De los 10.000 millones de euros que calculaba Sumar a la imposibilidad de cifrar el impacto en los ingresos que confirma el Ministerio de Hacienda. El Gobierno ha iniciado los trámites para trasponer la normativa europea sobre el impuesto de Sociedades, que obligará a los grandes grupos empresariales a tributar en base a su resultado contable. Esto significa aumentar la presión fiscal, pero el departamento que dirige María Jesús Montero considera que "no es posible realizar una estimación del ingreso que derivará del nuevo Impuesto Complementario".
Así consta en la Memoria del análisis del impacto normativo (MAIN) que acompaña el texto que el Ejecutivo ha sometido a audiencia e información pública. En este documento, Hacienda señala que confirma un ingreso pero señala que la cuantificación dependerá "por la implementación, en su caso, de un impuesto complementario nacional en las distintas jurisdicciones en las que puedan estar presentes los grupos multinacionales" cuya facturación supere los 750 millones de euros.
Cabe señalar que España ya contaba con un tipo mínimo del 15% en el impuesto de Sociedades y que este tipo se eleva hasta el 18% para entidades financieras y empresas petroleras. Sin embargo, esto se aplica sobre la base imponible, mientras que el acuerdo de la Organización para la Cooperación y el desarrollo económicos (OCDE), indica que el tributo se debe pagar sobre el resultado contable.
Como publicó este periódico, el resultado contable es la diferencia entre los ingresos y los gastos. En cambio, en la base imponible se tienen en cuenta otros aspectos de las cuentas financieras, como amortizaciones o beneficios en el extranjero ya declarados en otros países.
El cambio en el cálculo tendrá un impacto significativo para los contribuyentes, así lo reconoce Hacienda: "Cabe esperar que el impacto sobre el coste de implementación del Anteproyecto sea, para los contribuyentes, relativamente elevado en un primer momento, si bien existen medidas específicas para paliar este efecto, al menos al principio", recoge el documento.
Ni rastro de los 10.000 millones
No obstante, ni en la Memoria ni en el anteproyecto se recoge la cifra de 10.000 millones de euros que anunció la vicepresidenta segunda, ministra de Trabajo y líder de Sumar, Yolanda Díaz, durante la presentación del acuerdo programático entre este partido y el PSOE. Ya en ese momento, Hacienda confirmó a este periódico que ese cálculo no procedía de sus técnicos.
Se trata de una cifra llamativa, que Podemos ha incluido a lo largo de su historia política en todos los documentos en los que se hacía referencia a la política fiscal, y que se sumaría a los alrededor de 30.000 millones de euros anuales que a día de hoy recauda la Agencia Tributaria por impuesto de sociedades -el último dato disponible, de 2022, es de 32.176 millones-, por lo que el aumento de los ingresos no es en absoluto nimio: sería del 30% sobre los ingresos actuales.
Empresas afectadas
El anteproyecto que regula el nuevo impuesto de Sociedades aplicará a los grupos multinacionales o grupos empresariales españoles con una cifra de negocios de al menos 750 millones de euros, de acuerdo a los estados financieros consolidados de la matriz en al menos dos de los últimos cuatro ejercicios, tal como se recoge en la documentación abierta a consulta pública.
De esta obligación están excluidas algunas entidades, como entes públicos, organizaciones internacionales, sin ánimo de lucro o fondos de pensiones. En la práctica, la normativa supondrá la creación de un impuesto complementario con tres "configuraciones complementarias".
El primero, el impuesto complementario nacional, hace posible que las grandes empresas que operan en España tributen al 15% sobre el resultado contable ajustado, a no ser que la tributación de todo el grupo ya supere ese tipo. El segundo, el impuesto complementario primario, tiene como objetivo gravar los resultados de filiales en el extranjero de grupos empresariales radicados en España al 15%.
El impuesto complementario secundario se activa cuando una empresa de un holding multinacional obtenga rentas en el extranjero y estas no estén sujetas a un tributo del 15%, este impuesto recae sobre la matriz, y no sobre las filiales.
"Más específicamente, se verán afectadas las matrices y filiales españolas que pertenezcan a algunos de esos grupos, respecto de las rentas que obtengan en aquellas jurisdicciones en las que soporten una tributación efectiva inferior al tipo impositivo mínimo del 15 por ciento, en cuyo caso deberán soportar un impuesto complementario por la diferencia", resume Hacienda.
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