La nueva reforma laboral que pactaron la semana pasada sindicatos, empresarios y el Gobierno incluye, como novedad, multas de hasta 10.000 euros para aquellas empresas que incumplan la normativa sobre contratos temporales, según consta en el texto del acuerdo, al que ha podido acceder este medio. El documento aún no es definitivo, pero es al que dieron su sí los agentes sociales el jueves.
Así, se considerará una infracción cuando las empresas transgredan la nueva normativa sobre contratos temporales, tanto si incumplen la ley como si los utilizan para otros fines distintos de los que recoge la misma. Además, de ahora en adelante se considerará una infracción por cada trabajador que se vea afectado por estos incumplimientos de la ley, y no por empresa, como sucedía hasta ahora.
"La transgresión de la normativa sobre modalidades contractuales, contratos de duración determinada y temporales, mediante su utilización en fraude de ley o respecto a personas, finalidades, supuestos y límites temporales distintos de los previstos legal, reglamentariamente, o mediante convenio colectivo (...). A estos efectos se considerará una infracción por cada una de las personas trabajadoras afectadas", recogerá el nuevo artículo 7.2 de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social (LISOS), de nuevo, según el texto del acuerdo al que ha accedido El Independiente.
Los sindicatos CCOO y UGT y los empresarios, representados por la Confederación Española de Organizaciones Empresariales (CEOE) y por la Confederación Española de la Pequeña y Mediana Empresa (Cepyme), acordaron el pasado jueves con el Ministerio de Trabajo las líneas generales de la nueva reforma laboral. El Gobierno se había comprometido a aprobarla antes de que terminase el año, y de ello dependía la recepción del segundo paquete de fondos europeos que está previsto para primavera.
Ahora, previsiblemente, el Consejo de Ministros aprobará este martes el texto definitivo y posteriormente se publicará en el Boletín Oficial del Estado (BOE) esta semana. Y en enero entrará en vigor.
Su principal objetivo es conseguir reducir el exceso de contratos temporales que caracteriza al mercado de trabajo español y que lleva a que, en épocas de crisis económica, España destruya empleo muy por encima de sus socios europeos.
Asimismo, busca que el país deje de ser campeón europeo en paro y precariedad. Actualmente España cuenta con un paro de alrededor del 15%, la mayor de los 37 países que conforman la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE). En desempleo juvenil -menores de 25 años-, la tasa de paro de España es la segunda mayor de la OCDE, con un 30,3%, solo superada por Grecia, con un 33,2%.
En cuanto a temporalidad, España cuenta con un 25% de trabajadores temporales frente a los indefinidos, que contrasta con el 18% de Portugal y con el 12% de Italia. Cada uno de estos trabajadores temporales firma además un alto volumen de contratos: en el país se firman alrededor de 25 millones de contratos cada año, el 90%, temporales, unos 22 millones. Acabar con esa distorsión es, para Trabajo, uno de los principales retos de esta reforma.
De 1.000 a 10.000 euros
Para luchar contra esta excesiva temporalidad, la reforma laboral de Yolanda Díaz simplifica los tipos de contratos a dos, uno estructural, y uno indefinido, y en ella se presume que siempre que se firme un contrato será indefinido salvo en causas muy concretas. Para que sea así, incrementa las sanciones a quienes contraten contra lo que a partir de enero recogerá la legislación.
Las infracciones graves se dividirán en tres tipos: las de grado mínimo, que irán de los 1.000 euros a los 2.000; las de grado medio, que irán de los 2.001 euros a los 5.000; y las máximas, de 5.001 euros a 10.000 euros. Así aparecerá recogido en el artículo 40 de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social.
Por ahora, dicho artículo (Cuantía de las sanciones, que puede consultarse en el BOE) recoge cuánto han de pagar las empresas que cometan infracciones en materia de relaciones laborales y de empleo. Comprende multas que van desde los 70 euros hasta los 225.000, según si son leves o muy graves.
También recoge multas en base al importe de las cuotas de la Seguridad Social, por ejemplo, multas del 50% del importe de esas cuotas, en el mejor de los casos, o del 150%, en el peor.
En caso de que se detecten varias infracciones, se incrementan las sanciones por tramos, de manera que establece que si se comete una infracción en dos trabajadores, se incrementa en un 20%, si se trata de tres, en un 30%, y así sucesivamente hasta que si se trata de cinco o más trabajadores se incrementa un 50%. En ningún caso, también indica la ley, la sanción podrá sobrepasar los 225.000 euros.
Ante estas nuevas sanciones, los inspectores de Trabajo y Seguridad Social han protestado por sus condiciones, recordando que no podrán velar por el cumplimiento de unas leyes si continúan con una plantilla bajo mínimos. Insisten en que en España el equipo de la Inspección no llega a los 3.000 efectivos, lo que supone uno por cada 15.000 trabajadores en el país, mientras que la Organización Mundial del Trabajo (OIT) recomienda un ratio de uno por cada 10.000 empleados activos.
Los sindicatos mayoritarios en el sector amenazan con ir a la huelga en febrero si el Gobierno no refuerza la plantilla, en cumplimiento con lo que les prometió este verano, tras meses de negociaciones. Como mínimo, exigen la incorporación de 600 efectivos.
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