El Real Decreto-Ley del Gobierno de Pedro Sánchez no contendrá límites específicos al precio de los alquileres. Pero sí incluye importantes novedades que beneficiarán al inquilino: el decreto limitará por ejemplo la subida de precios a particulares y fondos al Índice de Precios de Consumo (IPC); en otras palabras, una vez firmado un contrato de arrendamiento entre las partes el propietario no podrá elevar la renta por encima de ese índice.
Según fuentes de Fomento, esto no se aplicará a los antiguos contratos, por lo que los arrendadores que persigan maximizar las rentas del alquiler -los casos más conocidos se dan en la Comunidad de Madrid y afectan a fondos como Blackstone o Azora- y tengan un contrato firmado antes de la entrada en vigor de la norma podrán seguir subiendo precios al libre albedrío.
Desarrollo en ocho meses
"El 80% contratos, alquileres por debajo de 600 euros", explican en el ministerio. "Esta medida se extiende a todos los contratos nuevos y traerá más garantías sociales a los inquilinos" En Fomento creen igualmente que el decreto "no desincentiva la oferta". "El fondo que quiera invertir en el sector inmobiliario tendrá sus retornos y le dará para cubrir sus gastos operativos".
El Real Decreto-Ley se desarrollará en los próximos ocho meses y contiene tres bloques: el primero, que apuesta por generar "seguridad y certidumbre al inquilino"; el segundo, tendiente a "incentivar la oferta"; y el tercero, "apoyar a los grupos más vulnerables".
Habrá, como ya se ha publicado, una prórroga obligatoria de 3 a 5 años, y hasta 7 años si es persona jurídica. "En Alemania los contratos de alquiler son indefinidos", defiende el Gobierno. También se amplía la prórroga tácita.
Otra de las grandes novedades es la publicación de un Índice de Referencia que se renovará anualmente, explican en el ministerio. Se trata de un sistema estatal que las comunidades autónomas podrán hacer competencia suya. No se trata de un límite de precios porque, en opinión del Ejecutivo, "actuar sobre los precios por la vía del Real Decreto-Ley puede ser inconstitucional". Pero sí que será una herramienta que le servirá al cliente para obtener toda la información necesaria y le permitirá conocer si hay abusos en las rentas.
Limitar las viviendas turísticas
La tercera gran pata será la bonificación del 95% del impuesto del IBI a las viviendas protegidas en alquiler: se rechaza, sin embargo, bonificar hasta el 80% del IBI en determinados casos de bajas rentas familiares, como se había especulado hasta la presentación del decreto. "No va a haber más medidas fiscales en el campo de la vivienda de aquí a lo que queda de legislatura", reconocen en Fomento.
El decreto es un conjunto de 23 medidas. Recoge, al igual que el malogrado decreto de diciembre, límites a los alquileres turísticos: si tres quintas partes de las comunidades de propietarios de ponen de acuerdo, podrán vetar la creación de más viviendas de este tipo. Igualmente, podrán acordar una mayor contribución de éstas a los gastos generales de la comunidad.
Mayor implicación de servicios sociales
Se pretende igualmente proteger a los colectivos más vulnerables afectados por desahucios. "Habrá una mejor coordinación con los servicios sociales", dicen en el Gobierno. "El afectado se podrá dirigir a los servicios de bienestar social y pedirá un informe de vulnerabilidad. Se dará un plazo de un mes para que los servicios sociales aborden la problemática familiar antes del desahucio".
Se darán facilidades judiciales para los afectados por desahucio. Se establece la obligatoriedad de clarificar el día y la hora del desahucio. Y se elimina el impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales del alquiler de vivienda.
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