Los interinos llevan meses muy pendientes de las sentencias judiciales que podrían llevarles a conseguir un puesto fijo. Desde que en febrero la Justicia Europea señalase que los empleos indefinidos no fijos deben considerarse como trabajos de duración determinada, y advirtiese contra la consecución "abusiva" de contratos públicos en varias administraciones españolas, miles de empleados públicos no fijos esperaban la respuesta del Supremo.
Finalmente, este martes el Alto Tribunal ha fallado que no tiene motivos para cambiar su doctrina, es más, cree que el "principio de igualdad" prohíbe desigualdades "que resulten artificiosas o injustificadas", y en este caso entiende que las diferencias entre interinos y fijos están más que acreditadas. Por otro lado, la sentencia opina directamente sobre la del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) de febrero, y concluye que esta no obliga a convertir en fijos a los interinos.
"De la reciente sentencia del TJUE (…) no se deriva, en ningún caso, la necesidad de la conversión judicial automática de los trabajadores indefinidos no fijos en fijos, que como ya se ha visto es algo incompatible con el sistema español de autoorganización de su propia administración pública", recoge la sentencia, que ha publicado en primicia el diario Expansión y a la que ha tenido acceso este periódico. "Tampoco se deriva de la indicada sentencia una radical igualdad entre el régimen jurídico de los trabajadores fijos y de los temporales, porque la Directiva 1999/70/CE (cláusula 4ª) permite un trato diferente ente temporales y fijos por razones objetivas", añade.
En consecuencia, el Supremo estima el recurso interpuesto por la Junta de Castilla y León y anula la sentencia recurrida, dictada por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en septiembre de 2022. Dicho Tribunal declaraba el derecho de una trabajadora indefinida no fija, auxiliar de enfermería en una residencia, a ser admitida en un concurso de traslados pese a no tener la condición de fija.
Dos sentencias contradictorias
Otra sentencia, dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura en 2019, denegaba el derecho de una trabajadora indefinida no fija a participar en un concurso de traslados. Es por eso que -según recoge Europa Press- el Supremo aprecia la contradicción entre ambos fallos y se inclina por uno de ellos, ya que se trata en ambos casos de trabajadoras con contratos laborales, indefinidos no fijos, que prestan servicios en un organismo público, y que solicitan participar en un concurso de traslados.
Mientras que la sentencia recurrida estimaba el recurso de la trabajadora y la posibilidad de que participara en el concurso, la sentencia de contraste, la de Extremadura, se la denegaba. En ambos casos rigen sendos convenios colectivos que limitan la participación en este tipo de concursos al personal laboral fijo. Para el Supremo, la adscripción del personal temporal a un puesto de trabajo concreto, "conectado inevitablemente" con una causa de temporalidad, algo también aplicable a los indefinidos no fijos, "constituye elemento objetivo suficiente" que impide la equiparación entre trabajadores fijos y trabajadores temporales en los supuestos de traslado.
Con esta sentencia, el Alto Tribunal español despeja las dudas que se habían generado tras la sentencia europea del pasado 22 de febrero. Los interinos se preguntaban cómo compatibilizar la sentencia del TJUE con las normas actuales relativas al acceso al empleo público. El Gobierno ya ha puesto en marcha un proceso de regularización de interinos, que podrían alcanzar las 600.000, pero un a resolución judicial en línea con la europea habría impulsado su conversión en funcionarios sin hacer oposiciones.
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