El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, le ha puesto un titular a su comparecencia en el Congreso de los Diputados para presentar el programa del nuevo Gobierno: tramitará una Ley para prohibir futuras amnistías fiscales después de asumir que es imposible publicar los datos de la llevada a cabo por el anterior Ejecutivo en el año 2012.
Sin embargo, ni se trata de un flamante anuncio, ni está tan claro que los nombres de los amnistiados no se puedan sacar a la luz.
De un lado, fue el propio ex ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro, quien en junio de 2017 propuso prohibir en lo sucesivo los procesos de regularización tributaria especial, evitando incluso en ese momento hablar de su famosa de DTE en términos de amnistía.
Fue también en sede parlamentaria, el 21 de junio de 2017. Montoro se refirió a una reforma de la Ley General Tributaria con ese fin. “Creo que hay un consenso muy amplio en contra de que haya nuevas regularizaciones extraordinarias como las que ha habido en España en las últimas décadas. Por eso les propongo modificar la Ley General Tributaria para que incluso lleguemos a prohibir expresamente nuevas regularizaciones”, dijo.
No obstante, Montoro comparecía ese día a empujones, para dar cuenta de la decisión del Tribunal Constitucional que declaraba nula la amnistía fiscal, aunque fijando la irretroactividad de las regularizaciones realizadas hasta la fecha. Además, el Gobierno no llegó a sacar adelante dicha reforma de la Ley durante el siguiente año de mandato.
De esta forma, Montoro se vestía del ex ministros de Economía del PSOE, Carlos Solchaga, pero no ejercía, porque el socialista sí llego a cumplir con esa prohibición, aunque a la vista de los resultados con escaso éxito.
El precedente de Sánchez
Bajo el mando del ex presidente del Gobierno, Felipe González, el Ejecutivo socialista desplegó en 1991 una amnistía fiscal que consistía en ofrecer a los evasores la compra de deuda pública especial –pagarés del Tesoro Público opacos-, con un tipo de interés inferior al del mercado que no había que declarar, para conseguir aflorar rentas ocultas.
Entonces, como ahora, se habló de fracaso y Solchaga tomó la decisión de vetar en adelante todo proceso de regularización similar. La diferencia es que Solchaga lo hizo, incluyendo una disposición para ello en los Presupuestos de 1992.
Por ello, fuentes fiscalistas consultadas opinan que un cambio de la Ley para prohibir futuras amnistías fiscales carecería de utilidad a la vista de lo ocurrido en 2012 tras la prohibición de los socialistas, aunque lanzaría un mensaje de oposición al fraude.
¿Se puede publicar ahora la identidad de los amnistiados?
No hay una respuesta clara en lo que se refiere a la posibilidad de hacer transparente la amnistía fiscal de Montoro, si bien la mayoría de los expertos consultados se decantan por que legalmente no se puede o, al menos, sería legalmente muy complejo.
De un lado, la posibilidad real existe, aunque por el camino cabría tomar difíciles decisiones políticas y, en todo caso, el trámite sería largo y complejo. Según los expertos consultados, no hay que olvidar que irretroactividad planteada por el Constitucional y en la que se parapeta Sánchez se refería en principio solo a los procesos de regularización, no ha su publicidad.
Estos expertos explican, en todo caso, que su publicación pasaría por un cambio en la Ley General Tributaria, que en su artículo 95 prevé los casos en los que podría hacerse pública información de esta naturaleza. El problema es que en ninguno de estos supuestos se incluye el interés público, por lo que el Gobierno de Pedro Sánchez tendría que modificar este artículo, además de otros preceptos legales como la Ley de Protección de Datos.
Esta primera cuestión ya anticipa un camino arduo. Pero además, admiten que la cuestión presenta un problema ético, puesto que el propio desarrollo de la amnistía garantizaba a los que se acogieron su anonimato. Dicho de otro modo, publicar los nombres de estas personas sería un 'juego sucio' por parte del Estado y vulneraría el principio de seguridad jurídica.
Sin embargo, en el caso de que el Gobierno se animara a cambiar la Ley y se echara a la espalda el problema ético confiando en que la necesidad de saber de la opinión pública le legitimaría, aún habría otro escollo más. Y es que el ordenamiento jurídico plantea que las normas no pueden tener efecto retroactivo en casos de sanción.
Y es en este punto en el que cabe preguntarse si dar publicidad a los nombres de los amnistiados supone algún tipo de sanción. Una parte de los expertos señalan que un vehículo para aplicar la retroactividad de la modificación de la Ley General Tributaria sería aludir el derecho a la restitución de derechos individuales como motivo, pero consideran que es un límite muy difuso. Otros, los menos, consideran que no se trataría de una sanción, sino de simple transparencia.
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