Los representantes de los trabajadores han acordado junto a la dirección de BBVA las condiciones del expediente de regulación de empleo (ERE) que planteó la entidad. Tras rebajar el número de afectados, el expediente se saldará con 2.725 despidos y 210 excedencias.
La cifra se ha reducido desde los 3.798 despidos que planteó inicialmente el banco. Además, se ha ampliado el criterio de voluntariedad y se ha eliminado la cláusula de equilibrio generacional. Esta cláusula obligaba a la salida del 50% de los afectados menores de 50 años.
Según ha informado CCOO, previsiblemente el 72% de las salidas serán de trabajadores mayores de 50 años y un 28% estará por debajo de esa edad.
En cuanto a las condiciones que han pactado los representantes junto a la entidad, se establece una antigüedad mínima de 10 años. Para los empleados de hasta 63 años se ha fijado una indemnización de 20 días por año en un máximo de 12 mensualidades.
Para los empleados entre los 53 y los 54 años se ha acordado una renta temporal del 65% de la retribución anual hasta los 63 años. Además, se ha pactado el convenio especial de la Seguridad Social hasta los 63 años.
Para los empleados que tengan entre 50 y 52 años, el ERE contempla una indemnización de 6 veces el 65% de la retribución con un máximo de hasta 320.000 euros, junto al convenio de la Seguridad Social hasta los 63 años y una renta temporal de 15.500 euros anuales.
Los trabajadores que a 31 de diciembre de 2021 tengan menos de 50 años y los que cuenten con menos de 10 años de antigüedad en el banco obtendrán una indemnización de 40 días por año trabajado, con un máximo 30 mensualidades, así como una prima por voluntariedad de 2.000 euros por trienio, primas de entre 5.000 y 30.000 euros según su antigüedad, una prima de 15.000 euros por difícil recolocación (solo los mayores de 50 años) y un convenio especial con la Seguridad Social hasta los 63 años con incremento del 3% anual (solo para los mayores de 55 años).
Movilidad geográfica
Las condiciones pactadas para la movilidad geográfica ascienden a los 4.000 euros y 500 euros al mes durante seis años si se superan los 250 kilómetros, se cambia de isla o el traslado es a Ceuta o Melilla. Si el traslado es de entre 100 y 250 kilómetros se indemnizará con 500 euros brutos mensuales durante cuatro años.
Si el cambio de centro de trabajo no supone un cambio de residencia y es superior a los 100 kilómetros el banco pagará 1.000 euros y 24 céntimos por kilómetro durante tres años. La movilidad de entre 25 y 100 kilómetros sin cambio de residencia se pagará con 0,24 euros por kilómetro en dos trayectos diarios por cada día en trabajo presencial durante tres años.
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