El 24 de marzo la Agencia Tributaria permitirá a los contribuyentes consultar sus datos fiscales para confeccionar y presentar la declaración de la renta. Este año estará marcada por la cuantía de trabajadores que hayan tenido más de un pagador como consecuencia de un ERTE y en numerosos casos, provocará que sea la primera declaración de la renta para muchos.
Los Técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha) ha apuntado que los trabajadores que hayan cobrado entre 14.000 y 22.000 euros en 2020 tendrán la obligación de declarar si lo percibido del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) supera los 1.500 euros anuales. Gestha ha publicado unas claves que pueden ser muy útiles para aquellos que se pregunten cómo hacer la declaración de la renta por primera vez:
Evitar precipitarse con el borrador de la renta
La mayoría de los ciudadanos confirman precipitadamente el borrador nada más descargarlo. Los técnicos recomiendan revisarlo -tras descargarlo del Servicio Renta Web- para incluir los alquileres, las ayudas públicas recibidas y todas las deducciones y reducciones fiscales posibles.
Prestación extraordinaria por cese de actividad percibida por los autónomos
La prestación extraordinaria por cese de actividad se califica como un rendimiento de trabajo. Pese a que su origen esté en la actividad económica del autónomo, no es un rendimiento de actividades económicas. Deben incluirse en el apartado de rendimientos del trabajo y podrá beneficiarse de las reducciones fiscales de las rentas del trabajo.
Rescate de Planes de Pensiones para trabajadores en ERTE o cese de actividad
Exención en el IRPF de los vales comedor en teletrabajo
Desde el 1 de enero de 2020, se amplió la exención en el IRPF de las retribuciones en especie del servicio indirecto de comedor, también en el caso del trabajo a distancia o no presencial. Estos importes no deben estar incluidos en el borrador.
Ingreso Mínimo Vital
Alquileres durante la pandemia en la renta 2020
Tras las rebajas o aplazamientos del pago de los alquileres como consecuencia de la pandemia, los arrendadores reflejarán como ingresos los nuevos importes acordados por las partes. Seguirán siendo deducibles los gastos necesarios y no hay que imputar rentas inmobiliarias durante esos meses al seguir arrendado el inmueble.
Empresarios con actividades en módulos
Ha aumentado la reducción del 5% al 20% (35% para el sector turístico, la hostelería y el comercio) del rendimiento neto de la actividad en 2020. Además, para el cálculo del rendimiento anual no se computan los días de inactividad en que estuvo declarado el estado de alarma en el primer semestre de 2020, ni los días del segundo semestre de 2020 en los que la actividad económica se hubiera suspendido por las medidas de restricción adoptadas por las comunidades autónomas. Finalmente, se permite la renuncia solo por un año (y no tres) al método de EOM (Estimación Objetiva por Módulos) en el IRPF, al régimen simplificado y al régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca del IVA en 2020.
Aumenta la desgravación por donativos
El Gobierno aprobó un aumento de la desgravación de los donativos efectuados desde enero de 2020 hasta el 80% de los primeros 150 euros donados y un 35% del resto de sus aportaciones, que aumenta al 40% si la cantidad donada a una misma ONG no ha disminuido en cada uno de los tres últimos años. Las donaciones al Tesoro Público realizadas para la financiación exclusiva de los gastos derivados de la crisis sanitaria provocada por el coronavirus también gozarán de estos tipos incrementados.
Deducción por maternidad
Las madres con hijos menores de tres años con derecho a la aplicación del mínimo por descendientes podrán percibir hasta en 1.200 euros anuales por cada hijo menor de tres años siempre que realicen una actividad por cuenta propia o ajena por la cual estén dadas de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o mutualidad. Sin embargo, las madres que estén en ERTE de suspensión no tienen derecho a recibir esta deducción durante los meses que esté en ERTE. Esa exclusión no afecta a las madres en ERTE de reducción de jornada o a tiempo parcial. En relación con las deducciones por familias numerosas, por ascendiente con dos hijos y por discapacidad de descendientes, ascendientes o cónyuge; los técnicos aseguran que tienen derecho a estas deducciones tanto los contribuyentes que realicen una actividad por cuenta propia o ajena como aquellos que perciban prestaciones contributivas y asistenciales.
Mejoras en la cumplimentación de la declaración
Los técnicos manifiestan una mejora de la información puesta a disposición de los contribuyentes para facilitar la cumplimentación del apartado de rendimientos de capital inmobiliario de la declaración. Destacan que este año se permitirá a los autónomos y profesionales importar los datos consignados en los Libros registro de ventas e ingresos y en los Libros registro de compras y gastos. Además, este año se podrán trasladar automáticamente en la mayoría de los casos, las ganancias o pérdidas patrimoniales procedentes de la transmisión de valores, gracias a las mejoras incluidas en la aplicación.
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