El referéndum del 1 de octubre de 2017 en Cataluña, del que se cumple ahora un año, puso a prueba la capacidad del Estado español para mantener la estabilidad política, económica y social en España. Un pulso sin precedentes que tensó todos los instrumentos al alcance del entonces Gobierno de Mariano Rajoy.
Uno de los frentes en los que lidió el Ejecutivo para mantener el control fue el de la información, ante la necesidad de salvaguardar el secreto de las investigaciones en el seno del Ministerio del Interior o Hacienda, de los propios cuerpos de seguridad del Estado y de ganar la partida al rodillo propagandístico independentista.
El Gobierno quería transmitir que sabía lo que hacía, pero transmitiendo lo estrictamente necesario.
Durante los meses siguientes al 1-O, diversas instancias solicitaron información al Estado para recomponer los hechos acaecidos aquel día y jornadas siguientes. A veces, rebuscando hasta el detalle y amparándose en la normativa sobre transparencia vigente desde 2013.
El Estado se ha defendido de diferentes formas. Negando a veces, con silencios administrativos otras y, en algunos casos, aportando finalmente la información requerida. Prueba de este tira y afloja son las resoluciones emitidas por el Consejo de la Transparencia y Buen Gobierno, un órgano independiente encargado, entre otras cosas, de resolver cuando hay conflictos entre solicitantes y administraciones en materia de transparencia, antes de que la cuestión pueda derivar en el trámite contencioso-administrativo.
Según las pesquisas realizadas por El Independiente, el Consejo ha tenido que dictar resolución sobre cuestiones relacionadas directa o indirectamente con el 1-O en diversas ocasiones y de diversa índole desde entonces. Sobre asuntos como la operación puesta en marcha para detener al ex presidente del Govern, Carles Puigdemont, o una supuesta carta de respuesta de S.M. El Rey a la cúpula independentista a propósito del referéndum.
El 1-O antes del referéndum
La primera de estas consultas se realizó en los días previos al referéndum, el 22 de septiembre de 2017. Según consta en la documentación recabada por el Consejo de la Transparencia, ese día se solicitaba (el Consejo no revela la identidad de los solicitantes) al Ministerio del Interior, entonces encabezado por Juan Ignacio Zoido, información sobre el coste del despliegue policial en Cataluña para frenar el 1-0.
La respuesta por parte del Gobierno no se notificó hasta el 13 de noviembre, mucho después 1-O. Además, en su comunicación calificaba dicha información como reservada, con arreglo a la normativa vigente en la materia.
El solicitante insistió a finales de noviembre aludiendo al carácter meramente económico de su petición. En sus alegaciones, ya el 22 de diciembre, el Ministerio de Interior señalaba: "El coste es un elemento fundamental para la preparación y por tanto está clasificado por ello", a lo que añadía que recopilar la información demandada implicaría un procedimiento extremadamente complejo, en el que tendrían que participar diferentes organismos.
En este punto, el Consejo defiende que la consulta, en tanto solo insta a facilitar un coste agregado, no vulnera la seguridad del Estado, por lo que "no parece entre dentro de las materias que pueden llegar a ser calificadas secretas". Y, sobre todo, apunta que "no alcanza a comprender la incidencia de la revelación en la ejecución y desarrollo del operativo, una vez que el mismo ya ha sido desplegado".
Y la puntilla de la resolución del Consejo es que evidencia que el 18 de enero de 2018 tuvo lugar una comparecencia del Ministro del Interior en el Senado, en la que, interpelado por la misma cuestión, Zoido respondió facilitando el coste aproximado del despliegue.
"Esta circunstancia supone a nuestro juicio, no solo que a Interior le era fácil conocer la información solicitada, sino que ésta no tenía el carácter de reservada, como muestra el hecho de que fue revelada públicamente por el responsable del departamento ministerial involucrado", añade, para resolver finalmente que Interior debía tramitar el envío de la información en el plazo de los cinco días hábiles posteriores, eso sí, ya a mediados de febrero, unos cinco meses después.
