El Tribunal Supremo anuló la cláusula que utilizaba Iberia para suspender los billetes de vuelta a los pasajeros que no habían utilizado el de ida. Ahora la compañía aérea prepara medidas para adaptarse a la sentencia y evitar su impacto comercial. Iberia está elaborando la nueva cláusula que sustituirá a la conocida como 'no-show', y aunque ya no cancela el vuelo de vuelta si no se utiliza la ida, prevé aplicar "un diferencial de precio" al billete respecto a la tarifa en el momento de su compra.
Esto podría suponer en algunos casos un recargo, pues un billete de ida+vuelta por lo general es más económico que adquirir un único billete o tramo, aunque el precio de cada tramo lo marca también la demanda existente. Por ejemplo, un billete para el vuelo directo de Madrid a Buenos Aires resulta más caro que volar en conexión con la compra de un vuelo Valencia-Madrid-Buenos Aires, permitiendo volar más barato desde Barajas sin utilizar la conexión completa.
Iberia cumple así con la sentencia del Tribunal Supremo, ha asegurado hoy el presidente de la compañía Luis Gallego, en un encuentro con los medios. El Supremo anuló la cláusula que le permitía a la compañía anular tramos en billetes ya adquiridos si no se usaba la ida, pero reconoce, al mismo tiempo el derecho de la aerolínea a "no verse perjudicada económicamente". "Se trata de proteger a los usuarios y a la aerolínea para que no haya prácticas abusivas de ninguno lado", ha defendido, informa Europa Press.
Desde Iberia han explicado que la cláusula 'no-show' es una práctica generalizada en la industria aérea desde hace más de 20 años, y que en determinados casos un vuelo de ida y vuelta puede ser más caro incluso que un billete de un solo trayecto. El propio Gallego ha reconocido que hace muchos años con los billetes en papel él mismo recurrió a la práctica de billetes cruzados, comprando dos billetes de ida y de vuelta, para utilizar las fechas más convenientes porque salía más barato.
La aerolínea, que de momento no está aplicando ningún recargo ante estas situaciones, ha defendido que ante las demandas de clientes o asociaciones de consumidores mantuvo la citada cláusula, por la falta de criterio único en los jueces, con sentencias que fallaban a favor o en contra. Sin embargo, la sentencia del Supremo es definitiva y sienta jurisprudencia.
De hecho, el director comercial de la aerolínea, Marco Sansavini, ha apuntado que solo en Italia, y ahora España, la cláusula 'no-show' se ha declarado nula. Al respecto, ha señalado que próximamente se publicará la nueva política de precios, que no contempla el reembolso si se pierde el vuelo.
Por ello, y dentro de este marco, la compañía aérea está elaborado una nueva cláusula, que aún no están definida, dado que hay "todo tipo de situaciones y casuística". "En cualquier caso, el cliente no perderá su billete si no utiliza la ida o un tramo", subrayan desde la aerolínea.
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