El Banco Central Europeo ha hecho historia con la subida de tipos en 50 puntos básicos por primera vez en once años. Además, en la misma reunión el Consejo de Gobierno del organismo europeo se ha aprobado la herramienta antifragmentación, su nombre oficial es Instrumento de Protección de la Transmisión (TPI). La presidenta del BCE, Christine Lagarde, ha señalado que se trata de un instrumento "para todos los países de la zona del euro" y será el Consejo de Gobierno el que decida si se aplica a un país, pero ha insistido en que se trata de una herramienta para usar "en un momento excepcional".
Los miembros del supervisor bancario consideran que este instrumento es necesario para apoyar la transmisión efectiva de la política monetaria a todos los países, sobre todo, a medida que la política monetaria se siga normalizando. “La unicidad de la política monetaria del Consejo de Gobierno es una condición indispensable para que el BCE pueda cumplir su mandato de estabilidad de precios”, apuntan en un comunicado.
El TPI se une así al conjunto de herramientas con las que ya cuenta el organismo y “puede activarse para contrarrestar dinámicas de mercado desordenadas e injustificadas que representan una seria amenaza para la transmisión de la política monetaria en toda la zona del euro”. Al salvaguardar el mecanismo de transmisión, el TPI permitirá que el Consejo de Gobierno cumpla con mayor eficacia su mandato de estabilidad de precios.
Durante la rueda de prensa posterior Lagarde ha explicado que cuando el Consejo de Gobierno decida que un país es elegible para el TPI, intervendrá y no habrá límites. Tal y como ha señalado, hay cuatro criterios para activar este instrumento. El primero de ellos es que el país cumpla con los requisitos fiscales de la Unión Europea. En particular, los criterios incluyen el “cumplimiento del marco presupuestario de la UE: no estar sujeto a un procedimiento de déficit excesivo (PDE), o no haber sido evaluado por no haber tomado medidas efectivas en respuesta a una recomendación del Consejo de la UE en virtud del apartado 7 del artículo 126 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE)”.
El segundo es que no haya desequilibrios macroeconómicos severos; es decir no estar sujeto a un procedimiento de desequilibrio excesivo (PDE) o no haber sido evaluado por no haber tomado las medidas correctoras recomendadas en relación con una recomendación del Consejo de la UE en virtud del apartado 4 del artículo 121 del TFUE.
Para poner en marcha este instrumento, el país tiene que cumplir cuatro requisitos: fiscales, macroeconómicos, de deuda sostenible y sin desequilibrios
Que la trayectoria de la deuda sea sostenible como tercer requisito. El Consejo de Gobierno tendrá en cuenta, cuando se disponga de ellos, los análisis de sostenibilidad de la deuda realizados por la Comisión Europea, el Mecanismo Europeo de Estabilidad, el Fondo Monetario Internacional y otras instituciones, junto con el análisis interno del BCE.
Por último, las políticas macroeconómicas de ese país deben de estar bajo las recomendaciones de las instituciones europeas. Es decir que tengan cumplimiento de los compromisos presentados en los planes de recuperación y resistencia del Mecanismo de Recuperación y Resistencia y de las recomendaciones específicas para cada país formuladas por la Comisión Europea en el ámbito fiscal en el marco del Semestre Europeo
Siempre que se cumplan los criterios establecidos, el Eurosistema podrá realizar compras en el mercado secundario de títulos emitidos en “jurisdicciones que experimenten un deterioro de las condiciones de financiación que no esté justificado por las variables fundamentales de cada país, para contrarrestar los riesgos para el mecanismo de transmisión en la medida necesaria”. La magnitud de las compras “dependerá de la gravedad de los riesgos” a los que se enfrenta la transmisión de la política monetaria. Las compras no están restringidas ex ante, aclara la institución.
En el comunicado que han hecho público explican que las compras de TPI se centrarían en los valores del sector público (títulos de deuda negociables emitidos por los gobiernos centrales y regionales, así como por las agencias, según la definición del BCE) con un vencimiento residual de entre uno y diez años. También podría considerarse la compra de valores del sector privado, si procede.
El organismo deja claro que las compras se interrumpirían si se produjera una mejora duradera de la transmisión o si se considerara que las tensiones persistentes se deben a las características fundamentales del país.
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