Ya no hay vuelta atrás. El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, ha anunciado este miércoles que el Consejo de Ministros del próximo 21 de diciembre, que se celebrará en Cataluña, aprobará el Real Decreto por el que se eleva el salario mínimo interprofesional (SMI) a los 900 euros mensuales con 14 pagas en 2019.
El texto ya está redactado, aunque no estará completamente cerrado hasta prácticamente la víspera de dicho Consejo de Ministros, puesto que en estos momentos se encuentra sometido al trámite de participación pública.
En sus actuales términos, el Real Decreto, al que ha accedido El Independiente, no solo precisa el impacto que tendrá sobre los salarios más bajos, sino también sobre las bases de cotización, esencialmente las mínimas; todo ello con un resultado milmillonarios sobre los ingresos de por cotizaciones sobre la Seguridad Social.
Sin embargo, aunque fuentes de la Seguridad Social aseguran sin aportar detalles que la recaudación adicional por cotizaciones derivadas de la subida del SMI superará los 1.500 millones de euros prometidos a Bruselas en el Plan Presupuestario de 2019, incluso tras excluir del impacto las bases de cotización en el Régimen Especial del Trabajo Autónomo (RETA) previo acuerdo con las organizaciones del colectivo, la memoria que acompaña al Real Decreto sugiere cifras inferiores.
(Pinche aquí para acceder a la memoria)
Por otro lado, el Gobierno justifica esta subida del SMI del 22,3%, la mayor de la historia, por razones económicas y sociales, admite que acarreará un incremento del gasto en subsidios por desempleo, aunque no por un aumento de los parados, sino de los beneficiarios de prestaciones asistenciales y sus cuantías.
¿Qué conceptos engloba el SMI?
En primero lugar, el Real Decreto que aprobará el Gobierno prevé una subida sin precedentes del SMI con el objetivo de "prevenir la pobreza en el trabajo y fomentar un crecimiento salarial general más dinámico", porque, según el Ejecutivo, en contra de los que advierten de que la medida impactará negativamente sobre el empleo, considera que "es un factor decisivo para que la creación de empleo y la recuperación económica se traduzcan en una progresiva reducción real de la pobreza en todas sus dimensiones y de la desigualdad salarial".
Como en años anteriores, el salario mínimo computa únicamente la retribución en dinero, sin incluir el que se cobra en especie; y se refiere a la jornada de trabajo, sin sumar la parte proporcional de los domingos y festivos. Además, el texto precisa que al SMI se sumarán los complementos salariales, así como incentivos a la producción.
CUANTÍAS SMI 2019 | ||||
SMI FIJOS | SMI EVENTUALES Y TEMPOREROS | SMI EMPLEADOS DE HOGAR | ||
SMI HORA | 6,90 euros | 6,90 euros | ||
SMI DÍA | 30 euros | 42,62 euros | ||
SMI MES | 900 euros | |||
SMI AÑO | 12.600 euros | |||
Fuente: Ministerio de trabajo |
El SMI en el campo y el hogar
El Real Decreto dedica un artículo específico para los trabajadores eventuales y temporeros, así como para los empleados del hogar. Para los primeros, en el caso de que sus servicios para una misma empresa no supere los 120 días, cobrarán junto al SMI la parte proporcional de los domingos y festivos, así como al menos dos pagas extras, sin que la cuantía del salario sea inferior a los 42,62 euros por jornada.
En el caso de que la jornada sea inferior, la retribución se acomodará a lo que la regulación del salario mínimo por horas. En este caso, este SMI por hora efectivamente trabajada incluirá todos los conceptos retributivos para los trabajadores eventuales y temporeros y será de 6,90 euros. Estas mismas condiciones serán las que se aplicarán a los empleados del hogar que trabajen en régimen externo.
Excepciones para amortiguar el nuevo SMI
El texto también recoge una disposición transitoria única, añadida a la estructura habitual del Real Decreto que regula cada año el SMI, que contiene las reglas de aplicación de la subida a las normas autonómicas y locales y en los contratos privados que utilicen el SMI como referencia. La idea es, como ya avanzó el Ministerio de Trabajo, tratar de amortiguar en la medida de lo posible la subida del SMI allí donde pudiera suponer un perjuicio.
Pues bien, el texto señala que, dado "el carácter excepcional" del incremento que se aprobará este año, el nuevo SMI no se aplicará a nivel local y autonómico como referencia para determinar la cuantía de determinadas prestaciones o los umbrales de renta para acceder a las mismas. Solo podrá aplicarse si hay un disposición expresa en ese sentido.
Del mismo modo, los contratos y pactos privados vigentes a la fecha de entrada en vigor del Real Decreto que utilicen el SMI como referencia para subidas salariales, por ejemplo, tampoco aplicarán esta subida (se remitirán a reales decretos anteriores) de forma automática. De esta forma, el Gobierno se muestra sensible a las demandas de las empresas, que se quejaban de que la subida impactaría en casos de convenios colectivos plurianuales para los que ya había pactada una senda incrementos salariales referenciada al SMI.
