El Real Decreto Ley de Trabajo a distancia no aplicará a los empleados que teletrabajen a causa del coronavirus. En estos casos, derivados de la situación coyuntural de la pandemia, seguirá aplicándose la normativa laboral ordinaria.
Así se desprende del texto definitivo que ha aprobado este martes el Consejo de Ministros, al que ha tenido acceso este periódico. En concreto, la Disposición transitoria tercera indica que "al trabajo a distancia implantado excepcionalmente en aplicación del artículo 5 del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, o como consecuencia de las medidas de contención sanitaria de la Covid-19" le seguirá aplicando la normativa laboral ya vigente.
Con todo, la nueva norma precisa que en estos casos, "las empresas estarán obligadas a dotar de los medios, equipos, herramientas y consumibles" necesarios para el desarrollo del trabajo a distancia. Además, para los trabajadores que estén realizando teletrabajo a causa del coronavirus será a través de la negociación colectiva cómo se establezca la forma de compensación de gastos.
Esta disposición ha sido clave en la negociación, según indican fuentes de la negociación. El motivo es que la patronal pedía que en los casos de teletrabajo coyuntural y derivado de la situación excepcional, causada por la pandemia no se aplicase la norma de teletrabajo que obliga a empleados y empresa a firmar un acuerdo.
Así, el Real Decreto al que ha dado luz verde el Consejo de Ministros regulará el trabajo a distancia con carácter regular, es decir, aquel "que se preste, en un periodo de referencia de tres meses, un mínimo del treinta por ciento de la jornada".
Acuerdo de teletrabajo
El acuerdo, que deberá ser por escrito, debe incluir un inventario de los medios y equipos necesarios para el trabajo a distancia. También tiene que contener una enumeración de los gastos, así como la forma de cuantificación de la compensación que debe ser abonada por la empresa.
En este documento también se debe fijar el horario, el porcentaje y distribución de la jornada entre trabajo a distancia y presencial y el lugar de trabajo desde donde se va a desarrollar el teletrabajo. Según indica el texto, también se deberán especificar los medios de control empresarial y la duración del acuerdo.
La norma también fija el derecho a la formación, a la promoción profesional, así como al horario flexible y a la desconexión digital de los empleados que opten por el teletrabajo.
Situación mayoritaria
La disposición sobre el teletrabajo derivado de la pandemia deja fuera a la mayoría de las personas que están en estos momentos trabajando a distancia. Según datos de Randstad, tres millones de españoles están teletrabajando actualmente, una cifra que triplica a la de 2019.
El Banco de España publicó hace unos meses que cerca de un 30% de los trabajadores podría teletrabajar pero sólo un 8% lo hacía de forma habitual.
La ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, ha señalado que el acuerdo con los agentes sociales ha llegado tras "la negociación más difícil de las que hemos llevado adelante". En esta línea ha dicho que el real decreto "nos coloca a la vanguardia de las legislaciones europeas".
Díaz ha puesto en valor que la normativa "va de la mano de la economía circular, la verde y supondrá un cambio en el derecho a la movilidad". Además, ha señalado que "esta norma aumenta la productividad y aumentará la competitividad".
La titular de Trabajo también ha anunciado la prórroga del plan 'MeCuida' que permite la reducción o adaptación de jornada para el cuidado de un familiar de hasta segundo grado.
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