Santander deberá devolver 2 millones de euros a tres hermanos socios de una pyme de Málaga que invirtieron en 2011 en obligaciones subordinadas de Popular. Así lo ha determinado el juzgado de Primera Instancia número 13 de Málaga.
Juan Carlos Robles, socio del despacho de los demandantes, LEAN Abogados, explica que en septiembre de 2011 el director de la sucursal en la que se produjo la operación les ofreció este producto financiero, que "según sus palabras, era muy adecuado para sus intereses e igual que un plazo fijo".
"Así, ellos creyeron que estaban depositando sus ahorros en un producto de máxima liquidez y seguridad, cuando, en realidad, estaban firmando una suscripción de deuda subordinada, es decir, un producto complejo y de alto riesgo sobre cuyos peligros nada les contaron", añade el abogado.
Los firmantes "carecían de formación financiera de ningún tipo", a pesar de lo cual Popular "no les informó de la complejidad del producto, ni de la posible pérdida total de la inversión; tampoco de que estaba pactada la posibilidad del canje por acciones", de acuerdo con Robles.
Los demandantes aceptaron la compra y seis años después, cuando Popular fue sometido a resolución y vendido por un euro a Santander, "las obligaciones subordinadas les fueron canjeadas unilateralmente por acciones y acto seguido amortizadas a 0 euros, con la consiguiente pérdida total de su patrimonio", explica el abogado.
El juez considera ahora que la entidad no informó adecuadamente a los clientes de los riesgos de este producto financiero, lo que provocó un error en el consentimiento, razón por la cual ha decidido anular la compra y obligar al banco ahora dueño de Popular a devolver a los demandantes su inversión, que asciende a 2 millones de euros más los intereses legales del dinero. Además, condena en costas a Santander.
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