El Gobierno ha decidido finalmente dejar fuera de la orden de peajes y cánones del sistema gasista para 2019 los derechos de cobro de Enagás por los costes de mantenimiento y operación del almacenamiento subterráneo de gas Castor, que fueron paralizados por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) a principios de este año tras la sentencia del Tribunal Constitucional.
En la propuesta de orden que fue sometida a consulta, el Ejecutivo reconocía a Enagás Transporte está cantidad por 8,73 millones de euros en concepto de los costes de mantenimiento y operatividad de Castor, y daba también el visto bueno para que el operador del sistema gasista recuperara las cantidades que no fueron abonadas en 2017 y 2019 como consecuencia de la sentencia del Constitucional, que ascendía a 17,4 millones de euros.
"Al objeto de evitar el abandono incontrolado de la instalación, se considera perentorio dotar a la empresa responsable de la administración de las instalaciones de los medios económicos necesarios para su supervisión, operación y control que garanticen la seguridad de la instalación para las personas y el medioambiente", señalaba el Ministerio para la Transición Ecológica en su propuesta de orden.
Sin embargo, en la orden definitiva de peajes y cánones del sistema gasista para 2019, publicada este sábado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), el Ministerio ha dejado definitivamente fuera esta retribución para Enagás.
No incluye el pago de la deuda
Lo que tampoco se incluye en la orden de peajes y cánones del sistema gasista para el próximo año, al igual que ocurría en la propuesta, son los costes de unos 80 millones de euros anuales para hacer frente al pago de la deuda por Castor, paralizada a finales de enero por la CNMC tras la sentencia del Constitucional.
En 2014, el Gobierno aprobó un real decreto ley en el que se establecía la hibernación del Castor y en el que se reconocía esa compensación para la empresa promotora Escal UGS, cuyo importe se decidió repercutir durante 30 años en la tarifa de gas.
Esa deuda por Castor, que ascendió a 1.350 millones de euros y que se abonó a la empresa promotora Escal UGS, participada por ACS, fue colocada por Enagás en 2015 a Banco Santander, Bankia y Caixabank a un tipo de interés del 4,3% y a devolver en 30 años.
En su sentencia de diciembre de 2017, el Constitucional no entraba en el fondo de la indemnización que recibió Escal UGS por la decisión adoptada sobre Castor, centrándose más en el fondo de cómo se hizo esa indemnización a través de la aprobación de un Real Decreto de urgencia. A finales del pasado mes de enero, la CNMC paralizó los pagos destinados a materializar el derecho de cobro por la deuda del almacén Castor, que están en manos de los tres bancos.
El regulador indicó así que, en aplicación de la sentencia del pasado mes de diciembre del Tribunal Constitucional, los titulares de estos derechos de cobro dejaban "de ser sujetos del sistema de liquidaciones".
Sentencias del Supremo
Además, hace unas semanas el Tribunal Supremo volvía a dar la razón a la patronal catalana Cecot en el recurso contencioso-administrativo que presentó -en noviembre fue el anterior y también dictaminó a su favor- y que obligaba al Gobierno a devolver a los consumidores por el mantenimiento y operatividad del almacenamiento subterráneo de gas de Castor.
Cecot calculó que entre la primera y esta segunda resolución se han anulado 118 millones de euros en retribuciones que el Gobierno debe reintegrar a los consumidores de gas.
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