Durante el boom inmobiliario se firmaron miles de hipotecas, en algunas ocasiones llevaban asociados unos gastos que, años más tarde, han sido considerados abusivos. El 23 de enero de 2019, el Tribunal Supremo sentó jurisprudencia sobre la devolución de los gastos a favor del cliente. Es decir, aquella persona que firmase una hipoteca antes del 16 de junio de 2019 puede reclamar a su banco los gastos de notaría, registro, tasación… El cliente tiene un plazo de 5 años para pedirlos. No está claro cuándo termina este plazo, pero si es desde la sentencia del Supremo, acabaría este martes. Sin embargo, durante el estado de alarma por el coronavirus se paralizaron todos los procesos judiciales, por lo que el plazo se extiende hasta el 14 de abril.
A pesar de que los clientes pueden reclamarlo hasta, por lo menos, abril, no está claro si esa es la fecha final. El Supremo preguntó en julio de 2021 al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) cuándo empieza el plazo de cinco años. Europa todavía no se ha pronunciado, pero el TJUE puede establecer que cada estado (a nivel de tribunales) deba determinar desde cuándo considera que debe empezar el cómputo del plazo de prescripción.
El plazo actual de prescripción de 5 años (antes era de 15 años) en derecho común (es decir excepto Navarra-30 años y Cataluña-10 años) resulta admisible y lo considera suficiente para que no se perjudique lo que se denomina el principio de efectividad (es decir, que efectivamente haya las condiciones necesarias para que los consumidores puedan ejercer sus derechos contra cláusulas abusivas).
Así que hay más opciones que el plazo de 5 años desde la sentencia del Supremo, que acaba el 14 de abril por el covid. Si empieza cuando la justicia europea sentó jurisprudencia sobre las operaciones sujetas a plazos de prescripción, que fue el 9 de julio de 2020 y el 16 de julio de 2020. En este escenario, el plazo para reclamar acabaría el 9 de julio o el 16 de julio de 2025. Entre algunas asociaciones de usuarios apuestan por la imprescriptibilidad, es decir, que los cinco años empezarían desde que el cliente empieza el proceso, por lo que si no lo empieza no prescribe.
Cualquiera de estos escenarios sobre los que se pronunciará el TJUE resultan favorables para los consumidores pues suponen que las acciones para reclamar cantidades pagadas por los Gastos Hipotecarios siguen vigentes, al menos, hasta abril de 2024. Por ello, los expertos señalan que es muy probable que el banco rechace tu reclamación y te diga que el plazo ya ha caducado, pero no será cierto. Cuando la justicia europea se pronuncie sobre hasta cuándo puedes exigir la devolución del dinero, podrás reiniciar la reclamación (ante tu entidad o en los tribunales) sin miedo a que te afecte la prescripción.
Al contratar un préstamo hipotecario, se generan varios gastos de formalización: notaría, registro, gestoría, tasación y el impuesto sobre actos jurídicos documentados. Y el banco, hasta hace pocos años, obligaba al cliente a pagarlos todos o casi todos.
Esa práctica fue declarada abusiva por los tribunales, que determinaron que el banco tenía que pagar la tasación, la gestoría, el registro y la mitad de la notaría. Y el 16 de junio de 2019 entró en vigor una ley que obliga al banco a pagar todos los gastos de formalización, salvo la tasación. Es decir, que si contrataste tu hipoteca antes del 16 de junio de 2019 y el banco te cobró gastos hipotecarios que tenía que pagar él, tienes derecho a recuperar el dinero que has pagado de más.
¿Cuánto dinero se puede reclamar?
Por ejemplo, si el cliente firmó una hipoteca en 2018 de un importe medio de 150.000 euros y el banco le obligó a pagar todos los gastos, podría recuperar unos 1.500 euros. Según los cálculos de HelpMyCash serían unos 430 euros por la notaría, unos 400 euros por la gestoría, unos 370 euros por el registro y unos 300 euros por la tasación.
Además, el cliente puede reclamar los gastos si la hipoteca está cancelada. Desde Yvancos abogados explican que es un caso de devolución de cantidades dinerarias, en el supuesto más conservador, podría haber un plazo de prescripción de cuatro años, por lo que son partidarios de no dejar que reclamarlo. No obstante, si han pasado ya los 4 años de la cancelación y el cliente quiere reclamar puede iniciar el proceso.
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