Los policías y guardia civiles heridos
18 de enero de 2018. De nuevo el Ministerio del Interior recibe una petición para que publique datos detallados sobre los policías y guardias civiles heridos durante el referéndum del 1-0 en el marco de la Operación Copérnico. La solicitud busca conocer cuántos efectivos pidieron la baja médica, el desglose por el tipo de heridas, nivel de gravedad, motivo y lugar de los hechos.
En este caso, el asunto llega al Consejo después de que la petición se topara con el silencio administrativo. En su escrito a esta instancia, el solicitante justifica la petición argumentando que "el Ministerio de Interior declaró en un primer momento, al finalizar la jornada (1-O), que hubo 39 policías heridos y al día siguiente elevó la cifra a 431". "Es importante y de total interés para la sociedad conocer la cifra y los detalles reales y exactos sobre el asunto", añadía.
Interior remite fuera de tiempo su respuesta, pero lo hace. Según consta en la resolución, en este caso el Consejo constata un envío al reclamante el 28 de febrero, pero sin copia al propio organismo, como es obligación, por lo que este no puede en ese momento comprobar su contenido. De hecho, el reclamante aseguró no haber recibido información alguna.
Por ello, el Consejo dio por no atendida la consulta y, en lo que afecta al fondo de la cuestión, el Consejo admitió que no había precedentes al 1-O por lo que, aunque de forma habitual Interior informa al público sobre los policías heridos en diferentes dispositivos, lo cierto es que la información detallada permitiría la identificación de los efectivos por diferentes vías, poniendo en riesgo su seguridad.
"Si combinamos el número de agentes de baja y le añadimos los motivos de la baja, asociados al tipo de heridas sufridas, los días de duración y el lugar donde se les expidieron las bajas, podemos tener, sin excesiva dificultad, un perfil concreto de un determinado agente, fácilmente identificable", añade el Consejo.
Por ello, en esta ocasión la resolución dio la razón en parte al solicitante. Obligó a aportar los datos totales de policías y guardias civiles heridos durante el 1-O, de cuántos pidieron la baja, desglosados por tipo de heridas, gravedad y motivo, de la duración de las bajas.
El Gobierno no revela sus fuentes
El 7 de diciembre de 2017, una nueva solicitud llega esta vez a la Secretaría General Técnico del Ministerio de Economía pidiendo "todos y cada uno de los informes y/o estudios y/o documentos públicos" que sustentasen la exposición de datos y las afirmaciones realizadas por el entonces ministro de Economía, Luis de Guindos, en el Pleno de Congreso de los Diputados el 25 de octubre de 2017, después del 1-O, en el que detalló las consecuencias que supondría una hipotética independencia de Cataluña, como al día siguiente detallaría en el Senado.
Guindos advertía, por ejemplo, que una Cataluña independiente tendría hasta un 70% de su PIB sometido a aranceles, sufriría una importante contracción del crédito, tendría que crear su propia moneda y, en definitiva, se produciría una caída del PIB de entre el 25% y el 30%.
De nuevo, el solicitante se topó con el silencio administrativo y acudió al Consejo. Entonces sí, el 19 de enero del año siguiente, obtuvo respuesta. Un texto amplio en el que básicamente se reiteraban las disertaciones realizadas por el Ministro de Economía, eso sí, sin ninguna cifra, según el texto reproducido en la resolución del Consejo.
"El Ministerio de Economía, Industria y Competitividad me ha respondido con una explicación amplia y genérica, sin aportar ningún informe y/o estudio y/o documento público, que era lo que solicitaba expresamente y literalmente en mi solicitud", alegó entonces el solicitante, para añadir, entre otras preguntas, "¿Por qué el ministro cifró la caída del PIB entre el 25% y el 30%?"
El Consejo considera, a 13 de abril, que "resulta evidente que la información solicitada resulta de especial interés para el escrutinio efectivo de la actuación de la Administración y de sus máximos responsables", a lo que añade que "el Ministerio no realiza ni siquiera labor alguna de justificación de la limitación del derecho de acceso, hurtando al conocimiento público, no solo la documentación objeto de solicitud, sino las mismas razones que motivan su denegación".
