Este miércoles empieza la campaña de la Renta, que estará en marcha hasta el 30 de junio. Pese al estado de alarma, el Gobierno no ha retrasado su inicio y se esperan más de 20 millones de declaraciones de las que un 70% será a devolver. La Agencia Tributaria calcula que se devolverán unos 10.600 millones de euros, un 1,5% menos que el año anterior.
Los técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha) recomiendan no confirmar el borrador de forma precipitada y revisar las deducciones y novedades para que los contribuyentes puedan beneficiarse más "de lo que lo hacen". Desde Gestha recuerdan que para esta campaña de la renta se ha elevado el límite de los rendimientos del trabajo para no estar obligado a declarar a los 14.000 euros si proceden de más de un pagador; se mantienen en los 22.000 anuales si son de un solo pagador o de varios pero no superiores a los 1.500 euros.
En esta campaña también se han aumentado el importe de la reducción por obtención de rendimientos del trabajo hasta 5.565 euros anuales y los umbrales de los rendimientos netos de trabajo que permiten aplicar esta reducción hasta 16.825 euros.
Con todo, desde Gestha señalan algunos de los aspectos a tener en cuenta a la hora de elaborar la declaración de la Renta. Ponen el foco en las prestaciones, la vivienda y las aportaciones y donaciones.
Los técnicos recuerdan que las prestaciones de maternidad y paternidad están exentas. También lo están las reconocidas a profesionales por mutualidades de previsión social. Los premios recibidos por loterías y apuestas, de la ONCE o Cruz Roja tampoco tributan hasta los 20.000 euros. Desde Gestha subrayan la exención de los gastos educativos, los seguros de enfermedad o los gastos de movilidad geográfica, todos ellos sujetos a requisitos.
Vivienda
La vivienda es uno de los grandes aspectos a valorar a la hora de hacer la declaración. Así, se considera que los inmuebles urbanos, salvo la vivienda habitual y el suelo no edificado, generan una renta a efectos fiscales del 2% del valor catastral o el 1,1% si el valor ha sido revisado en 2019 o en los 10 años anteriores. Además, recuerdan que los alquileres turísticos no pueden aplicarse la reducción del 60%, ya que no satisfacen una necesidad permanente de vivienda, sino que cubren una necesidad temporal.
En cuanto a los alquileres, se mantiene la deducción estatal para contratos firmados antes del 1 de enero de 2015. Sin embargo, todas las regiones excepto Murcia mantienen deducciones para el alquiler con otros requisitos.
En la misma línea, la deducción por adquisición de vivienda habitual se mantiene únicamente para los pagos o compras anteriores a enero de 2013. Por otra parte, si en 2019 se perciben cantidades devueltas procedentes de las cláusulas suelo de las hipotecas, deben corregir el borrador. Si bien lo normal es que éste advierta de estos ingresos y de la necesidad de regularizarlos, el contribuyente debe realizar las modificaciones correspondientes.
Situación familiar
Gestha recuerda que hay que revisar los cambios en el estado civil, las defunciones y los nacimientos porque en algunos casos se pueden aplicar deducciones familiares. Así, este año aumenta hasta 1.000 euros adicionales el importe de la deducción por maternidad cuando el contribuyente tenga gastos en guarderías o centros de educación infantil de sus hijos menores de tres años.
Además, cada comunidad autónoma presenta deducciones diferentes, por lo que es preciso revisar las condiciones de la comunidad de residencia porque "pueden suponer importantes beneficios fiscales", indican.
Por otra parte, recuerdan la deducción del 20% de las cuotas de afiliación a partidos políticos y también de otras para donativos. De la misma forma, conviene revisar los planes de pensiones ya que pueden suponer rebajas fiscales.
Autónomos
Capítulo a parte merecen los autónomos. Aquellos que trabajen desde casa pueden deducirse determinados gastos, como las facturas más comunes de agua, gas, luz, teléfono o Internet. En concreto, en la campaña de este año podrán deducirse el porcentaje resultante de aplicar el 30% a la proporción existente entre los metros cuadrados de la vivienda destinados a la actividad respecto a su superficie total, salvo que pueda probarse otro porcentaje superior o inferior.
De igual modo, pueden deducirse gastos realizados en establecimientos de restauración y hostelería, así como pernoctaciones en hoteles.
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