La publicación de las conclusiones del Abogado General del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) sobre el Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios (IRPH) se aplaza hasta el 10 de septiembre, frente al 24 de junio, como estaba establecido inicialmente. Eso significa, por un lado, que la incertidumbre en torno al sector financiero no se disipará hasta dentro de un año. Al mismo tiempo, los bancos ganan tiempo. Tendrán un año más de margen para generar capital y afrontar el potencial riesgo que conllevan las hipotecas vinculadas al IRPH.
El dictamen que, a la vuelta del verano, hará público el letrado Maciej Szpunar no será vinculante de cara a la posterior sentencia, aunque sí tiene, históricamente, una influencia notable. Los bancos españoles perderán miles de millones de euros, si finalmente se declaran nulas las cláusulas que incluyen el IRPH en contratos hipotecarios.
La firma de inversión Alantra señala la cara y la cruz del retraso en la publicación de las conclusiones. "En el lado negativo, la incertidumbre durará más tiempo y el riesgo de litigios será un obstáculo para el rendimiento de los bancos españoles. En el lado positivo, los bancos españoles tendrán un margen de un año adicional para generar capital que le permita hacer frente al potencial impacto negativo", explican desde la entidad.
"Como ya hemos dicho, la sentencia en torno al las hipotecas vinculadas al IRPH es el riesgo de la cola para los bancos españoles, y la visibilidad del resultado final es baja. El Tribunal Supremo español ya declaró que el IRPH era un índice transparente -publicado oficialmente por el Banco de España-, pero ahora se cuestiona este punto de vista y no está claro si los bancos estaban exentos de cualquier control de transparencia cuando vendían hipotecas del IRPH", recuerdan los analistas.
"Según nuestras estimaciones, Caixabank sería el que corre mayor riesgo, con pérdidas potenciales de hasta 3.400 millones, equivalentes a160 puntos de capital, mientras que Bankinter es el único banco sin ninguna exposición a los préstamos IRPH", indican desde Alantra.
Según los cálculos elaborados por Goldman Sachs, la banca española podría tener que devolver entre 7.000 y 44.000 millones de euros si la Justicia europea declara finalmente que estas cláusulas son abusivas y deben anularse.
En concreto, el Abogado General deberá pronunciarse sobre el caso de un ciudadano español que firmó un contrato hipotecario con Bankia con una cláusula relativa al cálculo de los intereses ordinarios conforme al IRPH. Este cliente presentó ante un juzgado de Barcelona una demanda de nulidad de esta cláusula por considerarla abusiva. En una sentencia de noviembre de 2017, el Tribunal Supremo avaló el IRPH al considerar que su utilización no implica falta de transparencia ni abusividad, así como que no es necesariamente peor para el consumidor que el Euríbor.
Sin embargo, el juzgado de Barcelona planteó una cuestión prejudicial al TUE porque estima que el cliente no fue suficientemente informado del contenido de la cláusula y, por ello, no es "ni clara ni transparente". La Comisión Europea se ha personado en el caso y, al contrario que el criterio del Alto Tribunal español, considera que las cláusulas que incluyen el IRPH en los contratos hipotecarios pueden ser abusivas y poco transparentes para el cliente.
Asufin, por su parte, ha lamentado que los afectados por el IRPH tengan que esperar "un poco más" la lectura de las conclusiones del Abogado General, un retraso que "obliga a las familias a seguir pagando cuotas más elevadas".
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