La ministra de Trabajo, Magdalena Valerio, se ha encontrado con una desagradable sorpresa al tomar las riendas del departamento: la Inspección de Trabajo que trata de impulsar para salvaguardar los derechos de los trabajadores ha ido contra la propia Administración en los últimos años, y con razón. El Estado, a través de sus organismos constitucionales, lleva mucho tiempo cotizando menos de lo que marca la Ley por cientos de trabajadores sin que el anterior equipo de Gobierno del PP acertara a solventar la situación y ahora le toca al nuevo Gobierno resolver la papeleta.
La voz de alarma la dieron los trabajadores del Parque Móvil del Estado, un colectivo dependiente del Ministerio de Hacienda que emplea a 853 trabajadores, en su mayor parte personal laboral.
Muchos de estos empleados --conductores al servicio de la Administración General del Estado, organismos públicos y demás entidades de derecho público, incluidos órganos constitucionales como la Casa Real-- han presentado desde el año 2014 (año desde el que cotizan algunas retribuciones en especie) una serie denuncias ante la Inspección de Trabajo y Seguridad Social para reclamar que la Administración no cotiza por determinadas remuneraciones que percibe.
La Inspección ha comprobado que así es, pero que, más que una ilegalidad, se trata de un problema causado por una enorme laguna legal en la normativa que rige la Seguridad Social. Según dedujo, dentro de sus retribuciones que perciben los 'chóferes' del Estado actualmente están quedando al margen de las cotizaciones una serie de complementos extraordinarios que cobran por parte de los órganos para los que realizaban sus servicios, distintos del Ministerio de Hacienda del que dependen.
La normativa prevé que los empleados públicos cobren sus retribuciones de los departamentos, entidades u organismos públicos de los que dependen de forma orgánica, en este caso Hacienda. Sin embargo, estos trabajadores, en el desempeño se sus trabajos, sirven a otros ámbitos de la administración de los que cobran retribuciones, indemnizaciones u otros conceptos como complemento asimilables a las dietas. Es el caso, por ejemplo, de las comidas que se realizan en medio de los desplazamientos o cuando una jornada se prolonga. Desde este punto de vista, los conductores del Estado tienen dos pagadores.
De acuerdo con la Ley General de la Seguridad Social, los trabajadores acogidos al Régimen General deben cotizar por su remuneración total, con lo que estarían incluidos todos estos conceptos. Sin embargo, las entidades a las que los conductores prestan servicio no tienen asignada la condición de pagador a efectos de la Seguridad Social. Es decir que, quien paga algunos complementos no se responsabiliza actualmente de la cotización que se deriva de los mismos, y el organismo dependiente, el Parque Móvil del Estado, tampoco, puesto que no es en este caso el pagador.
La consecuencia última es que la base de cotización de estos empleados públicos no se corresponde con su remuneración, lo que anticipa una menor pensión de jubilación futura y una menor recaudación para la Seguridad Social. Y esto es lo que algunos de estos trabajadores denunciaron ante la Inspección, que les dio la razón.
El anterior equipo del Ministerio (entonces de Empleo) estaba al tanto de esta circunstancia y se puso manos a la obra para subsanar la situación. Incluso planteó un borrador de Real Decreto que presentó para su consulta pública en marzo de 2017, pero, según fuentes de la actual Seguridad Social, todo se ha movido con lentitud desde entonces.
El problema es que la redacción propuesta por el Ministerio de Hacienda de Cristóbal Montoro planteaba la necesidad de que existiera una norma legal que fijara la responsabilidad de estas cotizaciones cuando, de acuerdo con la solución dada ahora por Trabajo, el vehículo ya existía y es el propio reglamento general sobre cotización y liquidación de otros derechos de la Seguridad Social.
Así es que ahora el Gobierno ha tratado de acelerar el proceso y ultima un Real Decreto-Ley de modificación de dicho reglamento en el que se hace recaer la responsabilidad de estas cotizaciones sobre las instancias para las que estos trabajadores prestan sus servicios, y no sobre el organismo dependiente.
¿Cuántas personas están afectadas? Según datos aportados por Trabajo, de los más de 800 trabajadores del Parque Móvil, alrededor de un tercio, unos 250 trabajadores, se habrían visto afectados por esta infracotización. Sin embargo, el Gobierno admite que hay otros colectivos que están en esta misma situación, pero no detalla cuáles ni cuántos trabajadores se incluyen.
Otros colectivos afectados
Concretamente, Trabajo admite que esta realidad es ampliable a otros colectivos en situación similar que realizan servicios extraordinarios para el Estado, como pueden ser los escoltas o profesores de idiomas que ofrecen sus servicios en el sector público.
Más aún, la Seguridad Social no oculta tampoco que la situación descrita guarda cierta analogía a efectos retributivos con la que puede darse en determinados casos de funcionarios en situación de servicios especiales, como pueden ser aquellos que acceden a la condición de diputados o senadores de las Cortes Generales y otros empleados como pueden ser inspectores de Hacienda que prestan un servicio especial en otro ámbito de la Administración.
Por ello, Trabajo precisa en la memoria que acompaña al Real Decreto-Ley que verá la luz que es evidente "un incumplimiento más amplio de la normativa de Seguridad Social en materia de cotización que el estimado inicialmente, que parecía limitado a los conductores del Parque Móvil del Estado". "Aquellos son solo una parte de los afectados", añade.
No se circunscribe únicamente al Parque Móvil del Estado, sino que hace referencia a todos los organismos, entidades, autoridades, instituciones y órganos de carácter público por las "indemnizaciones en razón del servicio y otros conceptos retributivos de similar naturaleza" que abonen con cargo a sus presupuestos a los funcionarios o personal laboral que prestan servicios para los mismos, pero dependen de otra entidad distinta, que es la que paga sus nóminas habituales.
La Seguridad Social saldrá ganando
Al no saber cuántos trabajadores se verán afectados finalmente por esta rectificación es difícil cuantificar el impacto económico, aunque claramente será nulo, puesto que mientras el Estado se verá obligado a incrementar su gasto en cotizaciones, la Seguridad Social las recibirá como un incremento en su recaudación. En realidad, lo que se producirá es un trasvase de fondos de una administración a otra.
Respecto a los propios trabajadores, en la Seguridad Social se desconoce aún si se hará una paga compensatoria con efecto retroactivo por todo lo que se ha dejado de cotizar. Por lo pronto, la memoria del Real Decreto-Ley prevé un coste de 1,3 millones de euros al año.
El problema enquistado en Justicia
Sin embargo, una vez se subsane este problema, el Ministerio de Trabajo podría tener que hacer frente a otra herencia del Gobierno del PP. Según recuerdan fuentes de CCOO y UGT, está pendiente de resolver la desaparición de unas 150.000 lagunas de cotización en la Administración de Justicia.
Según los sindicatos, periodos de entre una semana y quince días que aparecen como cotizados en los registros de unos 5.000 trabajadores interinos de Justicia, no han sido reconocidos en la Seguridad Social. Se han perdido por el camino y, aunque el Ministerio de Empleo se comprometió en 2015 a solventar esta cuestión, nada se ha hecho.
Y otro problema más acecha a Valerio. Los sindicatos también recuerdan que hay otro grupo importante de trabajadores próximos a la edad de jubilación y también en la Administración de Justicia que, en su desempeño antes de 1990 como interinos, no tuvieron derecho a cotizar ni por la vía ordinaria ni por clases pasivas y que hasta ahora han ganado tres demandas en la Audiencia Nacional para que se les reconozca esos periodos de cotización. Se trata en este caso de unos 1.000 afectados más.
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