Dada la argumentación, el Consejo instó a Economía a mostrar sus 'cartas' y a explicar expresamente si no hubiera informes que sustentaran las palabras de Guindos.
¿Operación especial contra Puigdemont?
La siguiente petición de información, tramitada el pasado 6 de marzo, insta al Ministerio de Interior a información sobre el número de funcionarios empleados en la operación policial "diseñada" para evitar la llegada del ex presidente del Govern, Carles Puigdemont, al Parlamento de Cataluña, el pasado 30 de enero de 2018. Además, la petición incidía en el coste total de la operación desde su inicio hasta su final.
En su respuesta, Interior negaba la mayor y aseguraba, en tanto que el 30 de enero pesaba una orden de búsqueda, captura e ingreso en prisión dictada por el Tribunal Supremo sobre Puigdemont, que las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad tenían la obligación de realizar cuantas actuaciones estuvieran a su alcance para dar cumplimiento a dicha orden. "No existió ninguna operación específica al respecto", aseguró Interior.
No obstante, remitiéndose a las palabras textuales de Zoido, el solicitante insistía en que "hubo efectivos y recursos de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad específicamente destinados a localizar al president en su posible entrada a España", y hacía referencia a agentes pertenecientes al Grupo de Reserva y a la Unidades de Seguridad Ciudadana procedentes de Sevilla.
"También entiendo que la petición sería válida si el plan 'se elaboró' en la policía y no en el Ministerio del Interior y que se me informaría de que las órdenes para ese plan partieron del Ministerio ¿Hace falta que repita la petición a la Dirección General de la Policía o me pueden confirmar este supuesto?", añadía.
Aún así, Interior insistió en que hubo "instrucciones generales". "En ningún caso el Ministerio del Interior elaboró y difundió a los Cuerpos Policiales un plan operativo que pusiese en marcha un dispositivo especial para la detención de Puigdemont, a lo que el solicitante respondió: "Me pregunto por qué el Ministerio del Interior tiene que comunicar a la Policía, Guardia Civil y Mossos D'Esquadra que cumplan la ley y su cometido".
En este caso, más allá de lo aparecido en los medios de comunicación, el Consejo de Transparencia aseguró "no disponer de hechos constatados que permitan afirmar que existe más información de la que ya se ha proporcionado".
La carta del Rey que nunca existió
Por último, el 12 de marzo de 2018, la solicitud de información llegó a la Casa Real. El objeto era acceder a la respuesta de S.M. el Rey Felipe VI a la carta recibida en septiembre de 2017 por parte de el entonces presidente del Govern, Carles Puigdemont, el consejero de Economía, Oriol Junqueras, la presidente del Parlament, Carme Forcadell, y la alcaldesa de Barcelona, Ada Colau, en la que pedían diálogo tras el 1-O.
En este caso, el Ministerio de la Presidencia, relaciones con las Cortes e Igualdad respondía que la cuestión planteada relativa a la "hipotética respuesta de Su Majestad el Rey" a la carta conjunta, no se encontraba comprendida dentro del ámbito de la Ley de Transparencia.
Según aseguraba, lo que recibió el Rey fue una copia de una carta conjunta dirigida al presidente del Gobierno, "por lo que ni siquiera se trató de una carta dirigida al Jefe del Estado". Por ello, el Consejo admitió que el escrito queda fuera de las actividades en materia de personal, administración y gestión patrimonial que enmarcarían la aplicación de la Ley de Transparencia a la casa de Su Majestad el Rey".
La vía contencioso-administrativa
Al final de cada resolución, el Consejo de la Transparencia y Buen Gobierno recuerda que, contra la misma cabe, en caso de disconformidad, la interposición de recurso contencioso-administrativo.
Al respecto, los registros del Consejo, que muestran las resoluciones que están en contencioso-administrativo, no reflejan ninguna de las relativas al 1-O. No obstante, en aquellos casos en los que se ha instado a la Administración a mostrar la información solicitada, solo se podría conocer si el organismo que la facilita decide publicarla. Por otro lado, siempre queda la vía de solicitarla por derecho de acceso, recuerdan desde el Consejo de la Transparencia.
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