Sociedades pantalla, asesores especializados, rentas del capital y tramos del IRPF que se han ido reduciendo en los últimos años contribuyen a que los ricos no paguen impuestos, o al menos, no lo hagan en proporción a su riqueza. Lo demuestran Carlos Cruzado y José M. Mollinedo, secretario general y presidente de Gestha (sindicato de técnicos de Hacienda), en su libro Los ricos no pagan IRPF. Claves para afrontar el debate fiscal (Capitán Swing) en el que desgranan la ineficacia de un sistema tributario que se diseñó en los 70, al que se le han ido “poniendo parches” y para el que urge una reforma fiscal.
La frase que da título al libro que se acaba de publicar la han pronunciado dos presidentes del Gobierno: José María Aznar y Pedro Sánchez. Pese a las diferencias políticas, en sus declaraciones, “están transmitiendo que el sistema posibilita que los ricos, que las grandes fortunas, no se retraten en el impuesto sobre la renta”, explica Cruzado en una entrevista con este periódico.
Impuesto sobre la renta
El impuesto sobre la renta de las personas físicas es un impuesto progresivo. Esto significa que el tipo al que tributan las rentas es diferente según la cuantía de las mismas. En resumen, quién más tiene, más paga. ¿Por qué dicen, entonces, que los ricos no pagan IRPF? Para empezar, Cruzado y Mollinedo critican la reducción de los tramos que ha vivido el IRPF y que consideran que “no supone ningún problema para la liquidación del impuesto y, sin embargo, sí supone una evidente merma de la progresividad”. “Nuestro país tiene un amplio margen para subir los suyos (tipos impositivos) a los perceptores de las mayores rentas”, añaden.
En la actualidad, los tramos estatales del IRPF tienen un tope del 47% para las rentas que excedan los 300.000 euros. Esto supone que los ingresos que superen esa cifra estarán gravados a ese tipo, independientemente de si son 500.000 euros o 90 millones, por poner un ejemplo. Ampliar los tramos y gravar por encima de ese 47% sería una opción para incrementar la recaudación de las rentas más altas.
Hay otro aspecto del IRPF que permite que los ricos paguen menos impuestos y es su dualidad. Así, las ganancias que se obtienen por activos financieros o por bienes que produzcan una ganancia tributan como rentas del capital y no como rentas del trabajo. Esta definición se refiere a dividendos, intereses por cuentas o depósitos, valores, activos financieros en general.
Estas rentas tienen menos tramos y un tipo aplicable inferior, del 28% para las rentas de más de 300.000 euros, frente al 47% que hemos visto anteriormente. Según recoge el libro, un informe del FMI advierte de que este tipo de ingresos ha ido aumentando en las últimas décadas, por lo que su peso en las declaraciones de la renta también lo hace.
Las SICAV y las sociedades pantalla
En el libro aparecen también las sociedades de inversión en capital variable (SICAV), “una de sus figuras favoritas en los últimos años”, apuntan los autores, en referencia a las grandes fortunas. A través de estas herramientas, pueden “diferir en el tiempo el pago de sus impuestos, tributando solo al 1% por el beneficio de sus inversiones”. Además, si se deciden hacer efectivos los beneficios de las inversiones, estas serán consideradas “rentas del capital”, por lo que sus tipos serán más bajos que si fueran rendimientos del trabajo.
Actualmente, las SICAV tienen una participación mínima de 2.500 euros, puesto que había personas que las constituían acompañadas de participaciones simbólicas, los conocidos como “mariachis”. Para que funcionen tal como estaban pensadas, como entidades de inversiones colectivas, Cruzado y Mollinedo proponen que se establezcan límites de participación.
Un caso muy habitual cuando hablamos de famosos es la creación de sociedades a través de las que se pueden desgravar gastos o recibir dividendos, en lugar de rentas del trabajo. “La utilización de sociedades es una de las formas de escapar del IRPF”, escriben en el libro. Este es un caso que se repite en los fraudes fiscales que cometen personalidades como Shakira o que ha vuelto a aparecer en los titulares con el caso ‘Koldo’. “Ahí, la Agencia Tributaria tiene que comprobar si efectivamente esa sociedad tiene actividad o si se están incluyendo gastos personales, pero es verdad que todavía la ley permite demasiadas facilidades”, resume Cruzado.
