La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha multado con 1,5 millones de euros a Telefónica por incumplir una de las condiciones de su fusión con DTS (antigua Sogecable), relativa a los precios que cobró a sus rivales por el canal 'Movistar el Partidazo' en la temporada 2016/2017.
La CNMC recuerda que realiza labores de vigilancia para verificar que Telefónica cumple con los compromisos derivados de la compra que efectuó la operadora a Prisa para adquirir el 56% de DTS.
En 2015, Competencia autorizó la operación de concentración de Telefónica y DTS, condicionada a que la primera cumpliera una serie de compromisos en el mercado de la televisión de pago, entre ellos, poner a disposición de sus rivales una oferta anual (mayorista) de contenidos con canales 'premium'.
El acceso no discriminatorio de sus clientes de Internet
Además, se fijó la replicabilidad de los productos con estos canales y el acceso no discriminatorio de sus clientes de Internet a contenidos de televisión de pago de operadores OTT.
La CNMC ha acreditado en una resolución de vigilancia que Telefónica asignó incorrectamente sus costes fijos del canal Movistar Partidazo, integrado es su oferta mayorista de canales Premium en la temporada 2016/2017.
Concretamente, señala Competencia, Telefónica tomó en consideración un número de abonados propios inferior al que debería haberle correspondido para el reparto inicial del coste mínimo garantizado del canal 'Movistar Partidazo' realizado en julio de 2016.
"En consecuencia, el resto de los operadores interesados en contratar el canal 'Partidazo' (Vodafone, Orange y Telecable) afrontaron mayores costes, mientras que para Telefónica se produjo una reducción de éstos, con la consiguiente discriminación a su favor", dictamina Competencia.
Telefónica recurrirá la sanción
Por su parte, Telefónica recurrirá esta sanción, que considera "excesiva", al considerar que no hubo perjuicio alguno para sus competidores, según han informado a Europa Press en fuentes de la operadora. De hecho, la propia compañía asegura que devolvió las cantidades erróneamente calculadas sin requerimiento de nadie en cuanto percibió el error.
Además de la multa, el organismo que preside José María Marín Quemada insta a la Dirección de Competencia a velar por el cumplimiento de esta resolución y seguir vigilando el cumplimiento de las condiciones de la fusión entre Telefónica y DTS.
Competencia recuerda que esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede ser recurrida en la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de su notificación.
La CNMC ha dictado ya varias resoluciones en el marco del citado expediente de vigilancia a Telefónica.
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