El juzgado de lo Mercantil número 13 de Madrid ha condenado a Ryanair a devolver el suplemento de 20 euros que cobró a una pasajera que viajaba en tarifa estándar con una maleta de mano además de su bolso personal, al entender que fue una medida "abusiva", pues el equipaje podía ser transportado en cabina.
La magistrada atiende parcialmente en la sentencia conocida este miércoles la demanda de la consumidora y pide que se distinga entre el "simple bolso de escasas dimensiones" que no puede considerarse como un bulto, pues "se puede ubicar perfectamente en la parte inferior del asiento delantero", y las "maletas o mochilas en cuyo interior lleva su ropa y demás objetos".
Los hechos se produjeron el pasado 25 de enero, en un vuelo Madrid-Bruselas operado por la compañía aérea; según se expone en el relato de hechos, "tras verificar la tripulación de tierra que su billete de avión no se correspondía con la tarifa 'priority'", que permite subir a bordo dos equipajes -uno de pequeñas dimensiones y una maleta adicional de máximo 10 kilos-, obligó a la pasajera a abonar 20 euros por el equipaje de mano extra.
Tal como sostiene ahora la titular del juzgado, dicha conducta "no está amparada" por la norma comunitaria que permite a las aerolíneas fijar libremente las tarifas de sus servicios, esto es, la cuantía que va a cobrar la compañía por el transporte así como sus condiciones.
La juez entiende que Ryanair incurrió en una conducta "abusiva" al aplicar dicho suplemento en tanto que cercenó "los derechos que el pasajero tiene reconocidos por ley, generando un grave desequilibrio de prestaciones entre las partes contratantes" que perjudicó al consumidor.
Sin embargo, no concede la indemnización de 10 euros adicionales en concepto de daños morales, pues aunque no cabe "duda" de que la demandante sufrió "rabia e impotencia al tener que asumir un coste que inicialmente no tenía previsto y ver que la maleta que quería llevar consigo en cabina" iba a bodega, "ese malestar" no es suficiente como para ser resarcida.
La sentencia, dictada hace unas semanas, ya es firme al no haber recurrido ninguna de las partes en apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid.
Te puede interesar
-
La Audiencia de Madrid decidirá el 30 de septiembre si archiva el caso de Begoña Gómez
-
Sánchez pide al juez Peinado que su declaración en el ‘caso Begoña Gómez’ sea por escrito
-
El Congreso elige diez vocales para el CGPJ tras el pacto entre PSOE y PP
-
El TAD abre expediente a Javier Tebas tras una denuncia de Florentino Pérez
Lo más visto
- 1 Convocatoria oficial de la Selección Española de fútbol para los Juegos Olímpicos de París 2024
- 2 Mohamed VI: Radiografía de 25 años de reinado en Marruecos
- 3 Qué es el tifón Gaemi que ha dejado muertos en Filipinas y en qué se diferencia de un huracán y un ciclón
- 4 Serlachius, la familia que 'compró' con papel higiénico la colección de arte más importante de los países nórdicos
- 5 El Supremo plantea cuestión de constitucionalidad contra la Amnistía
- 6 Las opciones de medalla de los deportistas españoles en los Juegos Olímpicos día a día
- 7 Aflora una deuda millonaria en RTVE por viajes y dietas excesivos
- 8 Cuándo es la ceremonia de inauguración Juegos Olímpicos París
- 9 Quién es RoRo, la 'influencer' más polémica del momento