La Administración se veía venir lo que ya está ocurriendo. En abril de 2018, hace exactamente un año, la ex secretaria de Estado de Función Pública, Elena Collado, se mostraba resignada tras comparecer en la comisión de Presupuestos del Congreso de los Diputados ante la oleada de demandas que se avecinaban por parte de trabajadores temporales e interinos a cuenta del acuerdo firmado por los sindicatos de la función pública y el Gobierno para estabilizar unas 350.000 plazas en la Administración.
No escondía ya entonces que miles de personas se estaban poniendo en manos de despachos de abogados al entender que por los años que llevaban trabajando en la Administración pública tenían que tener un proceso diferente, un proceso que reconociera su antigüedad, en lugar de tener que concurrir a un proceso de concurso-oposición para competir con otros opositores en igualdad de condiciones y exponerse a quedarse sin empleo definitivamente en muchos casos con más de 45 años.
Por aquel entonces, la principal batalla la daba (al menos en el plano mediático) la Asociación Nacional de Interinos y Laborales (ANIL). Sin embargo, un año después, siendo su diagnóstico cierto, han cambiado dos cosas: en efecto ya se ha iniciado un proceso masivo de demandas --una vez que va venciendo el plazo de seis meses para que la Administración rectifique antes de la interposición de un contencioso-administrativo--, pero de la mano de nuevos despachos dispuestos a llevar la batalla hasta al final. Y lo más importante, ya no solo se demanda un proceso de selección basado en los méritos, ya se ha superado el debate de las indemnizaciones sí o no a los interinos, laborales o funcionarios; nuevas sentencias, entre ellas del Tribunal Supremo, les han dado alas para pedir directamente su conversión directa en fijos al considerar que se encuentran en una situación de fraude de Ley.
Además, el tiempo apremia. Porque la Administración y los sindicatos trabajan para culminar a la mayor brevedad el proceso de consolidación de plazas temporales en el sector público y eso estrecha el marco de oportunidades de los interinos y temporales. ¿Por qué? Porque según algunos de estos despachos de abogados, una vez de pronuncien los altos tribunales, si se da la razón a los demandantes, la conversión beneficiará a quienes hayan demandado antes de su posible cese (de forma unilateral por parte de la Administración o en caso de no superar las pruebas de concurso-oposición). Si se demanda tras salir de la Administración, lo más probable es que solo se pueda aspirar a una indemnización apelando a la responsabilidad patrimonial del Estado.
Asociaciones de interinos como ASIJ (interinos de justicia) explican que se están iniciando hasta 4.000 procedimientos, entre reclamaciones previas a la Administración y demandas por la vía de lo contencioso administrativo, de las que más de 2.000 se están canalizando (ya presentadas o en estudio) a través del despacho del abogado del Estado en excedencia Arauz de Robles. Pero la cifra se podría disparar en próximos meses. Casos no faltan. Este despacho recibe cada día 200 nuevas consultas, incluso de indefinidos no fijos.
No existe una cifra oficial sobre empleados funcionarios interinos o estatutarios que llevarían más de tres años de forma eventual, momento a partir del cual se está reclamando la consolidación, pero las cifras del INE sugieren que el sector público cuenta al menos con 340.000 interinos, de los que unos 200.000 llevarían más de tres años como suplentes.
Desde Arauz se recuerda que los dígitos son insondables a nivel autonómico y local. Con esta cautela, el despacho cree que entre 450.000 y 750.000 trabajadores podría estar en situación de interinidad y temporalidad desde hace más de dos años.
¿Qué dice la directiva?
Las fuentes consultadas explican que los despachos de abogados se están apoyando en la directiva comunitaria 1990/70 para reclamar un puesto fijo en la Administración. Esta directiva impide el abuso en la contratación de personal temporal e interino en la administración y contempla la posibilidad de reconocer la fijeza del puesto para los afectados.
