Economía | Pensiones

El Tribunal Supremo abre la puerta a no pagar IRPF por la prestación de paternidad

La sentencia del Supremo llega en pleno debate sobre la ampliación del permiso de paternidad a 16 semanas

permiso paternidad
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La sentencia del Tribunal Supremo por la que exime a las madres el pago del IRPF por la prestación de maternidad de la que son beneficiarias ha abierto además una vía paralela, la posible exención también en el pago del impuesto en el caso del permiso de paternidad en pleno debate sobre su ampliación a las 16 semanas.

El fallo no lo concreta, no obstante plantea que, de acuerdo con la Ley del impuesto sobre la renta, "estarán exentas las demás prestaciones públicas por nacimiento, parto o adopción múltiple, adopción , hijos a cargo y orfandad”.

Según el sindicato UGT, de acuerdo con este precepto la sentencia obliga a Hacienda a modificar el criterio interpretativo que ha seguido hasta ahora para este tipo de prestaciones y abre la puerta a que las trabajadoras que han percibido prestación de maternidad desde el año 2014 (teniendo en cuenta los plazos de prescripción de cuatro años) puedan reclamar la devolución del impuesto de la renta de las personas físicas pagado de más.

En este sentido, los contribuyentes que incluyeron la prestación por maternidad en sus declaraciones de IRPF de los ejercicios 2014, 2015, 2016 y 2017 pueden solicitar la devolución de la prestación por maternidad, ya que los ejercicios anteriores han prescrito al haber pasado más de cuatro años.

Pero además, el sindicato señala que "también podría reclamarse la devolución del IRPF por la prestación de paternidad".

Esta prestación dura actualmente cinco semanas y es compatible e independiente del disfrute compartido de los períodos de descanso por maternidad. En estos casos, el trabajador cobra como subsidio el 100% de la base reguladora establecida para la prestación de incapacidad temporal por contingencias comunes durante las cinco semanas de descanso que dura el permiso.

¿Qué dicta el Supremo?

La sentencia del Supremo parte de una reclamación previa de una madre a título personal. En ese sentido, es lógico que no haya (o que al menos no haya trascendido) una reclamación semejante en el caso de los permisos de paternidad, hasta el año 2017 eran de tal solo 15 días.

Sin embargo, el debate sobre la ampliación del permiso de paternidad a 16 semanas está encima de la mesa. Tanto es así, que en el marco de las negociaciones del Gobierno con Podemos, se ha planteado la posibilidad de equiparar permisos de maternidad y paternidad en el perímetro de la función pública.

De extenderse la exención prevista por el Supremo a los padres, el coste de esta medida sería mayor.

Gestha y OCU también piensan en la paternidad

Esa extensión también la plantean desde los técnicos de Hacienda (Gestha), hasta la organización de consumidores OCU, aunque con algún matiz.

Según informa Europa Press, ambas organizaciones han precisado que los padres y madres que han percibido prestaciones por maternidad y paternidad desde el año 2014 podrán presentar en la Agencia Tributaria una liquidación paralela reclamando la devolución de ingresos indebidos tras la sentencia del Supremo.

Entienden que, aunque la norma de IRPF habla de prestaciones de maternidad, no sólo las madres perceptoras de dicha prestación podrán instar la reclamación.

También podrían reclamar los padres que la hayan percibido, porque cuando el padre disfruta del periodo cedido por la madre, la prestación que él percibe sigue siendo de maternidad, según precisó el secretario general de Gestha, José María Mollinedo.

La cuantía a devolver puede variar bastante según cual sea el importe de la prestación recibida y el tipo marginal aplicado al resto de ingresos del contribuyente. Por ejemplo, para una prestación de 5.681 euros en 2015, la devolución oscilaría entre 1.000 y 2.600 euros, según las estimaciones de la OCU.

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