La ministra de Hacienda en funciones, María Jesús Montero, ha avanzado este miércoles que la Agencia Tributaria devolverá el IRPF de las prestaciones de maternidad y paternidad abonada desde 2014 a los 8.000 contribuyentes que no podían recibirla, incluidos quienes reclamaron y fueron rechazados, informa Efe.
En declaraciones a los medios tras reunirse con la Asociación de Afectadas y Afectados por el IRPF de Maternidad y Paternidad, la ministra ha explicado que los afectados tendrán que seguir el mismo procedimiento que el resto de madres y padres, es decir, rellenar un formulario en la página web de la Agencia Tributaria, que ahora les permitirá hacerlo.
Quienes ya hayan presentado su reclamación a través del formulario no tendrán que hacer ninguna otra actuación.
Más en detalle, una nota del Ministerio de Hacienda explica que las madres y padres que contaban con una resolución o sentencia firme contraria a la devolución de la prestación de maternidad o paternidad podrán recibir la devolución mediando una nueva solicitud posterior a la sentencia del Tribunal Supremo del pasado 3 de octubre.
La medida también se extiende a los empleados públicos que perciben permisos de maternidad y paternidad a través de las mutualidades de previsión social.
Al estar circunscrita esta ampliación de los beneficiarios a los periodos no prescritos, afectará a casos de prestaciones percibidas en los años 2014 y siguientes, pero también a aquellos años anteriores en los que eventuales recursos interpuestos por los contribuyentes hubiesen interrumpido la prescripción el tiempo suficiente como para que aún no se hubiesen cumplido los cuatro años de prescripción que marca la Ley General Tributaria.
Por tanto, en ambos supuestos se extiende el derecho a la devolución, si bien el procedimiento para el contribuyente es distinto. Para los años 2014 a 2017, las madres y padres deberán presentar una solicitud de devolución a través del mismo formulario electrónico habilitado por la Agencia Tributaria que venían utilizando desde diciembre pasado los solicitantes.
El plazo para solicitar la devolución del IRPF de la prestación por maternidad del ejercicio 2014 concluye el 1 de julio de 2019, cuando se cumplen los cuatro años que marca la legislación.
Para los supuestos de años anteriores no prescritos, la fórmula será la de una solicitud ordinaria en la que el solicitante aporta su nombre, apellidos y NIF, junto con el año de percepción de la prestación y el número IBAN de una cuenta bancaria de la que sea titular. Esa solicitud la presentará, bien por registro electrónico, bien en cualquier registro de la Administración.
En el caso de que esta segunda solicitud se hubiera resuelto en sentido negativo, el interesado deberá remitir un escrito a la Agencia Tributaria mostrando su oposición a esa resolución y la Administración actuará procediendo a la devolución.
Con la solución aportada por el Ministerio de Hacienda, desaparece cualquier posible discriminación. Es decir, todas las madres y padres que cobraron la prestación a partir de 2014 tendrán derecho a la devolución con independencia de si presentaron o no una reclamación previa a la sentencia.
Además, en algunos supuestos, el hecho de haber presentado una solicitud previa puede suponer una ventaja en la medida en que si se detuvo la prescripción es posible ahora cobrar la prestación de ejercicios anteriores a 2014.
Ritmo de devoluciones
La medida comunicada hoy se suma al proceso iniciado por el Gobierno en diciembre de 2018 para la devolución de las prestaciones de maternidad y paternidad tras la sentencia del Alto Tribunal. Gracias al sistema puesto en marcha por la Agencia Tributaria, más de 734.000 madres y padres habían recibido hasta el pasado 11 de junio la devolución de las retenciones del IRPF referidas al periodo 2014-2017.
En concreto, la suma de las cantidades reintegradas hasta la fecha (devolución más intereses) supera los 960 millones de euros. Así, los contribuyentes con derecho a devolución han recibido 1.309 euros de media. Las madres han percibido de media 2.066 euros y los padres 483 euros.
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