Economía

La CEOE en bloque pide cambiar la ley para proteger a las contratas de otra subida del SMI

Piden tocar la Ley de Contratos Públicos y la de Desindexación para poder repercutir las subidas salariales en los precios de las concesiones de más de cinco años

Señalización de obras en una carretera. | Europa Press

La CEOE, como el resto el país, está a la espera de saber si Pedro Sánchez es capaz de sacar adelante el debate de investidura del próximo 22 de julio o si se va a nuevas elecciones generales. Sin embargo, no quiere perder ni un minuto y desde esa renovada posición de 'lobby' que quiere conferirle su presidente, Antonio Garamendi, se prepara para presionar al eventual nuevo Gobierno del PSOE para amortiguar una subida adicional del salario mínimo (SMI) hasta los 1.000 o los 1.200 euros al mes.

El ejecutivo de Pedro Sánchez ya incrementó esta referencia en un 22,3% en 2019, hasta los 900 euros al mes en 14 pagas, lo que ha hecho un gran daño a las empresas contratistas, que presentaron en su día sus ofertas contando con unos costes salariales menores y que ahora no pueden repercutir la subida SMI en las concesiones en curso, según el criterio de la Abogacía del Estado.

Fuentes de la patronal dan por hecho que si Sánchez sigue en la Moncloa habrá una nueva subida del SMI hasta los 1.000 o 1.200 euros en 2020, lo que supondría otro revés para las mismas contratistas, especialmente en aquellas con concesiones de varios años que sufrirían otra vuelta de tuerca después del incremento del salario mínimo en 2019.

En el sector de los servicios aseguran que hasta el 60% de las empresas se verían afectadas si el SMI llegara a los 1.000 euros por Ley. Defienden los empresarios los firmado con los sindicatos en el IV Acuerdo Confederal para el Empleo y la Negociación Colectiva, que prevé salarios base de 1.000 euros a finales de 2020, pero solo en las empresas que se lo puedan permitir.

La CEOE forma un bloque

Pues bien, la Junta Directiva de la CEOE del pasado 4 de julio aprobó un documento con propuestas de cambio en la Ley de Contratos del Sector Público y en la Ley de Desindexación que, entre otras cosas, viene a poner la venda antes de la herida.

El texto, adelantado por ABC y al que ha tenido acceso este periódico, se centra sobre todo en la Ley de Desindexación de la economía, que puso en marcha el anterior Gobierno del PP en 2015 y que perseguía básicamente evitar que las subidas puntuales de la inflación, por el incremento del precio de los carburantes por ejemplo, se repercutieran en los precios públicos, como el transporte o las concesiones de autopistas de peaje, pasando por las tasas universitarias, generando un efecto de segunda ronda que perpetuaría esos picos momentáneos de precios.

La Ley que desterró el IPC

Así, en lugar de vincular (indexar), por ejemplo, el precio del autobús al IPC, se trataba de que los precios públicos que se revisen periódicamente suban o bajen en función de los costes de producción que haya detrás, también de la mano de obra. En última instancia, se lograría así ganar competitividad frente al exterior.

Sin embargo, la legislación estableció otro cortafuegos: los incrementos de los costes salariales que soportan las empresas no se repercuten en su totalidad mediante una revisión de los precios de las concesiones, que además la Administración puede prorrogar de forma unilateral.

De esa forma, con contratos en vigor con la Administración, las empresas tienen que absorber con sus márgenes las subidas del SMI y otros incrementos salariales pactados en convenio.

Por todo ello, la patronal asegura en el documento, que ya se ha remitido al Gobierno en funciones, que "la Ley de desindexación de la economía española constituye un obstáculo legal que dificulta, en gran manera, si no impide en la práctica, la promoción y viabilidad de contratos de concesión, entendiendo, por tanto, prioritaria su entera derogación".

No obstante, en un ejercicio de realismo, la CEOE plantea al menos una serie de cambios en la norma. En primer lugar, propone modificar el artículo 103 de la Ley de Contratos del Sector Público, y artículo 3 de la Ley 2/2015 de desindexación de la economía española con el fin de exceptuar los contratos de concesión de obras y concesiones de servicios de duración igual o superior a cinco años, algo que ya pidió al grupo parlamentario socialista en el Congreso de los Diputados cuando estas leyes se tramitaron.

Avisa de la pérdida de empleos

Además, CEOE propone la adición de determinadas previsiones en ese artículo 103 para permitir la revisión de los precios de los contratos en función del IPC.

Precisa que si en el periodo de vigencia de los contratos, es decir en su ejecución, se produce una variación salarial del personal afecto, bien sea por la subida del salario mínimo o a través del convenio colectivo de aplicación, es coherente revisar los precios en los contratos en vigor.

Argumenta que el carácter social con el que se legisló para preservar en último término la economía, la creación de empleo y la calidad del mismo podría quedar anulado por el efecto real de la Ley: "la situación actual implica para el adjudicatario de facto entrar en una situación de pérdidas por causas ajenas a su voluntad que necesariamente llevará a disminuir la plantilla con la consiguiente extinción de contratos", señala el documento.

Por último, la patronal argumenta que la complejidad, duración y el volumen de inversión requeridos en los contratos de concesión hace necesaria la revisión de precios puesto que de lo contrario la Ley disuade a una tipología de inversores relevantes en este ámbito, como son los fondos de pensiones o similares, de la participación en estos contratos.

"Uno de los objetivos de estas entidades es la inversión a largo plazo protegida de la inflación. La eliminación de esta característica en los contratos de concesión disminuye una de las fuentes de inversión con más voluntad y liquidez actualmente para financiar la construcción o mantenimiento de infraestructuras", concluye.

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