La Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia (CNMC) se ha lanzado a controlar de cerca a las operadoras de telecomunicaciones para asegurarse de que no incumplen las restricciones comerciales impuestas por el Gobierno durante el estado de alarma. Vigila que se cumple la normativa especial que restringe los cambios de compañía y también que las compañías no se sirven de triquiñuelas para burlar la norma aprovechándose de vacíos legales.
El Gobierno ha impuesto un veto parcial en el sector de las telecomunicaciones a las portabilidades, los cambios de compañía en los que el cliente mantiene su número de teléfono. Tras relajar las restricciones, ahora sólo están permitidos los cambios de compañía que no exigen mandar un técnico al domicilio del cliente para evitar contagios. En la práctica, los cambios de compañía de móvil están permitidos, pero no los de servicios de telefonía e internet fijos.
La CNMC exige a las compañías información diaria de las portabilidades que realizan. Cada día, las telecos remiten todos los datos sobre cambios de clientes para confirmar que se respetan las restricciones. “Las compañías están cumpliendo. Las restricciones en las portabilidades de momento se están respetando”, apuntan fuentes conocedoras de la información recabada de las operadoras hasta ahora.
Las compañías cumplen la norma. Pero la CNMC también estudia la denuncia pública realizada por la asociación de consumidores Facua, que responsabilizaba a Movistar y a MásMóvil de seguir captando clientes mediante una triquiñuela que aprovecha un vacío legal que deja la normativa.
Facua aseguró haber comprobado que Telefónica (Movistar y 02) y el Grupo MásMóvil (MásMóvil, Yoigo y Pepephone) están “burlando la prohibición de las portabilidades” en el estado de alarma ofreciendo a los usuarios que se den de baja de su actual servicio de fibra para posteriormente pedir el alta en una nueva línea fija. Un comportamiento que la organización considera un “fraude de ley” para eludir la normativa, ya que se sortearía la restricción con un paso intermedio realizado por el cliente y que conlleva mandar un técnico a su domicilio, con el consiguiente riesgo para ambos.
Facua puso en conocimiento de la CNMC este comportamiento y el supervisor ahora estudia si esta aparente treta también está prohibida por la normativa o, de no ser el caso, si llama la atención al Gobierno sobre esta conducta para que modifique las restricciones legales impuestas desde la Vicepresidencia de Asuntos Económicos.
La Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia ya decidió entrar de oficio en la cuestión y aprobó una resolución de urgencia para imponer topes máximos del número de portabilidades permitidas a cada compañía y evitar triquiñuelas que se estaban detectando en el sector para sortear las prohibición.
Las telecos cuentan ya con un cupo diario de portabilidades propio para cambios en telefonía móvil, establecido para evitar problemas de operatividad del nodo central y a la propia compañía. Ahora la CNMC ha decidido imponer que cada teleco pueda utilizar sólo el 25% del cupo de portabilidades móviles al día que tenían justo antes de la declaración del estado de alarma.
La CNMC estableció límites mucho más estrictos en el caso de la portabilidad fija, dado que en la mayoría de los casos es necesario el desplazamiento de personal al domicilio del cliente y que, salvo casos de fuerza mayor, está prohibido por el Gobierno. El supervisor impone un límite técnico transitorio por compañía de sólo 50 portabilidades fijas al día.
En paralelo, la CNMC ya entró en el complicado terreno de vetar otros trucos que estaban utilizando algunas compañías para vender paquetes convergentes (que incluye varios servicios de móvil, fijo y TV, por ejemplo, de manera unificada) sorteando la prohibición.
Mientras dure el estado de alarma, solo podrán materializar aquellos cambios de operador multiservicio en los que el conjunto de servicios fijos y móviles asociados al paquete puedan ser portados sin necesidad de desplazamiento de personal técnico al domicilio del cliente o del usuario al centro de atención del operador, excepto en casos excepcionales de fuerza mayor.
Pero además, la CNMC establece que cuando se trate de un servicio convergente, la portabilidad del número o números móviles no podrá realizarse si ésta está vinculada a un acuerdo del usuario con el operador de realizar la portabilidad de la numeración telefónica fija una vez finalizado el estado de alarma. Ahora valora también si la triquiñuela de dar de baja para dar de alta posteriormente también está vetada.
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