El pasado 17 de marzo, tras la declaración del estado de alarma, el Consejo de Ministros aprobó una serie de medidas para paliar el impacto económico del coronavirus. Entre ellas, se aprobó una prestación extraordinaria por cese de actividad para aquellos trabajadores por cuenta propia o autónomos que hubieran tenido que cerrar su negocio a causa de la crisis sanitaria o cuya facturación hubiese caído en un 75%.
Ha pasado casi un mes desde su aprobación pero la prestación todavía no ha empezado a pagarse. Así lo critican las organizaciones de autónomos y lo confirman fuentes del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. Esta prestación que se tramita a través de las mutuas o de un formulario del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) no se empezará a cobrar hasta el próximo viernes, 17 de abril, según fuentes del Ministerio.
Según indica el departamento que dirige José Luis Escrivá, aquellos autónomos que ya tengan reconocida la prestación, la empezarán a recibir en tres días, "estamos resolviendo favorablemente el 98% de las peticiones", ha dicho en una entrevista en El País. Se trata de un pago que esperan 900.000 autónomos, según la Asociación de Trabajadores Autónomos (ATA), al menos esa es la cifra de trabajadores por cuenta propia que la han solicitado. Sin embargo, el presidente de ATA, Lorenzo Amor, advierte de que solo puede acceder a ella un 30% de los autónomos.
Desde ATA se ha pedido al Gobierno que se flexibilice la prestación y que puedan acceder a ella cuando la facturación caiga un 40%, y no el 75%, tal como establece el Decreto Ley. También la Unión de Profesionales y Trabajadores Autónomos (UPTA) ha pedido que se pueda pedir la prestación con un descenso del 50% de las ventas. De momento, Seguridad Social ha rectificado y permite ahora que los autónomos puedan compatibilizar el cobro por cese de actividad con otro tipo de prestaciones como las de viudedad.
70% de la base de cotización
La prestación por cese de actividad que recibirán los autónomos que acrediten que cumplen con los requisitos será del 70% de la base de cotización de los últimos doce meses. Si el periodo de cotización es inferior, recibirán el 70% de la base mínima de cotización del colectivo al que pertenezca. Según la guía de la Seguridad Social, esta se percibirá “hasta el último día del mes en el que finalice el estado de alarma”. Además, los autónomos que accedan a ella no deberán renunciar a sus bonificaciones.
Según las organizaciones de trabajadores autónomos, uno de los inconvenientes es acreditar la pérdida de facturación del 75%. Para ello, el Ministerio de Seguridad Social trabaja en un protocolo con la Agencia Tributaria. De momento, se pueden “computar la totalidad de las operaciones, exista o no la obligación de expedir facturas”, apunta el departamento de Escrivá. Los trabajadores por cuenta propia deben presentar una declaración jurada en la que se haga constar que se cumplen los requisitos.
También se deberá aportar información contable como una “copia del libro de registro de facturas emitidas y recibidas; del libro diario de ingresos y gastos; del libro registro de ventas e ingresos; o del libro de compras y gastos”.
Con todo y a la espera de recibir esta prestación, los autónomos aguardan este martes a la moratoria del pago de impuestos. Tras la reunión mantenida telemáticamente con el Ministerio de Trabajo, ATA, UATAE y UPTA piden aplazar las obligaciones tributarias hasta julio.
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