Las principales plataformas de reparto a domicilio, Glovo, Deliveroo y Uber Eats, se ahorran 72 millones de euros al año en cotizaciones a la Seguridad Social. Así lo estima UGT en el Informe sobre la explotación laboral de las plataformas digitales de reparto. El sindicato añade que si estas empresas tuvieran que cumplir con los convenios colectivos provinciales esto les supondría un coste de 96 millones de euros.
Además, el mismo documento apunta que estas empresas acumulan una deuda de 20 millones de euros con Inspección de Trabajo, ya que tras varios expedientes se ha dado de alta de oficio y con retroactividad a algunos de los repartidores.
Las tres compañías citadas trabajan con un modelo de repartidores autónomos que han desatado una batalla judicial que parece estar cerca de cerrarse. Mientras que distintos tribunales han dictado sentencias señalando que los repartidores, riders, son falsos autónomos, otras defienden que son trabajadores por cuenta propia. Sin embargo, el Tribunal Supremo falló por primera vez este miércoles que un rider de Glovo era un falso autónomo.
Aunque el Alto Tribunal todavía no ha hecho pública la sentencia, las que se han conocido de instancias inferiores destacan que en el modelo de negocio de estas plataformas hay aspectos de laboralidad: el uso de la plataforma para poder trabajar, la mochila o el precio por servicio; pero también de ajenidad: los riders eligen para qué plataformas reparten y también las horas en la que lo hacen.
Ley rider
Ante este debate, el Ministerio de Trabajo y Economía Social lleva meses elaborando una ley para regular el trabajo de los riders. Esta será la próxima tarea de la mesa del diálogo social. Según explican fuentes del Ministerio, una vez se cierre el acuerdo sobre los expedientes de regulación temporal de empleo (ERTE), la intención es la de acordar esta ley con los sindicatos y la patronal.
Trabajo quiere sacar adelante la ‘Ley para la protección laboral de las personas trabajadoras que llevan a cabo actividades de distribución a terceras personas haciendo uso de medios tecnológicos’ antes de final de año. De hecho, el departamento que dirige Yolanda Díaz la incluyó dentro del Plan Normativo que recoge la legislación que el Gobierno quiere poner en marcha en 2020.
En la definición de la norma, dentro del Plan Normativo, Trabajo señala que el objetivo es “proporcionar una regulación que dé respuestas adecuadas al fenómeno descrito o, aclarando las notas de laboralidad y distinguiendo lo accesorio o instrumental”.
Reacciones a la sentencia
La sentencia del Supremo no mueve los planes del Gobierno. Fuentes de Trabajo explican que siguen con la hoja de ruta. Con todo, “el Ministerio de Trabajo y Economía Social celebra y, por supuesto, muestra el máximo respeto al fallo del Pleno de la Sala Cuarta del Tribunal Supremo que hemos conocido este miércoles”.
Desde la patronal de estas compañías, Adigital, consideran que la sentencia indica que “es necesaria una regulación inteligente que aporte seguridad jurídica a todos los implicados y termine con la incertidumbre de las resoluciones judiciales que analizan caso a caso”. Además, piden ser parte del diálogo junto con los interlocutores sociales.
El fallo del Alto Tribunal marca un antes y un después en el conflicto entre plataformas y repartidores. Una vez se conozca la sentencia se podrá determinar su alcance y las empresas podrán decidir si pueden seguir con el modelo de negocio actual o deben cambiarlo para adaptarse a la futura ley.
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