Después de aplazarse varias semanas, este martes el consejo de ministros aprobará la nueva Ley de Familias, con la que los trabajadores contarán con más permisos remunerados para atender a familiares de los que hoy por hoy se contemplan en el Estatuto de los Trabajadores. Los empleados dispondrán de cinco días al año para cuidar a sus parejas o convivientes que hayan sufrido un accidente o padezcan una enfermedad grave, las parejas de hecho tendrán derecho a 15 días libres tras formalizar su relación, al igual que los matrimonios, y las madres solteras con dos hijos accederán a los mismos beneficios fiscales y ayudas que las familias numerosas.
La ley es una iniciativa del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, que lidera Ione Belarra. En algunos aspectos, la nueva norma se ha quedado corta con respecto a lo que Unidas Podemos había exigido, en otros, el PSOE ha cedido a las exigencias de la formación morada. En cualquier caso, incorpora importantes mejoras para los trabajadores del país con respecto a las condiciones actuales y también persigue que se reconozca de forma jurídica diferentes estructuras familiares, así como definir a qué tienen derecho.
A continuación, algunos de los aspectos más importantes de la Ley de Familias que se aprobará este martes, según parte del texto a la que ha tenido acceso El Independiente. Otros, este lunes se seguían negociando, por lo que previsiblemente no se conocerán hasta el anuncio oficial de la aprobación de la ley tras el Consejo de Ministros de hoy, o, incluso, hasta su publicación en el BOE.
5 días al año para cuidar a convivientes
Los trabajadores contarán con un permiso por cuidado de cinco días al año, si no hay cambios en la redacción de la ley a lo largo de la mañana. Serán retribuidos y permitirán atender no solo a hijos, padres, abuelos y hermanos, sino también a parejas y convivientes que hayan sufrido un accidente o una enfermedad grave, que estén hospitalizados o se hayan sometido a una operación sin ingreso, pero que requiera un reposo. Actualmente, los empleados solo cuentan con dos días por fallecimiento o enfermedad grave de parientes de hasta segundo grado, según el artículo 37.3 del Estatuto de los Trabajadores, que se amplían hasta cuatro si con tal motivo la persona trabajadora necesite hacer un desplazamiento.
La principal novedad, además de la ampliación de los días, es que los nuevos permisos de la ley permitirán atender a convivientes, es decir, personas que vivan en el mismo domicilio que el trabajador. Hasta ahora, estaban incluidos demás los familiares de segundo grado, como abuelos, nietos y hermanos, pero no se contemplaban parejas ni convivientes.
Inicialmente, Podemos había propuesto ampliar el permiso hasta los siete días si los cuidados se realizaban en la misma comunidad autónoma, y hasta los nueve si exigían desplazarse a otra. Al final, se ha rebajado hasta lo que recomienda la Unión Europea en la Directiva 2019/1158.
Se trata de una iniciativa en la que ya había trabajado el Ministerio de Trabajo de Yolanda Díaz, que ya explicó el pasado mes de junio, cuando sacó el texto a consulta pública, que se buscaba "ofrecer más oportunidades de permanecer en el mercado de trabajo a los hombres y las mujeres con responsabilidades en el cuidado de familiares".
Además, se está negociando que los trabajadores puedan ausentarse del trabajo por motivos familiares urgentes e imprevisibles de fuerza mayor, como una enfermedad o accidente que haga imprescindible su presencia. La intención es permitir ausentarse de forma retribuida las horas de trabajo equivalentes a cuatro días al año.
8 semanas hasta los 8 años del menor
Se introduce un nuevo permiso parental para el cuidado de los hijos, que no está claro si será retribuido o no, que se puede disfrutar de forma continua o discontinua hasta que el menor cumpla ocho años. En principio, será de seis semanas en 2023 y de ocho semanas en 2024 y en adelante.
Lo que no se ha conseguido ha sido la ampliación de los permisos de paternidad y maternidad hasta las 24 semanas, frente a las 16 actuales, como defendía Podemos. Tampoco se han incluido la equiparación de estos permisos entre las familias con dos progenitores y las monoparentales, como estos pedían.
Se amplía la ayuda de 100 euros al mes para madres trabajadoras
La "renta crianza" de 100 euros al mes, que hasta ahora recibían solo madres trabajadoras con hijos de cero a tres años, ahora llegará a otras madres, como ya se recogió en los presupuestos. No se universalizará del todo, puesto que para recibirla las personas con hijos deberán haber estado dadas de alta en la Seguridad Social o haber recibido una prestación de desempleo durante 30 días tras el nacimiento del bebé.
La prestación se podrá cobrar en la cuenta o en la declaración de la renta, hasta que el niño o niña cumpla tres años. Es una ayuda por hijo, es decir, que si la familia cuenta con varios niños recibirá 100 euros al mes por cada menor. Además, finalmente no se ha incluido un límite de renta, como se valoraba durante la negociación de los presupuestos generales del Estado de 2023.
Derecho a adaptar la jornada laboral por cuidado de hijos
Si hasta ahora los progenitores tienen derecho a pedir que su jornada laboral se modifique para poder cuidar a sus hijos menores de 12 años, ahora también podrá exigirse para el cuidado de hijos mayores de esa edad, así como para el cuidado del cónyuge o pareja de hecho, otros familiares de hasta segundo grado y convivientes que sean dependientes. Desde el Ministerio insistían este lunes en que había aspectos de la ley aún abiertos.
Las parejas de hecho tendrán 15 días libres tras unirse
El Ministerio de Ione Belarra busca que se equiparen los derechos de las parejas de hecho con los de los matrimonios, ya que los primeros ahora podrán disfrutar de 15 días libres después de formalizar su unión en el registro. Pero a última hora de este lunes no estaba claro si se incluiría en la ley. Además, se perseguirá que puedan acceder a permisos de cuidados de los que hasta ahora solo disponían las parejas casadas, o unidas en matrimonio, como los dos días libres extra.
Ampliación de las familias numerosas
Se equiparan los derechos de las familias monoparentales con dos hijos a los de las familias numerosas de cara a obtener beneficios fiscales y sociales. Y las familias numerosas cambian de nombre, pasando a llamarse "familias con mayores necesidades de apoyo a la crianza". También se considerarán parte de este grupo las familias con dos hijos donde uno de los progenitores o de los descendientes tenga discapacidad. Lo mismo sucederá con las familias con dos hijos encabezadas por una víctima de violencia de género.
De forma complementaria, la ley exige que las administraciones públicas creen un marco para acompañar a los menores durante sus primeros 1.o00 días de vida, de manera que tengan "condiciones mínimas de bienestar", les pide apoyar a los hogares en la gestión de conflictos y potenciar que las mujeres no abandonen sus puestos de trabajo para cuidar a sus descendientes, entre otros puntos que se conocerán este martes.
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