El Parlamento catalán ha aprobado la Ley que recupera la norma antidesahucios anulada por el Tribunal Constitucional. El texto delimita la figura de los grandes tenedores a 10 propiedades para las personas jurídicas, 15 para las personas físicas, los obliga a ofrecer alquiler social a personas vulnerables -incluidos okupas sin contrato de alquiler- y crea un registro de grandes tenedores.
El texto, negociado por la PAH con los partidos del Govern, Comunes y la CUP, ha obtenido también el apoyo del PSC, que reclama un "plan integral" para abordar las ocupaciones ilegales. Cs y PP ya han anunciado su intención de llevar la norma ante el Tribunal Constitucional, después de que la Mesa del Parlament se negara ha pedir un informe previo del Consejo de Garantías Estatutarias (CGE).
A finales de enero, el Constitucional anuló la normativa de vivienda aprobada por el Govern en 2019, al entender que vulnera el derecho a la propiedad e incluye medidas, como el alquiler social, que no pueden imponerse mediante decreto ley porque son "coactivas, no voluntarias".
La norma amplía las obligaciones para grandes tenedores: fija la obligación de ofrecer un alquiler social a las familias vulnerables y amplía la duración de esos contratos. Además establece la renovación obligatoria de ese alquiler social para los bancos y fondos de inversión. La ley eleva además a 7 años el periodo en el que bancos y fondos de inversión tendrán que ceder obligatoriamente sus viviendas vacías.
Alquiler social para okupas
La obligación a ofrecer ese alquiler social se extiende a personas que okupan una vivienda de un banco o de un fondo de inversión o que, "después de una ejecución hipotecaria o demanda de desahucio de hipoteca, han quedado sin título en el mismo piso".
La ley descarta además el mecanismo del derecho a compensación para grandes tenedores. Introduce como medidas de fomento de alquileres sociales para evitar desahucios que los propietarios -siempre que no sean bancos o fondos de inversión- puedan solicitar a la Generalitat que les alquile la vivienda donde vive una familia en riesgo a precio de protección oficial, quedándose éstos como inquilinos con alquiler social.
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