El Gobierno ha decidido hacer un guiño al sector turístico y mantener las ayudas a las empresas para impulsar el mantenimiento del empleo también en invierno. Con una industria turística en España claramente estacional, que concentra gran parte del negocio en el sol y playa y, con ello, en los meses de verano, muchas empresas turísticas recortan sus plantillas durante la temporada baja.
En el proyecto de Presupuestos Generales del Estado (PGE) para 2019 que ha presentado este lunes el Gobierno contempla una rebaja a la mitad de las cotizaciones de la Seguridad Social que pagan las empresas turismo, y las de comercio y hostelería vinculadas a la actividad turística, si mantienen la actividad de los trabajadores con contratos fijos discontinuos en los meses de febrero, marzo y noviembre.
Estas compañías conseguirán, en concreto, una reducción del 50% de las cuotas que pagan a la Seguridad Social por contingencias comunes, así como por los conceptos de recaudación conjunto de Desempleo, Fogasa y Formación Profesional, según se especifica en una disposición adicional del proyecto de PGE.
La profunda estacionalidad de la actividad turística en España ha hecho que entre las empresas del sector se haya perpetuado durante décadas la figura del fijo discontinuo: empleados que trabajan sólo en los meses en que hay actividad y que cobran el subsidio de desempleo año tras año en la temporada baja. Un modelo de protección para trabajadores y para empresas a costa del erario público.
La decisión del Gobierno –como se viene haciendo los últimos años- de permitir las bonificaciones en los pagos a la Seguridad Social es una forma de fomentar un alargamiento de los periodos con actividad real que tienen los fijos discontinuos en el sector turístico y, con ello, reducir la cuantía de la factura que para el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) supone esta práctica tan extendida.
Estas bonificaciones se han venido aplicando por las sucesivas Leyes de Presupuestos Generales del Estado, inicialmente en el mes de noviembre de 2012, y posteriormente a los meses de marzo y noviembre de los ejercicios 2013, 2014 y 2015, ampliándose en 2016, 2017 y 2018 a febrero, además de marzo y noviembre.
Como en los PGE de 2018 esta medida ya aparecía en una disposición adicional, no podrá ser aplicada este año en caso de que no se aprueben los Presupuestos de 2019 y se prorroguen las cuentas del pasado año. Y es que la prórroga sólo se aplica a aquellas medidas que se encuentren entre el articulado.
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