Considera el técnico de Hacienda que podrían “reforzarse las normas para evitar muchos de estos casos”. Y es que, aunque no es ilegal constituir una sociedad unipersonal, sí puede cometerse un fraude fiscal si se están intentando desgravar gastos de la compañía que, en realidad, son gastos personales o si se tributa únicamente por dividendos y no por un salario, por ejemplo.
Las multinacionales
Cuando hablamos de grandes fortunas, no se pueden olvidar las grandes empresas, multinacionales que trocean su actividad y la declaración de sus impuestos en distintos países, buscando estrategias que les permitan tener una menor carga fiscal. En relación a las mismas, los autores del libro afirman que “cuanto más facturan las empresas y mayor es su dimensión, menor es el porcentaje que pagan de impuestos sobre sus beneficios”.
Las grandes compañías han trasladado, durante años, sus beneficios a países con regulaciones tributarias más laxas y “estas políticas repercuten al final en el resto de los países”. Citan los datos de la Agencia Tributaria para explicar que “las 126 grandes multinacionales españolas cuentan con 14.854 filiales y que declararon unos beneficios netos mundiales de 50.471 millones, devengando a nivel mundial un impuesto por sus beneficios de 10.568 millones”. El tipo efectivo fue del 20,94%, pero si se observan las 35 multinacionales que acumulaban el 17,2% del beneficio, el tipo medio se reduce al 1,43%.
El tipo mínimo del 15% introducido en los presupuestos generales del Estado de 2022, consideran los autores que “se trata de una reforma poco ambiciosa”. “Es un primer paso en línea de acabar con la injusta situación que supone que las mayores empresas paguen menos que las pymes”, añaden.
Asesores fiscales y condenas por fraude
Aunque el sistema tributario español permite estas prácticas, en ocasiones es necesaria la colaboración de asesores fiscales especializados para conseguir que los contribuyentes paguen menos al fisco. A veces, son cooperadores necesarios y así lo aseguraba una “sentencia del Supremo en el caso Messi en la que precisamente se daba un tirón de orejas a la Fiscalía y a la Agencia Tributaria porque no entendía que esas personas no estuvieran delante de ellos en los tribunales”, explica Cruzado. Sin embargo, incluso después de esa sentencia, “tampoco es que estemos viendo en casos que salen a la luz que esto vaya cambiando”.
Otro aspecto a tener en cuenta son las consecuencias que han tenido las investigaciones que han demostrado el fraude fiscal de grandes fortunas. Casos como la Lista Falciani o los Papeles de Panamá están expuestos en el libro y se expone, según los autores, “que la voluntad de la AEAT era facilitar el trámite con el fisco a estas personas que evadieron enormes sumas de dinero mediante regularizaciones voluntarias”. También citan la amnistía fiscal de Montoro y señalan que cinco años después de que se aprobase, “al menos el 11,5% de los que se acogieron a ella continuaban defraudando tras regularizar su situación con Hacienda”.
Cruzado hace referencia también a los acuerdos que los famosos firman con la Justicia y pone un ejemplo. “Un caso muy reciente es el de Shakira, estamos hablando de unos cuantos delitos fiscales, de mucho dinero y se ha llegado a un acuerdo en el que las penas quedan siempre muy por debajo de la posibilidad de que ingrese en prisión y muy por debajo de las penas que se establecen de 5 o 6 años si el delito fiscal es agravado y luego multas que en muchos casos son incluso inferiores a las que aplicaría la Agencia Tributaria”. “Estos es algo que muchos ciudadanos no termina de entender y que debería llevar también a una modificación de ese código penal en lo que se refiere a la regulación de estos delitos”, añade.
“Sin duda hay mucho por hacer para taponar todos esos agujeros que tiene el sistema y por los cuales en principio se pueden escapar de tributar por rentas estas personas”, resume el autor del libro. Cruzado y Mollinedo esperan que su libro siente las bases para acometer una “necesaria” reforma fiscal que solucione los problemas de equidad y justicia social, de suficiencia para poder garantizar el estado del bienestar y de reducción de la economía sumergida.
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hace 7 meses
De los expuesto hay aspectos importantes para procurar el pago según capacidad, pero para ello es necesario una reforma fiscal integral.
Pero no sólo hay que seguir mirando la vertiente de los ingresos sino que conjuntamente se debe mirar y regular la vertiente de los gastos y su eficiencia, impidiendo el derroche y el endeudamiento creciente.
Quizás algo cambiaría en el conjunto de la sociedad.