El Gobierno interviene el negocio de las funerarias para evitar abusos. La epidemia de coronavirus deja ya en España más de 7.300 fallecidos, a los que se suman las muertes por otras causas, lo que está poniendo al límite a las empresas del sector y sus instalaciones.
En los últimos días se han sucedido las denuncias públicas de algunos familiares de víctimas que alertaban de precios disparados por los servicios funerarios. El Ejecutivo ha decidido prohibir a las funerarias que apliquen subidas de tarifas y, además, lo hace con carácter retroactivo.
Las compañías estarán obligadas a aplicar las tarifas que ofrecían antes del estado de alarma, no podrán subirlas. E incluso tendrán que devolver a los clientes lo que han cobrado de más en las últimas dos semanas, por encima de los precios que tenían antes del 14 de marzo, según se establece en una orden del Ministerio de Sanidad publicada hoy en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Las empresas tendrán que hacer de oficio las devoluciones de los sobreprecios.
“Durante el periodo de vigencia del estado de alarma, los precios de los servicios funerarios no podrán ser superiores a los precios vigentes con anterioridad al 14 de marzo de 2020”, se impone por parte del Gobierno. “En el caso de servicios ya abonados a precios superiores a los establecidos con anterioridad al 14 de marzo de 2020, la empresa deberá iniciar de oficio la devolución de la diferencia, dejando constancia de las actuaciones realizadas a tal efecto en el caso de que no pueda llevarse a cabo”. Los usuarios disponen de seis meses una vez finalice el estado de alarma para solicitar el reembolso.
Como medida de protección para el personal funerario, Sanidad ya prohibió determinados servicios y tratamientos a los cadáveres de víctimas con coronavirus. Ahora, el Gobierno subraya en la orden ministerial “se devolverá al consumidor o usuario los importes ya abonados correspondientes a dichos servicios o productos”. En algunos casos se habían seguido cobrando servicios que no se prestaban por estar vetados.
Las empresas de servicios funerarios deberán facilitar al usuario, antes de la contratación del servicio, un presupuesto desglosado por cada uno de los conceptos incluidos en el mismo y la lista de precios vigente con anterioridad al 14 de marzo de 2020, “aun en el supuesto de que resulte necesario realizar actuaciones específicas como consecuencia de los fallecimientos producidos por el coronavirus”.
Prohibidos todos los velatorios y funerales
En los últimos meses se han detectado en España varios casos de contagios masivos del Covid-19 que se habían producido en velatorios, por la alta concentración de personas. Algunas comunidades autónomas ya habían decidido prohibir todos los velatorios, fuera cual fuera la causa del fallecimiento. Ahora el Gobierno decide prohibir todos los velatorios (en instalaciones públicas o privadas, también en los domicilios) y aplazar todos los funerales en toda España mientras dure el estado de alarma.
Se pospone la celebración de cultos religiosos o ceremonias civiles fúnebres hasta la finalización del estado de alarma. Sí se permite que haya una comitiva de acompañamiento en el entierro o cremación del fallecido, pero se restringen a un máximo de tres familiares o allegados. Durante esos actos se deberá seguir respetando siempre la distancia de uno a dos metros entre los asistentes.
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