La Ley de Vivienda entró en vigor el pasado 25 de mayo y reguló que el pago de los honorarios que cobran las inmobiliarias corre a cargo de los propietarios. No obstante, estas empresas siguen encontrando fórmulas para que las personas que buscan alquilar un inmueble abonen más mensualidades que las correspondientes al mes de fianza y al mes corriente.
Este periódico ha llamado varias inmobiliarias y aunque algunas de ellas ya han actualizado su forma de trabajar e informan que el pago de los honorarios corre a cargo del arrendador, otras obligan a los arrendatarios a otros pagos. En un inmueble que está disponible en la página web de Red Piso, y tras consultar a la oficina responsable, se informa que los propietarios exigen al inquilino contratar un seguro del piso con una aseguradora concreta.
Seguro del hogar
No obstante, según Zurich seguros, “el inquilino no tiene la responsabilidad de contratar un seguro de hogar”. Desde Privat Asesoramiento también señalan que “en ningún caso es obligatorio para el inquilino contratar un seguro”. No obstante, la Ley de Arrendamientos Urbanos deja abierta la posibilidad de que las dos partes que firmen el contrato lleguen a un acuerdo.
Sin embargo, en este caso no se trataría de un acuerdo, sino de una condición sine qua non impuesta por el propietario del inmueble para que la vivienda sea alquilada.
Gastos de asesoramiento
En otra inmobiliaria, en concreto, en Tengotucasa del Barrio de Salamanca, tras mostrar interés por uno de los inmuebles en alquiler, se exige al inquilino el pago de una mensualidad extra bajo el concepto de “gastos de asesoramiento”. Al preguntar por este cobro, en la inmobiliaria se refieren a las gestiones relativas al contrato. Sin embargo, la nueva ley de vivienda especifica que “los gastos de gestión inmobiliaria y los de formalización del contrato serán a cargo del arrendador”.
Días antes de la entrada en vigor de la ley, esta misma inmobiliaria explicaba que las condiciones con el arrendatario no eran las mismas que ellos establecían para los arrendadores. Por lo que dejaban la puerta abierta a seguir cobrando gastos de inmobiliaria a los inquilinos.
Seguro de impago
Otras inmobiliarias consultadas solicitan un seguro de impago para los inquilinos. Equivalente a una mensualidad, exigen que además del mes de fianza se deposite otro cargo para hacer frente a posibles impagos. Desde la Agencia Negociadora del Alquiler puntualizan que la ley de Arrendamientos Urbanos permite la existencia de "una garantía adicional, que puede ser de hasta dos meses de mensualidad". No obstante, la norma da la posibilidad de "pactar cualquier tipo de garantía del cumplimiento", mientras que en las inmobiliarias consultadas se plantea como una condición sine qua non del propietario para acceder a la vivienda.
Existen otros casos, la inmobiliaria SH en Barcelona publicita viviendas en su página web en las que se reclama un pago de 500 euros que debe abonar el inquilino para reservar la propiedad, recibir las llaves de la vivienda u obtener cita para el empadronamiento, entre otras gestiones que se compromete a llevar a cabo la empresa.
Guía del sindicato de inquilinas
Desde el Sindicato de inquilinos han elaborado una guía para evitar que este incumplimiento de la ley de vivienda siga perjudicando a las personas que alquilan una vivienda. En este sentido, recomiendan pagar lo que reclama la inmobiliaria por transferencia con el concepto “gastos de gestión inmobiliaria”. A continuación, aconsejan reclamar una factura y poder demostrar que esos servicios no han sido contratados, ya sea mediante mensajes, correos electrónicos u otra prueba.
Para reclamar los gastos cobrados indebidamente, el sindicato pone a disposición un burofax para reclamarlos a la inmobiliaria. Si tras esta acción no hay resultados, optan por llevar a los tribunales e interponer una demanda de juicio verbal contra la empresa que corresponda.
Adelanto electoral
Esta es una de las pocas medidas que sí se está aplicando tras la entrada en vigor de la norma. No obstante, el triunfo del PP en varias Comunidades Autónomas como Aragón, Comunidad Valenciana, Cantabria, Extremadura o Baleares y grandes capitales como Sevilla o Valladolid dejan a la ley herida de muerte. Principalmente, porque son esas escalas de la Administración las que tienen transferidas las competencias en materia de vivienda y son libres de aplicar o no la norma.
Regiones gobernadas por el PP como la Comunidad de Madrid, Castilla y León o Andalucía ya se mostraban en contra de aplicar las normas que contiene el texto legal, como la declaración de zonas de mercado tensionado o el límite a la subida del precio de los alquileres.
Entre otras cosas, el nuevo texto introduce limitaciones para las subidas de los alquileres del 2% en la subida de las rentas para este año y del 3% en las renovaciones anuales de los contratos de alquiler en 2024. Para 2025, el Instituto Nacional de Estadística (INE) debe elaborar un nuevo índice que sea inferior a la evolución del IPC y que debe estar preparado para el 1 de enero del citado ejercicio.
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