Los planes de pensiones son herramientas de ahorro pensadas para complementar las prestaciones de la Seguridad Social en el momento de la jubilación, pero también para beneficiarse de una desgravación fiscal durante la vida laboral desde la primera aportación.
La modalidad más común y conocida de plan de pensión es de tipo individual. Es decir, un producto contratado ante una entidad por una persona física, que será la que realizará aportaciones periódicas con el objetivo de complementar su jubilación.
Pero existen alternativas, como los llamados planes de pensiones de empleo (PPE), promovidos por las empresas para sus trabajadores. Tal como comentan los expertos de VidaCaixa, los planes de pensiones de empleo son productos que además de ofrecer una oportunidad de ahorro y optimización fiscal funcionan como una herramienta de fidelización de los empleados. Los cambios introducidos recientemente en la fiscalidad de estos productos los hacen aún más atractivos.
Aportaciones de empresa y trabajadores
Cada plan de pensiones de empleo cuenta con un reglamento que regula las aportaciones obligatorias que deben realizar tanto la empresa como el trabajador, así como el régimen de las aportaciones voluntarias que puede hacer el trabajador en cada ejercicio. Una comisión de control paritaria, integrada por representantes de la empresa y de los trabajadores, establece la política de inversión y supervisa su cumplimiento, al amparo del control de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones. Pensados para complementar la jubilación del partícipe, los planes de empleo prevén además otras situaciones, como fallecimiento, incapacidad, dependencia, enfermedad grave o desempleo.
Con el objetivo de promover esta forma de ahorro, recientemente se han introducido cambios en la fiscalidad a la que están sometidos los planes de pensiones en general y los planes de ahorro en particular.
Fiscalidad de aportaciones y prestaciones
A partir del nuevo año fiscal –es decir, para las aportaciones realizadas en 2021– se ha elevado el límite de reducción de 8.000 a 10.000 euros. El contribuyente podrá deducirse la menor de las siguientes cantidades: el 30 por ciento de la suma de sus rendimientos del trabajo y de actividades económicas percibidos de manera individual durante el ejercicio; o hasta 10.000 euros, siempre que el 80 por ciento de la aportación al plan, hasta 8.000 euros, corresponda al empresario.
En cuanto a la fiscalidad de las prestaciones –las cantidades que el interesado percibe cuando llega la jubilación–, si estas se reciben en forma de renta tendrán la consideración de rendimiento del trabajo y deberán sumarse a la base imponible general del IRPF del perceptor.
En caso de percibirse en forma de capital tendrán la misma consideración de rendimiento del trabajo, pero podrá aplicarse una reducción del 40 por ciento a la parte de la prestación que corresponda a las aportaciones realizadas hasta el 31 de diciembre de 2006 –siempre y cuando el plan tenga una antigüedad de más de dos años, a contar entre la primera aportación y la fecha efectiva de jubilación, salvo en casos de prestaciones de incapacidad, para las que no opera esta condición–.
VidaCaixa: rentabilidad y responsabilidad
Entidades como VidaCaixa con una larga experiencia en gestión de este tipo de fondos de pensiones, garantizan además que la inversión que se realiza del ahorro de trabajadores y empresas se rige por principios de sostenibilidad ambiental, social y de buen gobierno corporativo en línea con su compromiso con los Principios para la Inversión Responsable (PRI), promovidos por Naciones Unidas.
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