El Gobierno y la banca han llegado a un acuerdo in extremis para ayudar a las familias afectadas por la subida del euríbor. El Ejecutivo quería aprobar estas medidas en la reunión del Consejo de Ministros de este martes y el acuerdo ha llegado poco antes de la media noche, aunque todavía quedan algunos detalles por cerrar. Entre otras medidas hay rebajas en los tipos de interés, ampliación del plazo para amortizar el crédito y mejores condiciones para cambiar a una hipoteca a tipo fijo.
Según el Gobierno, estas medidas aliviarán la carga hipotecaria a más de un millón de hogares vulnerables o en riesgo de vulnerabilidad por el incremento del euríbor, “preservando la estabilidad financiera”. No obstante, todavía faltan cerrar los últimos detalles en la negociación que el Ejecutivo mantiene abierta con las patronales bancarias (AEB, CECA y UNACC) y el Banco de España.
El Ministerio de Asuntos Económicos señala que estas medidas actúan en tres vías: mejorando el tratamiento de las familias vulnerables, abriendo un nuevo marco de actuación temporal para familias en riesgo de vulnerabilidad por la subida de tipos, y adoptando mejoras para facilitar la amortización anticipada de los créditos y la conversión de las hipotecas a tipo fijo. El objetivo es que el conjunto de medidas adoptado esté disponible a partir del 1 de enero de 2023.
En primer lugar, se recogen medidas que mejoran el actual Código de Buenas Prácticas para deudores hipotecarios vulnerables, aprobado en 2012, con el fin de adaptarlo a la situación actual. De esta forma los deudores vulnerables tendrán la posibilidad de reestructurar el préstamo hipotecario con un tipo de interés más bajo durante la carencia del principal de 5 años (euríbor - 0,1% frente al euríbor + 0,25% actual). Asimismo, se amplía a 2 años el plazo para solicitar la dación en pago de la vivienda y se contempla la posibilidad de una segunda reestructuración, en caso necesario.
Con el objetivo de ampliar el ámbito de actuación, se permite que los hogares con renta inferior a 25.200 euros al año (tres veces el IPREM) que dediquen más del 50% de su renta mensual al pago de la hipoteca, pero no cumplan el criterio actual del incremento de un 50% del esfuerzo hipotecario, puedan acogerse al Código con una carencia de 2 años, un tipo de interés menor durante la carencia y un alargamiento del plazo de hasta 7 años.
Tal y como señalan desde el Ministerio, esta medida es necesaria para aquellas familias que, como consecuencia de la subida de tipos de interés, lleguen a niveles de esfuerzo hipotecario excesivos que les obliguen a reducir gastos de primera necesidad y pongan en peligro el pago de la hipoteca, puedan recibir un tratamiento adecuado.
La aplicación de estas medidas permitirá que los deudores hipotecarios vulnerables vean aliviada su carga financiera de forma inmediata. Por ejemplo, una familia con una hipoteca tipo de 120.000 euros y una cuota mensual de 524 euros tras la revisión de tipos de interés, verá reducida su cuota durante el periodo de carencia de cinco años más de un 50%, hasta los 246 euros.
Asimismo, se propone un nuevo Código que proporcione alivio a los deudores de clase media en riesgo de vulnerabilidad por el incremento de la cuota hipotecaria, facilitando a las familias una adaptación más gradual al nuevo entorno de tipos de interés.
Podrán beneficiarse de estas medidas los hogares con renta inferior a tres veces y media el IPREM (29.400 euros anuales) con hipotecas suscritas hasta el 31 de diciembre de 2022, una carga hipotecaria superior al 30% de su renta y que haya subido al menos el 20%. Para todos estos casos, las entidades financieras deberán ofrecer la posibilidad de congelación durante 12 meses de la cuota, un tipo de interés menor sobre el principal aplazado y un alargamiento del plazo del préstamo de hasta 7 años.
Por último, se reducirán los gastos y comisiones para facilitar el cambio de tipo variable a tipo fijo y se eliminarán durante todo 2023 las comisiones por amortización anticipada y cambio de hipoteca de tipo variable a fijo. Se incluirán medidas para la promoción de la educación financiera y se reforzará el seguimiento de la aplicación de ambos códigos.
Los dos Códigos de Buenas Prácticas serán de adhesión voluntaria por parte de las entidades financieras y de obligado cumplimiento una vez suscritos. Las entidades bancarias deberán garantizar la protección de este catálogo de medidas en caso de transmisión del crédito a un tercero.
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