La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha aprobado la primera de sus circulares en el ámbito de las nuevas competencias del regulador en energía y ha establecido la metodología de cálculo de la tasa de retribución financiera de las actividades de transporte y distribución de energía eléctrica, y regasificación, transporte y distribución de gas natural, informó el organismo.
La tramitación de esta primera circular concluye así una vez recibido el dictamen favorable del Consejo de Estado y con su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE). En total, el regulador lanzó un total de 14 circulares a información pública en las que, entre otras medidas, establecerá las retribuciones de los diferentes agentes de los sectores eléctrico y gasista y, a la vez, fijará unos peajes para cubrir los costes de los sistemas.
Esta primera circular aprobada, como había sido ya planteado en las propuestas anteriores del regulador, rebaja al 5,58% -desde el 6,5% actual- la tasa de retribución financiera para el transporte y distribución de energía eléctrica que se aplicará en el siguiente periodo regulatorio, desde el 1 de enero de 2020 al 31 de diciembre de 2025.
Asimismo, el organismo presidido por José María Marín Quemada ha establecido para la regasificación y transporte de gas natural una tasa de retribución financiera del 5,44% (5,83% para la distribución de gas) desde el 1 de enero de 2021 al 31 de diciembre de 2026.
La principal novedad de la circular consiste en establecer una metodología explícita para el cálculo de la tasa de retribución financiera, basada en el WACC (Weighted Average Cost of Capital o Coste Medio Ponderado de Capital).
Mirando a Europa
Esta metodología supone una diferencia sustancial con respecto a la tasa de retribución financiera aplicada en el periodo regulatorio actual y que está a punto de concluir, que se basaba en el valor del rendimiento del bono del Estado español a 10 años más un diferencial.
La CNMC destaca que se trata de una metodología "consistente, reproducible y ampliamente utilizada" entre los reguladores europeos para el cálculo de la tasa de retribución de las actividades reguladas del sector eléctrico y del sector del gas natural.
Según el concepto del WACC, el coste de capital de una empresa o actividad se representa por la suma ponderada de los respectivos costes de los fondos propios y de la deuda, donde la ponderación refleja el peso de cada recurso sobre el total de la financiación. Así, el WACC refleja el coste de la deuda y la rentabilidad exigida por los accionistas que proveen capital a través de los fondos propios.
Equipararse con los mercados de capital
El regulador subraya también que esta metodología "refleja la realidad de los mercados de capital donde encuentran su financiación las empresas reguladas".
Por ello, una remuneración de las inversiones con una rentabilidad igual al WACC implica que la empresa podrá obtener en el mercado los fondos necesarios para llevar a cabo las inversiones previstas, asegurando su continuidad y expansión. Es decir, el WACC garantiza una rentabilidad razonable para que los proveedores de capital aporten sus fondos para la financiación de la actividad regulada, indica la CNMC.
Además, el organismo presidido por José María Marín Quemada considera que la utilización de esta metodología "minimiza la incertidumbre regulatoria, dado que es fácilmente replicable", facilitando así la predictibilidad de las tasas de retribución futuras y contribuyendo a generar un entorno "más estable y predecible que favorezca la inversión".
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