Economía

El Gobierno relanza la jubilación parcial con contrato de relevo en la industria hasta 2023

Las empresas que quieran usarlas deberán contar con un 70% de trabajadores con contrato indefinido

El Gobierno relanza la jubilación parcial con contrato de relevo en la industria hasta 2023

Cadena de montaje de automóviles en España. EFE

El Gobierno ya tiene prácticamente perfilada la fórmula para relanzar la jubilación parcial asociada a un contrato de relevo, figura en declive en los últimos años, para propiciar el rejuvenecimiento de plantillas en la industria, especialmente en el sector del automóvil.

Introducirá cambios en esta modalidad con el beneplácito tanto de patronal como sindicatos (estos últimos querían que la medida se extendiera a todos los sectores) con la doble finalidad de impulsarla hasta 2023 y al mismo tiempo un incremento del gasto para la Seguridad Social, tal y como avanzó El Independiente.

Y lo hará en el marco de una Real Decreto-Ley de medidas urgentes para mejorar la competitividad en la industria y el comercio al que ha tenido acceso este periódicos y que podría aprobarse en el Consejo de Ministros de este viernes, 7 de diciembre, según confirman fuentes del Ministerio de Industria.

Desde su primera aplicación en 1984, este vehículo permite que trabajadores próximos a la edad legal de jubilación puedan reducir su jornada laboral (jubilación parcial) y dar entrada para cubrir ese hueco a un joven parado, que entraría como relevista a la empresa.

Con esta formulación, grandes empresas del sector del automóvil, que cuentan con plantillas muy envejecidas y que necesitan refrescarlas sin perder conocimiento por el camino, han demandado al Gobierno con insistencia remover los obstáculos que en los últimos años han establecido a la jubilación parcial con contrato de relevo debido al alto coste que suponía para la Seguridad Social.

Al ser una cuestión que cuenta con el apoyo de los sindicatos, el acuerdo ha sido posible, pero para evitar un impacto añadido al déficit de la Seguridad Social, el Gobierno ha optado por limitar los daños a la industria y solo hasta 2023.

¿Qué cambios se introducen?

Salvo cambios de última hora, lo que el Gobierno aprobará es una prórroga de la disposición transitoria cuarta de la Ley General de la Seguridad Social, aprobada en 2015, por la que se daba continuidad a la exclusión del endurecimiento de las condiciones de acceso a la jubilación anticipada y parcial llevada a cabo en 2013 en aquellos casos en los que se hubiera accedido a la pensión de jubilación parcial con anterioridad a 1 de abril de ese año mismo año.

Esa moratoria llega a su fin el 31 de enero de este año, de ahí que la industria del motor haya demandado más tiempo, en tanto que sus plantillas aún lo requieren, según aseguran. El tiempo extra que da el Gobierno es hasta 2023, el año en el que prevé haber completado el saneamiento del sistema de pensiones.

Concretamente, el Real Decreto-Ley añade un nuevo apartado a la disposición transitoria cuarta por el que se determina que se seguirá aplicando la regulación para la modalidad de jubilación parcial con contrato de relevo la regulación vigente con anterioridad a la entrada en vigor de la reforma de las pensiones de 2011, para las causadas antes del 1 de enero de 2023, siempre se cumplan ciertos requisitos llamados a ser un incentivo extra para las empresas y una forma de propiciar empleo de mayor calidad.

El primero, que el trabajador que solicite el acceso a la jubilación parcial realice, básicamente, funciones que requieran esfuerzo físico o alto grado de atención en tareas de fabricación, elaboración o transformación. Además, en el momento de la jubilación parcial, el porcentaje de trabajadores en la empresa cuyo contrato de trabajo lo sea por tiempo indefinido debe superar el 70% de la plantilla.

Más en detalle, mientras que hasta ahora se permite la sustitución de un trabajador por otro entre el 25% y el 75% de la jornada, el nuevo texto precisa que ésta duración debe situarse entre el 25% y el 67%, o del 80% para los supuestos en los que el relevista sea contratado a jornada completa y con carácter indefinido, para tratar de que empujar a las empresas a contratar a los nuevos trabajadores con visos de estabilidad.

Por otro lado, actualmente debe existir una correspondencia entre las bases de cotización de ambos, de modo que la correspondiente al trabajador relevista no podrá ser inferior al 65% del promedio de las bases de cotización correspondientes a los seis últimos meses del período de base reguladora de la pensión de jubilación parcial. Y este elemento se mantiene.

Sin impacto en la Seguridad Social

Los principales detractores de la modalidad de jubilación parcial con contrato de relevo argumentan que tiene un coste alto para la Seguridad Social. Y es que, antes de que decaiga la moratoria, esta fórmula permitía a los trabajadores más veteranos retirarse antes de cumplir la edad legal de jubilación sin verse penalizados por coeficientes reductores.

Sin embargo, el Gobierno señala en el Real Decreto-Ley que "la exigencia de garantizar la sostenibilidad financiera del sistema de la Seguridad Social aconseja que esta sea una reforma transitoria y limitada de la modalidad de jubilación parcial con simultánea celebración de contrato de relevo, orientada particularmente a sectores profesionales industriales, y, dentro de estos, a aquellos colectivos de trabajadores que vienen prestando servicios que comportan relevantes esfuerzos físicos y, además, han alcanzado ciertas cotas de edad, antigüedad y cotización mínima".

Por el contrario, argumenta que la incorporación de esta medida impulsará la competitividad de la industria y facilitará las decisiones de nuevas inversiones en nuestras plantas productivas".

Las cuentas del Gobierno

Lo que concreta la memoria de impacto que acompaña al texto legal que previsiblemente se aprobará es que el gasto adicional apenas superará los cinco millones de euros. El Gobierno calcula que las cuotas totales de las empresas pasarán de los 21,1 millones de euros mensuales para el total de la industria manufacturera a 20,7, con una pérdida de ingresos de 422.685 euros al mes.

De este modo, durante los años que se aplique la medida, la diferencia entre lo que ingresaría la Seguridad Social por los trabajadores que se van a jubilar parcialmente si continuasen trabajando hasta la edad legal y lo que se ingresa por los trabajadores relevistas (y el tiempo cotizado a tiempo parcial) supondría en términos anuales 5,07 millones de euros.

No obstante, la memoria precisa que el sector industrial manufacturero hace un uso importante de la jubilación parcial, con vistas al rejuvenecimiento de la plantilla y al incremento de la competitividad. "Una situación que se realiza fundamentalmente con contratación indefinida a tiempo completo", añade el texto.

Pues bien, con una simulación del empleo que se generaría con esta medida en un horizonte a 30 años, tomando 1.200 relevos de media por planta industrial tipo, el Gobierno espera, también con un crecimiento esperado de salarios y bases de cotización del 2% anual en ese periodo, que las cotizaciones alcancen los 350.000 euros por empleado.

Comparando categorías, el Gobierno concluye que una pérdida del 2% de la plantilla que no se renovase por carecer de este instrumento supondría un impacto de 5,6 millones de euros anuales, que es claramente superior a los 5.07 millones anuales en que se reduce la recaudación de la Seguridad Social con su adopción.

 

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