Economía

El Gobierno de Rajoy inició in extremis el trámite para permitir (con trabas) el autoconsumo compartido

El Ministerio de Energía activó la audiencia pública del borrador de un decreto con el que cumple con la sentencia del TC de levantar el veto el autoconsumo colectivo, pero que incluye trabas que, según el sector, lo hacen “casi inviable”.

Una instalación fotovoltaica de autoconsumo.
Una instalación fotovoltaica de autoconsumo. | Unef

El año pasado el Tribunal Constitucional tumbó algunos aspectos clave del real decreto que servía para regular el autoconsumo eléctrico. Entre otros aspectos, el Alto Tribunal anuló la prohibición de que las instalaciones de generación pudieran ser compartidas por varios consumidores, lo que en la práctica suponía que el autoconsumo sólo podían practicarlo las viviendas unifamiliares. Y eso en un país en el que el 65% de la población vive en pisos en comunidades de vecinos.

La sentencia abría la puerta a que se produjera un vuelco en el negocio de la generación eléctrica doméstica y dejaba en manos de las comunidades autónomas –que han venido boicoteando la aplicación de la normativa durante en los últimos años- la elaboración de una nueva normativa para allanar el desarrollo de esta forma de producir y consumir electricidad. Pero el Gobierno de Mariano Rajoy inició justo antes de su cese el trámite legal para regular el autoconsumo colectivo.

El Ministerio de Energía -aún comandado por Álvaro Nadal, pero en funciones hasta que el socialista Pedro Sánchez nombre a su sucesor- ha abierto este lunes el proceso de audiencia y información pública de un decreto con el que se permite el autoconsumo compartido entre varios vecinos como exigía el Tribunal Constitucional, pero que incluye algunas trabas a esta generación colectiva hasta el punto de que, según fuentes del sector energético, la hace "casi inviable", ya que "impone unas condiciones que le hace perder atractivo económico" a potenciales inversores.

Sólo consumir 'tu' parte

Dos o más consumidores podrán obtener electricidad de una misma instalación, una actividad prohibida explícitamente en la anterior legislación. La producción de las placas se repartirá entre los consumidores que las comparten cada hora, pero sólo podrán hacer uso de la parte alicuota de la energía producida que le toca y sólo eso.

Fuentes del sector denuncian que esto se trata de una restricción "absurda", ya que si uno de los consumidores no está en casa y no está haciendo uso de la electricidad, el resto de consumidores conectados sólo podrán consumir su parte de la producción y no la del ausente. "Con esa restricción casi se equipara el autoconsumo colectivo con el autoconsumo individualizado. Si sólo se puede utilizar una parte de la producción, tiene poco de compartida", apunta un directivo del sector.

El decreto contempla que el cálculo de los peajes de acceso que deberán pagar aquellos que realicen autoconsumo colectivo se hará, en el caso de la parte fija de los mismos, en función de la potencia contratada por cada uno de ellos; y, en el caso de la variable, en función de la energía consumida por cada uno. Esta parte de los peajes incluida en los costes variables es lo que popularmente se ha conocido como impuesto al sol, y que el toda la oposición (incluida el PSOE de Pedro Sánchez) se ha comprometido a eliminar.

Registros de CCAA y registro central

El Tribunal Constitucional también tumbó el año pasado el artículo que obligaba a todos los autoconsumidores a tramitar su inclusión en un registro de generadores eléctricos, un trámite que los detractores de la regulación del Gobierno consideraban una traba burocrática innecesaria. El Tribunal consideró que la gestión de un eventual registro de estas características debe recaer en todo caso en las comunidades autónomas, y no en el Gobierno central.

Con el nuevo decreto, el Gobierno habilita a las comunidades autónomas crear y gestionar los correspondientes registros territoriales de autoconsumo. Y también se crea un Registro central en el Ministerio de Energía que, por un lado, se nutrirá de la información aportada por los registros autonómicos y, por otro, en él estarán obligados a inscribirse los consumidores que realicen autoconsumo en comunidades autónomas en la que no se hayan creado registros autonómicos.

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