El Real Decreto por el que se reconoce el derecho de los policías locales a la jubilación anticipada está listo para su aprobación en las próximas semanas de forma que pueda entrar en vigor el 2 de enero de 2019. Esto quiere decir que los primeros policías que quieran ejercer este derecho podrán hacerlo desde el arranque del próximo año.
Fuentes del sindicato CSI-F estiman que ya en 2019 serán unos 3.000 los efectivos que se acojan a la jubilación anticipada, de un total de 70.000 agentes en activo en toda España.
Sin embargo, el texto del Real Decreto, al que ha tenido acceso El Independiente, establece una serie de requisitos a cumplir, como la necesidad de tener cotizados al menos 35 años y 6 meses en 2019 para poder adelantar la edad de jubilación seis años.
Para saber en si se tiene acceso y en qué condiciones a la jubilación anticipada, el Ministerio de Trabajo ya cuenta con una herramienta informática, a modo de simulador, para poder 'hacer cuentas' antes de dar el paso, según fuentes conocedoras del proceso.
De esta forma se pone fin a un periplo de años, que parecía que iba a sustanciarse en 2017, durante el anterior Gobierno del PP, después de que este diera forma al Real Decreto, sin llegar, sin embargo, a aprobarlo. Esto fue así porque, entre otras cosas, algunas voces dentro del Ministerio de Empleo que entonces liderada Fátima Báñez lo consideraban un 'agujero' financiero para la Seguridad Social y un potencial problema de personal para muchos ayuntamientos.
El decreto prevé una sobrecotización en busca del equilibrio financiero de la Seguridad Social
Para salvar esta circunstancia, el decreto establece coeficientes reductores de la edad de jubilación, pero también contempla una sobrecotización para mantener el equilibrio financiero del sistema.
Además, para evitar un drástico vaciamiento de plantillas en algunos ayuntamientos se considera determina que todo aquel efectivo que se jubile de forma anticipada deberá probar antes a ser reubicado.
En esta misma línea, los Presupuestos de 2018 incluyeron una enmienda en la que se indicaba que, con el fin de garantizar el ejercicio de las funciones de las Administraciones Públicas en materia de seguridad y orden público, los ayuntamientos podrían disponer durante 2018, “exclusivamente para este colectivo”, de una tasa adicional de reposición determinada por el número de bajas que se prevean en este ejercicio y en 2019 como consecuencia del adelanto de la edad de jubilación. No obstante, esta tasa se descontará de la que pudiera corresponder en los ejercicios 2019 y 2020.
Las claves del decreto
¿A quién afecta y desde cuándo? La norma que está a punto de aprobarse para su entrada en vigor desde el 2 de enero de 2019 se aplicará a los funcionarios de carrera incluidos en el Régimen General de la Seguridad Social y miembros de la Policía local al servicio de los ayuntamientos, en sus diferentes escalas, categorías o especialidades.
¿Con qué edad se pueden jubilar? El Real Decreto fija que la edad a la que podrán jubilarse de forma anticipada los policías locales será el resultado de aplicar un coeficiente reductor del 0,20 a la edad legal de jubilación de cada momento, que para el año 2019 será de 65 y 8 meses.
¿Hay un límite mínimo? Con la salvedad del coeficiente reductor, los policías locales no se podrán jubilar de forma anticipada en ningún caso a una edad cinco años inferior a la ordinaria de jubilación, o en seis años en los supuestos en que se acrediten 37 años de actividad efectiva y cotización. Eso sí, sin computar la parte proporcional correspondiente por pagas extraordinarias.
De este modo, la edad límite para poder acceder a la jubilación anticipada en 2019 será de 59 años y 8 meses.
¿Cómo se aplicará? Los años de cotización efectiva como policía local para poder anticipar la edad de jubilación en seis años se exigirán de forma progresiva de acuerdo con la siguiente escala: 35 años y 6 meses en 2019; 36 años en 2020, 2021 y 2022; 36 años y seis meses entre 2023 y 2026; y 37 años en 2027 y años posteriores.
¿Hay más condicionantes? Para poder anticipar la edad de jubilación mediante la aplicación de coeficientes reductores, los interesados tendrán que tener cubiertos 15 años de periodo de carencia, así como los 15 años de cotización como policía local necesarios para poder aplicar el coeficiente.
¿Qué tiempo de trabajo computa? El texto describe como tiempo efectivamente trabajado a efectos de la aplicación del coeficiente el tiempo de actividad efectiva y cotización destinado en puestos propios de los Cuerpos de Policía local.
¿Se descontarán las faltas al trabajo? Sí, salvo en algunas ocasiones como las horas perdidas por incapacidad temporal por enfermedad común o profesional o accidente, sea o no de trabajo; las correspondientes a bajas de maternidad, paternidad, adopción, acogimiento, riesgo durante el embarazo o durante la lactancia; y en el caso de los permisos o licencias retribuidos.
¿Qué se considera como tiempo cotizado? Otra salvedad que precisa el Real Decreto es que el periodo de tiempo en que resulte reducida la edad de jubilación se computará como cotizado al exclusivo efecto de determinar el importe de la pensión de jubilación.
¿Y en qué consiste la sobrecotización? Como ya se había anunciado, para poder acceder a la jubilación anticipada, los policías locales tendrán que hacer frente a un incremento en la cotización a la Seguridad Social para contrarrestar la reducción de ingresos provocada por la retirada temprana de los efectivos.
En este punto, la norma se remite a "los términos y condiciones que se establezcan legalmente". Pues bien, los Presupuestos de 2018 recogieron una enmienda en la que preveía un tipo de cotización adicional sobre la base de contingencias comunes del 10,60%, del que un 8,84% será a cargo de la Administración y el 1,76% a cargo del funcionario.
Con esta redacción, es previsible que el Consejo de Estado emita dictamen favorable este mismo jueves para, acto seguido, trasladarlo a la Comisión de Subsecretarios y posteriormente al Consejo de Ministros. La fecha definitiva de la aprobación podría ser el próximo 7 de diciembre, aunque fuentes de Trabajo no lo dan por seguro.
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