El Tribunal Supremo tiene en su mano una difícil decisión y quiere adoptarla con rapidez. Debe dilucidar si los ayuntamientos que cobraron el impuesto sobre las ganancias derivadas de la venta de inmuebles, la conocida como plusvalía municipal, deben devolverlo a los particulares cuando en realidad asumieron pérdidas, en virtud de la polémica sentencia del Tribunal Constitucional de mayo de 2017. De ser así, la sentencia del Supremo podría suponer una factura millonaria para las arcas de muchos consistorios que se resisten con uñas y dientes a devolver lo recaudado.
La cantidad no es baladí. Los ayuntamientos han recaudado unos 10.000 millones de euros a través de este tributo en los últimos cuatro años, de acuerdo con los datos disponibles del Ministerio de Hacienda. No obstante, cálculos de diferentes bufetes de abogados cifran entre 2.500 y 3.000 millones de euros la cantidad recaudada de forma indebida, lo que, aún así, supone por ejemplo alrededor de la mitad de su superávit.
Fruto de esa resistencia de las administraciones locales, el alto tribunal recibe entre 30 y 40 recursos de casación semanales, interpuestos por consistorios contra las decisiones de tribunales y audiencias provinciales que por una u otra razón consideran nulas las liquidaciones o autoloquidaciones del impuesto, y ha decidido priorizar este proceso para sentar jurisprudencia cuanto antes.
Caos judicial en torno a la plusvalía
La cuestión quedó en el aire, al albur del criterio de los tribunales, después de que el Tribunal Constitucional sentenciara en mayo de 2017 que los particulares no deben pagar por el impuesto sobre el valor de los terrenos de naturaleza, conocido como plusvalía municipal, cuando no han obtenido ninguna y se han desprendido de sus inmuebles asumiendo una pérdida.
El Constitucional apremiaba al Gobierno a que, como legislador, reformara el tributo a la mayor brevedad para empezar a aplicarlo de forma correcta. Sin embargo, la sentencia inició todo un periplo de negociaciones entre la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP) y el Ministerio de Hacienda para establecer un nuevo criterio sobre el que decidir cuándo de produce una plusvalía y cuándo no.
En esas negociaciones, los ayuntamientos han reclamado una compensación en caso de tener que devolver cantidades al considerar que el problema debe asumirlo el legislador, es decir, el Estado.
El Grupo Popular ya ha remitido al Congreso de los Diputados una Proposión de Ley que establece por fin los criterios para fijar la base imponible en el impuesto. Sustituye los antiguos porcentajes anuales aplicables sobre el valor del terreno por unos coeficientes máximos establecidos en función del número de años transcurridos desde la adquisición del solar y lo hace con efecto retroactivo al 15 de junio de 2017.
En general, los coeficientes se aplicarán, como en el sistema que se pretende modificar, sobre el valor catastral del suelo. Dichos coeficientes máximos serán actualizados anualmente (casi con toda seguridad a través de los Presupuestos de cada ejercicio), tomando como referencia la evolución del mercado inmobiliario.
El limbo generado
Sin embargo, la demora de un año (desde la sentencia del Constitucional hasta la propuesta del Gobierno) ha producido un verdadero caos jurídico que aún no ha finalizado. La razón es que en ese limbo legal, cada tribunal ha interpretado la situación a su modo, hasta el punto que se han invalidado plusvalías cobradas tras ventas con ganancias, no solo con pérdidas.
Por eso, el Tribunal Supremo ya ha admitido numerosos recursos de casación para la formación de jurisprudencia, desde algunos relativos al error en la fórmula de cálculo de la base imponible a otros que se refieren a la imposibilidad absoluta de calcular la plusvalía municipal por haber sido la norma expulsada del ordenamiento jurídico, según aclara Reclamador.es.
Ese desorden es el que debe resolver el Tribunal Supremo puesto que, además, la Proposición de Ley del Grupo Popular no establece un régimen transitorio para salvar los litigios planteados a raíz de compraventas previas al 15 de junio de 2017.
Dicho de otro modo, el Supremo señalará, en último término, si aquellos contribuyentes que desde el 15 de junio de 2017 vendieron sus inmuebles por un precio inferior al que los compraron y, a pesar de ello, pagaron la plusvalía municipal, deberían, una vez que entre en vigor esta Proposición de Ley, recibir la devolución de dicho tributo.
La decisión del Supremo, en julio
Ante la expectación generada, el Supremo dictará sentencia en julio (la Proposición de Ley entrará en vigor previsiblemente en verano), puesto que el Supremo prioriza a la hora de dictar sentencia los asuntos que llevan aparejados recursos masivos. Y este es uno de esos casos.
El magistrado del alto tribunal Emilio Frías deslizaba durante la VIII Jornada sobre 'La inspección tributaria de las grandes empresas', organizada este martes por Deloitte, que el Tribunal Supremo recibe "entre 30 y 40 recursos sobre la plusvalía municipal cada semana", lo que da la idea de la concentración de litigios que se está produciendo en la justicia aguas abajo.
Hasta el momento, el Supremo ha admitido a trámite entre 70 y 80 de estos recursos --entre ellos los mediáticos del ayuntamiento de Madrid y del de Zaragoza--, a los que se suman otros tantos a la espera de esta decisión. No obstante, Frías aclaraba que todos ellos han quedado aparcados puesto que una vez se emita la primera sentencia, se establecerá jurisprudencia y el resto de procedimientos quedarán de un modo u otro resueltos.
Porque lo que se espera del Supremo no es otra cosa que un criterio común antes de que el nuevo impuesto eche a andar.
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