¿Les gustaría tener el derecho a no atender los mensajes de su jefe después de su jornada laboral? O mejor aún, que durante sus días de descanso y vacaciones nadie les moleste con correos sobre temas de trabajo… Esta utopía que todos hemos deseado, por fin va a hacerse realidad, ya que el derecho a la desconexión digital ya está en la mesa de los legisladores. Aleluya.
Y como este, otros muchos derechos digitales que, francamente, van a cambiar muchas cosas.
Pero, se preguntarán, ¿cómo es posible si no se ha hablado casi del tema?
El pasado 9 octubre se publicó en el Boletín Oficial de las Cortes, el Proyecto de Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD) ampliado con «garantía de los derechos digitales». Esta ampliación, que se desarrolla en el Título X, supone una novedad de gran calado, que difícilmente hemos podido digerir en tan poco tiempo.
Así, se regulan, entre otros, los siguientes derechos: derecho a la neutralidad de Internet, derecho de acceso universal a Internet, derecho a la educación digital, protección de los menores en Internet, derecho de rectificación en Internet, derecho a la actualización de informaciones en medios de comunicación digitales, derecho a la intimidad y uso de dispositivos digitales en el ámbito laboral, derecho a la desconexión digital en el ámbito laboral, derecho al olvido en búsquedas de Internet, derecho al testamento digital, etc.
El derecho a la desconexión digital ya está en la mesa de los legisladores. Aleluya
El 23 de octubre, dos semanas después, entró en el Senado el texto aprobado por el Pleno del Congreso de los Diputados, y, tal y como dice el propio texto, en virtud de lo establecido en el Reglamento de esa cámara, el plazo para la presentación de enmiendas y propuestas de veto terminará el próximo día 5 de noviembre. O sea, ya mismo.
Teniendo en cuenta que el Reglamento general de protección de datos (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y el Consejo, entró en vigor el 24 de mayo de 2016 y es de aplicación directa desde el 25 de mayo de este año, podríamos decir que, efectivamente, urge la aprobación de la nueva Ley orgánica que adapte el ordenamiento jurídico español a dicha normativa y complete sus disposiciones. Lo que no está tan claro es que, en este breve plazo que ahora se nos presenta, vaya a dar tiempo suficiente para que el Senado, y la sociedad, estudien en profundidad y comprendan todos los “nuevos derechos” que el último Proyecto de Ley ha introducido en el Título X de la Ley y que da pie a la coletilla del nombre de la normativa; “y garantía de los derechos digitales”.
Los que nos dedicamos al derecho digital estamos deseando que se regulen estos derechos. Somos conscientes de la dificultad que entraña regularlos, ya que han ido surgiendo conforme la tecnología iba evolucionando. Sabemos que es imposible ir a la par de semejante crecimiento, pero queremos que se den pasos firmes en este sentido, a fin de procurar que la tecnología vaya de la mano de los derechos humanos. Hay que poner límites, hay que marcar unas ciertas reglas para que el progreso tecnológico aporte, para todos, y no suponga más desigualdades sociales o quebrante nuestros derechos.
Pero hay que hacerlo bien. Sin prisas.
Así como es imprescindible derogar de una vez la LOPD de 1999 y abrazar esta nueva Ley que protegerá mejor nuestro derecho al honor y a la intimidad, quizás no sea éste el texto en el que se deban regular también estos nuevos derechos que nada tienen que ver con la protección de datos.
El difícil regular estos derechos, ya que han ido surgiendo conforme la tecnología iba evolucionando
Si a los profesionales del sector ya nos ha pillado de sorpresa, es evidente que la sociedad no es consciente aún de lo que significa. Esta nueva generación de derechos es mucho más importante de lo que a priori puede parecer, puesto que sienta las bases para que esterevolucionado presente nuestro se convierta en un futuro digital garante de un desarrollo justo y equitativo.
Es positivo este intento de garantizar estos derechos, pero la falta de debate y estudio en profundidad puede llevarnos a una declaración de intenciones incompleta, que en realidad no garantice lo suficiente, o genere aún más inseguridad.
Entre tanto, los que queremos seguir ahondando en la materia, volvemos a tener la oportunidad de hacerlo acudiendo los próximos 29 y 30 de octubre a la VIII edición del Foro de Gobernanza de Internet, que, como ya escribí el año pasado, constituye un medio para dar voz a los españoles en los foros internaciones, lanzando un mensaje al resto de la comunidad internacional sobre el papel que España quiere tomar en la gobernanza de Internet.
Este año versará sobre Inteligencia Artificial, Blockchain, Capital humano e Internet, Menores e Internet, Ciberseguridad, Innovación basada en datosy Democracia digital.
Todos estamos invitados a participar. Hablamos de nuestro futuro, hagámoslo entre todos.
Maite Sanz de Galdeano es abogada especializada en Derecho Digital y nuevas tecnologías en Welaw.
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