Nuevo cambio de planes. Después de que la aprobación del Real Decreto-Ley de medidas de igualdad que incluye la ampliación del permiso de paternidad a 16 semanas --8 semanas en 2019-- no se publicara finalmente en el BOE el pasado lunes, sino este jueves, las fechas de entrada en vigor vuelven a dar una sorpresa.
De acuerdo con la redacción final, la aplicación de esta ampliación se pospone al próximo 1 de abril, con lo que los padres de hijos nacidos hasta entonces no podrán hacer uso de ese derecho, pese a que el Real Decreto en sí ya está en vigor.
En una entrevista a RNE recogida por Europa Press, la vicepresidenta del Gobierno, Carmen Calvo, ha justificado el retraso en la entrada en vigor de esta parte del decreto en la necesidad de conceder mayor tiempo a las empresas para su adaptación.
Fue la propia vicepresidenta la que anunció el pasado viernes que la ampliación de las bajas por paternidad entraría en vigor el 5 de marzo, pero el Gobierno ha ido retrasando la publicación del decreto. Este miércoles señaló que no se había publicado por un error en el texto que debía subsanarse.
Concretamente, el Ejecutivo argumenta que, al establecerse en el decreto el carácter obligatorio de dicho permiso desde el nacimiento para el progenitor distinto a la madre biológica, la entrada en vigor no puede ser inmediata ya que la Seguridad Social debe adaptar su funcionamiento al nuevo régimen de permisos. También este plazo facilitará a las empresas su organización y adaptación.
Gestos con las empresas
No obstante, comparando la redacción publicada en el BOE de este jueves con los últimos borradores, salta a la vista que el Gobierno ha cuidado las formas para hacer más digerible del decreto para las empresas.
Por ejemplo, en lo que se refiere estrictamente a la ampliación del permiso de paternidad, precisa que la suspensión del contrato de cada uno de los progenitores por el cuidado del menor, una vez transcurridas las primeras seis semanas inmediatamente posteriores al parto, podrán distribuirse a su voluntad, "en periodos semanales a disfrutar de manera acumulada o interrumpida", y ejercitarse desde la finalización de la suspensión obligatoria posterior al parto hasta que el hijo o hija cumpla 12 meses.
Ahora bien, el texto incluye una llamada: "El disfrute de cada periodo semanal o, en su caso, de la acumulación de dichos periodos, deberá comunicarse a la empresa con una antelación mínima de 15 días".
Esta llamada se reproduce de una u otra forma en otros puntos del articulado, como mandatos para acordar los periodos de disfrute previo acuerdo entre la empresa y la persona, reduciendo así el margen de libertad con el que se dotaba a los trabajadores en las fases previas de elaboración.
Se justifica la urgencia
Además, el texto incluye nuevas argumentaciones para justificar la urgencia de las medidas y la decisión del Gobierno de aprobarlas por la vía del Real Decreto-Ley, en previsión de que la norma, como los restantes decretos que el Consejo de Ministros irá aprobando hasta el final de la legislatura, puedan ser recurridos, como de hecho está estudiando el PP.
Entre otras cosas, el Real Decreto-Ley precisa que la desigualdad entre hombres y mujeres, visible en la brecha salarial, "exige una actuación urgente y necesaria por parte del Estado, puesto que la mitad de la población está sufriendo una fuerte discriminación y está viendo afectados sus derechos fundamentales".
"Un mayor retraso teniendo en cuenta el tiempo transcurrido, conllevaría un daño de difícil reparación que puede ser asumido por una sociedad moderna como la española", añade.
Si bien, la exposición de motivos, a diferencia de borradores anteriores, se extiende aludiendo a preceptos legales, incluso haciendo mención al articulado Constitucional, para justificar que "concurren los requisitos constitucionales de extraordinaria y urgente necesidad que habilitan al Gobierno para aprobar" el decreto.
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