El estado de alarma decretado por para hacer frente a la epidemia de coronavirus da poderes excepcionales al Gobierno para garantizar a ciudadanos y empresas el suministro eléctrico, de gas natural y de hidrocarburos. El Ejecutivo está habilitado desde la entrada en vigor del estado de alarma, el próximo lunes a las 8 de la mañana, para adoptar medidas de control reforzado de los mercados eléctricos y de gas, y de la comercialización de combustibles.
El decreto ley aprobado por el Consejo de Ministros activa los poderes especiales recogidos en la Ley del Sector Eléctrico y en la Ley del Sector de los Hidrocarburos para garantizar los suministros energéticos esenciales y proteger el buen funcionamiento de las redes de transporte y de distribución de los mismos.
Ante los rumores acerca de una posible nacionalización de instalaciones eléctricas, el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, ha subrayado en su declaración institucional que el objetivo es sólo "poner al servicio del estado de alarma todos los instrumentos públicos y privados, civiles y militares, a su alcance. Poner al servicio".
En este sentido, para asegurar el suministro eléctrico el Gobierno puede a partir de ahora tomar el control y operar directamente todas las instalaciones de generación eléctrica (las centrales nucleares, de gas, de carbón, hidroeléctricas, renovables…) y las redes eléctricas. También puede modificar la regularidad del suministro (esto es, cortar la luz) de manera general o por tipos de consumidores; limitar o reformar de manera temporal el funcionamiento del mercado de electricidad; o cambiar la retribución de reciben las compañías por la electricidad producida o por sus redes eléctricas, entre otros poderes especiales.
En paralelo, para garantizar el suministro de combustibles en toda España, con el decreto de estado de alarma se habilita al Gobierno a establecer limitaciones de velocidad máxima en todas las carreteras y en todas las vías, a establecer restricciones a la circulación por tipo de vehículo y a limitar la navegación de barcos y aeronaves.
Además el Ejecutivo puede también marcar limitaciones de los horarios o los días de apertura de las gasolineras, restringir los suministros a consumidores de todo tipo de derivados del petróleo o establecer restricciones a su uso o imponer a las empresas con explotaciones de hidrocarburos la oblghigación de suministrar el petróleo o gas que extraigan para el consumo nacional.
Y para asegurar el suministro de gas natural en todo el país el Gobierno restringir la regularidad del mismo de manera general o por tipo de consumidores, limitar o modificar temporalmente el mercado gasista, establecer obligaciones especiales en materia de existencias mínimas de seguridad, o exigir permiso previo para que las compañías vengan gas natural para su consumo en el exterior.
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