 2010.
Multas impuestas
La CNMC considera acreditada una conducta prohibida, tipificada como una infracción muy grave del artículo 62.4.a) de la LDC, y les ha impuesto mediante Resolución de 3 de mayo las siguientes multas: Carat España SAU, 4 millones de euros; Inteligencia y Media, 2 millones de euros; Media Sapiens Spain SL, 627.890 euros; y Persuade Comunicación SA, 495.000 euros.
En el caso de Media By Design, aunque su participación en la conducta ha quedado acreditada, su alegada falta de facturación en el ejercicio 2017 impide imponerle multa alguna en la resolución, según ha explicado la Comisión.
Sin embargo, ha destacado que "ante la posibilidad de que concurran los requisitos exigidos por la jurisprudencia para apreciar la unidad económica entre esta empresa y otra u otras de su grupo", la Sala de Competencia del Consejo ha ordenado a la Dirección de Competencia que investigue si procede la incoación de un procedimiento sancionador contra alguna otra empresa del mismo grupo.
Por otra parte, ha recordado que el artículo 63.2 de la LDC establece la posibilidad de sancionar a los representantes legales o las personas que integran los órganos directivos que hayan intervenido en los acuerdos o decisiones.
Así, la CNMC ha impuesto las siguientes multas a Giacomo José Pullara Sanz (Persuade), 40.000 euros; José Pablo Canal (Ymedia), 32.000 euros; y Guillermo José Hernández López (Media Sapiens), 37.000 euros.
Finalmente, ha apuntado que contra esta resolución no cabe recurso alguno en vía administrativa, pudiendo interponerse recurso contencioso-administrativo en la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación.
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