Hacienda ha puesto en foco en el negocio detrás del boom de la economía colaborativa como parte de su lucha contra el fraude fiscal. El Gobierno aprobó el pasado diciembre una norma que obliga los intermediarios de alquiler turístico (especialmente plataformas online como Airbnb, HomeAway, Niumba o Wimdu) a facilitar de manera periódica información fiscal sobre sus usuarios y sobre los viajeros, y sobre las transacciones económicas entre unos y otros a cambio del alquiler de pisos turísticos.
La Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia (CNMC) amenazaba con recurrir la norma, que entrará en vigor este verano y que se traducirá en una primera entrega de información fiscal por parte de los portales el próximo 31 de octubre, pero finalmente no habrá batalla legal.
El supervisor da por buenas las explicaciones del Consejo de Ministro a su requerimiento previo y descarta ahora presentar un recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Supremo contra el real decreto. Los argumentos y precisiones del Gobierno han despejado las sospechas de la CNMC, que ya no considera que la nueva normativa incluya exigencias de información “desproporcionadas” ni “innecesarias”.
La CNMC consideraba que la reforma podría promover estricciones para la competencia en el caso de que las obligaciones de información vinculasen a todo tipo de intermediarios. El principal problema que encontraba el supervisor era que se obligara a los portales que funcionan como meros tablones de anuncios (y, por tanto, no tienen constancia si finalmente ha habido transacción económica), se les abocaría a cambiar su modelo de negocio para cumplir con las exigencias informativas.
El Gobierno ha contestado al requerimiento previo de la CNMC mediante un Acuerdo del Consejo de Ministros precisando que las obligaciones de información únicamente vinculan a las plataformas que intermedian en la celebración del contrato, de modo que, a juicio de la CNMC, recopilar y proporcionar la información exigida por Hacienda no les supone una carga desproporcionada.
En paralelo, la CNMC consideraba que las obligaciones de información podrían incluir algunos aspectos innecesarios para prevenir el fraude fiscal. El organismo veía de “dudosa relevancia tributaria” la identidad del titular de la vivienda cuando no coincide con la persona que tiene el derecho de cesión de la misma, la obligación de información sobre los viajeros que se alojan, el número de días de uso de la vivienda, así como los deberes de conservación de documentación.
Una sospecha que el Gobierno también habría despejado, según desvela la CNMC en un comunicado, aportando en su respuesta una justificación detallada de la necesidad y proporcionalidad de las obligaciones de información sobre intermediarios incluidas en la reforma. “A juicio de la CNMC, las obligaciones establecidas se pueden considerar justificadas por la lucha contra el fraude fiscal y no suponen una carga desproporcionada para intermediarios ni para los intervinientes en las transacciones”.
La nueva normativa establece que las plataformas de pisos turísticas deben facilitar cada trimestre a la Agencia Tributaria datos sobre la identificación del titular de la vivienda, la identificación del titular del derecho en virtud del cual se cede la vivienda (si es distinta del titular de la vivienda) y la identificación de las personas o entidades que se alojan.
De igual forma, tendrán que incluir la identificación del inmueble, la referencia catastral y el número de días de disfrute de la vivienda con fines turísticos. También debe figurar el importe percibido y y el número de contrato en virtud del cual el declarante intermedia en la cesión de la vivienda.
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