Las bondades del SMI
El Real Decreto va acompañado de una memoria de impacto en la que el Gobierno no solo vuelve a justificar lo necesario de la subida --la productividad ha crecido por encima de los salarios en los últimos años, por ejemplo--, sino que además plantea que los malos augurios de los que anticipan un impacto sobre el empleo y las finanzas públicas no tienen por qué cumplirse.
Recordar que la misma subida porcentual que experimente el SMI se repercute primero en las bases de cotización inferiores a su cuantía, pero también en algunos casos en los que, siendo superiores, están próximas.
A partir de ahí, el Gobierno estima que el impacto de la subida de la base de cotización en las cuotas por cada punto porcentual reportará 27,8 millones en el Régimen General; 8,9 millones en el régimen agrario; 7,2 millones en el de los empleados del hogar, 0,96 millones en los contratos de formación y aprendizaje y prácticas; y 9,19 millones por las mayores cotizaciones por parte de los perceptores de prestaciones por desempleo.
En total se trata de algo más de 54 millones de euros por punto que, multiplicados por los 22,3 puntos de subida, arrojan un incremento de los ingresos por cotizaciones sociales superior a los 1.200 millones de euros.
Sin embargo, expertos consultados señalan que no se alcanzará esta cantidad porque no todos los salarios subirán un 22,3% al encontrarse ya a caballo entre la cuantía del SMI para este año y el que viene. Limitan esta subida por cuotas a la Seguridad Social en el mejor de los casos a unos 900 millones de euros.
Por otro lado, el Gobierno calcula que el incremento del SMI elevará los ingresos del Servicio de Empleo Público Estatal (SEPE) por un aumento de la cotización por desempleo de los trabajadores que cotizan por la base mínima, que se estiman en un 12% de los que lo hacen a tiempo completo, lo que implica un incremento de seis millones de euros por cada punto porcentual de subida. Si se multiplicara por los 22,3 puntos de subida, el aumento de la recaudación alcanzaría los 133,8 millones.
Así es que, sumando ambos conceptos, la memoria prevé unos ingresos máximos para la Seguridad Social y el SEPE de cerca de 1.400 millones de euros.
Por otro lado, recordar que el Gobierno ha eximido a los trabajadores autónomos del impacto del SMI sobre sus bases --que subirán un 1,25% en lugar del 12% que habría hecho falta para igualar bases mínimas con el Régimen General-- con lo que quedan lejos los cerca de 1.000 millones que pensaba obtener el Ejecutivo del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) por la subida del salario mínimo, tal y como desveló el presidente de la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal (AIReF) en sede parlamentaria.
Mayores gastos
Además, el Gobierno admite, aunque no cuantifica, que en el momento en el que la subida del SMI eleva las cotizaciones, también se traducirá en un mayor gasto futuro en prestaciones.
En el caso del Fondo de Garantía Salarial (Fogasa), los salarios e indemnizaciones que paga a los trabajadores están topados con el SMI como referencia. En este sentido, su incremento también eleva los límites, lo que revierte en un gasto adicional de cerca de 600.000 euros por punto de subida, de acuerdo con los datos de 2018.
Del mismo modo, el servicio público de empleo (SEPE) tendrá que hacer frente a un mayor gasto en prestaciones por desempleo porque podría aumentar el número de beneficiarios en el nivel asistencial. Más en detalle, el tope máximo de ingresos para tener derecho a las prestaciones asistenciales se fija a partir del SMI. Así, el incremento en 5,52 euros mensuales sobre el tope para el acceso al subsidio por desempleo y las renta activa de inserción y de 7,36 euros para el subsidio agrario y la renta agraria, permitirán que un número mayor, aunque reducido, de personas puedan tener ahora acceso al nivel asistencial.
Además, el nuevo SMI elevará automáticamente el desembolso en cotizaciones que asume el propio Servicio en nombre de beneficiarios de la prestación contributiva, el subsidio de mayores de 55 años y los del subsidio de trabajadores eventuales del sistema especial agrario de Andalucía y Extremadura.
Por estas dos vías, la memoria prevé un incremento del gasto público de 13,5 millones de euros por punto. Si estas cantidades se aplicarán sobre una subida del 22,3% en todos los casos, el gasto total extra sería de unos 300 millones de euros. Asimismo, el Gobierno admite que debe tenerse en cuenta que el incremento del SMI afecta al gasto en programas de empleo y formación y al que tiene que ver con bonificaciones de fomento del empleo de personas con discapacidad, a razón de tres y seis millones por punto.
Por decreto, sin consenso
Por otro lado, el texto legal precisa que ha sido "consultado" a las organizaciones sindicales y asociaciones empresariales. No habla de acuerdo. Porque lo cierto es que la medida ha caído como una bomba entre los agentes sociales, que ya habían pactado su propia senda de subida del SMI para alcanzar los 1.000 euros en 2020.
El acelerón imprimido por el Gobierno ha sido especialmente criticado por la patronal, que pese a todo, no ha logrado frenar el Real Decreto del Gobierno. En todo caso, el Ministerio de Trabajo admite que la subida puede producir "importantes distorsiones" en negocios, por lo que ha eximido de su aplicación en convenios y contratos privados vigentes.
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