Detallan que, en estos momentos, no existe una normativa ad hoc en España y que el marco al que agarrarse es el comunitario. Sin embargo, creen que el Gobierno podría establecer su propia norma, fijando una indemnización para subsanar los casos de fraude de Ley como medida disuasoria. Por tanto, quien no reclame ahora, podría encontrarse con una compensación económica, pero sin su plaza. Más aún, un empleado cesado, en principio ya no puede reclamar su paso directo a empleado fijo.
Los hitos que sustentan las demandas
Lo que ha dado alas a los interinos son una serie de hitos que reman a su favor. De un lado están a la espera de que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) se pronuncie sobre una serie de cuestiones prejudiciales que podrían poner a España contra la espada y la pared. Podrían obligar a la Administración (el derecho comunitario es vinculante) a reconocer la fijeza de los puestos de una serie de funcionarios estatutarios de la sanidad, con trabajos temporales durante bastante más de una década, precisamente de la mano de la directiva europea.
El sindicato de interinos docentes de Murcia Sidemur espera un pronunciamiento favorable a lo largo de este año, lo que sería un espaldarazo a la conversión directa de interinos a fijos.
Además, desde el despacho Arauz y Belda se recuerda que la sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo incluyó en sendas sentencias de septiembre de 2018, cuya novedad es que se referían tanto a personal funcionario como estatutario, mientras que hasta ese momento los casos más sonados de sentencias en favor de interinos se referían a empleados laborales.
El Supremo hablaba de “abuso en la utilización sucesiva de relaciones de empleo de duración determinada” en las administraciones públicas y salía al paso de los intentos de limpiar las plantillas mediante su cese sin más. Consideraba que en estos casos, en tanto que el puesto de trabajo ocupado es claramente estructural, el empleado debe seguir en su puesto “mientras la Administración no cumpla la normativa vigente”, es decir, en tanto su plaza no salga a concurso para que la ocupe un funcionario (según dicta el Estatuto Básico del Empleado Público), vuelva su titular al que sustituyó o terminen las tareas para las que fue contratado. Sin embargo, esto debe producirse en los primeros tres años, algo que se incumple sistemáticamente.
Por su parte, José Cabrera otro de los abogados que está dando la batalla por los temporales, fundamentalmente funcionarios interinos y estatutarios, pide también conversiones en fijos o, al menos, indemnizaciones, tanto para trabajadores en activo como cesados. También Cabrera se remite al Supremo, y a una sentencia del TSJUE de 2006 en la que se hablaba de abuso en la contratación de temporales en la administración, pero admite que de lo complejo que será demostrar el daño causado por la contratación abusiva por parte de la Administración. En su caso, se están cursando otras 200 demandas, la mayoría en favor de personal de personal de la educación y la sanidad.
Por último, otro de los abogados de los interinos, Fabián Valero, comentaba recientemente en las redes sociales que ha tenido lugar una sentencia que declara fraudulento el sistema de nombramientos sucesivos de profesores interinos y que reconoce su derecho a la estabilidad. Se trata de una sentencia del Juzgado de lo Contencioso nº 1 de La Rioja, que falla a favor de una trabajadora lleva 18 años encadenando sucesivos nombramientos por curso académico, prestando servicios en dos especialidades y en diferentes centros.
Mientras tanto
Y al tiempo que todo esto sucede, la Coordinadora Estatal de Empleados Públicos en fraude de ley ha convocado ya concentraciones en todo el país para exigir la paralización de los “falsos procesos de estabilización” y la regularización administrativa "de todos los empleados públicos en fraude de ley y abuso de temporalidad".
Esta Coordinadora estatal surgió a partir de un encuentro estatal en Madrid el pasado 9 de Febrero y actualmente está formada por más de 30 organizaciones sociales y sindicales de todo el territorio español.
Además, la Ley de Presupuestos de Canarias de 2019 ha incorporado un concurso de méritos excepcional para consolidar como personal fijo a personal temporal empleado público de más de 50 años, una posibilidad que se negó hace algo más de un año al sector educativo. A nivel nacional, fuentes sindicales consideran que esta opción supone una "discriminación" frente a otros empleados temporales de la administración en similares condiciones.
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